Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#45974
(Esta consulta es solo para los compañeros andaluces, si no procede ubicarla en este subforo ruego a algun administrador que la mueva o elimine.)

Mi consulta es simplemente cuestionaros en que afecta la nueva Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley GICA, entro en vigor el 20-01-08) a la hora de redactar pequeños proyectos (locales comerciales, administrativos, bares...). Es decir, como y que debe contener la memoria ambiental en actividades calficadas de este tipo.

He preguntado en mi Ayuntamiento y me han dicho que la principal consecuencia a nivel administrativo es q no concederan licencia de obras hasta que no este resuelta la calificacion ambiental, por lo que la licencia de obras se puede demorar bastante. Sin embargo no han sabido decirme nada sobre los contenidos y redaccion de la memoria ambiental.
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#46122
Yo tampoco se muy bien como afecta a nuestros proyectos, ya que tambien realize la consulta y los tecnicos municipales no lo tenian muy claro(lo de alargar la concesion de licencias si lo tenian claro jeje).
Si te sirve de algo hay un mensaje en el foro acerca de la memoria ambiental a nivel estatal, en el cual se adjuntan varios modelos tipo de esta memoria, y venian muy bien descritas.
Un saludo
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#46687
A efectos de pequeños proyectos (tipo bar,etc) creo que nos afecta en bien poco (siempre que no se den circunstancias especiales) porque siguen estando sometidos al tramite de Calificación Ambiental y este reglamento sigue siendo el mismo.

El trámite de calificación ambiental sigue siendo responsabilidad de los ayuntamientos así que me imagino que seguira más o menos igual (lo que pasa es que tendrán un poco de miedo ahora porque desconocen la ley, imagino)

A mi me surge una duda con respecto a la GICA: me acaban de retener en el colegio un proyecto de un aparcamiento porque se me ha pasado actualizarme en normativa ambiental :oops: :oops: (he aplicado la ley 7/94, pero todavia se perdona, no?) Me voy a la tabla de la Ley GICA a ver si le sigue siendo de aplicación y veo que vienen
13.27. Aparcamientos de uso público de interés metropolitano. AAU
13.28. Aparcamientos de uso público no incluidos en la categoría 3.27. CA

Antes en la 7/94 venia en el anexo III garajes y aparcamientos sin diferenciar entre públicos y privados. ¿Ahora que pasa? ¿A los aparcamientos privados no hay que someterlos al tramite de calificación ambienta? :?:
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#48026
Zarrus escribió:A efectos de pequeños proyectos (tipo bar,etc) creo que nos afecta en bien poco (siempre que no se den circunstancias especiales) porque siguen estando sometidos al tramite de Calificación Ambiental y este reglamento sigue siendo el mismo.

El trámite de calificación ambiental sigue siendo responsabilidad de los ayuntamientos así que me imagino que seguira más o menos igual (lo que pasa es que tendrán un poco de miedo ahora porque desconocen la ley, imagino)

A mi me surge una duda con respecto a la GICA: me acaban de retener en el colegio un proyecto de un aparcamiento porque se me ha pasado actualizarme en normativa ambiental :oops: :oops: (he aplicado la ley 7/94, pero todavia se perdona, no?) Me voy a la tabla de la Ley GICA a ver si le sigue siendo de aplicación y veo que vienen
13.27. Aparcamientos de uso público de interés metropolitano. AAU
13.28. Aparcamientos de uso público no incluidos en la categoría 3.27. CA

Antes en la 7/94 venia en el anexo III garajes y aparcamientos sin diferenciar entre públicos y privados. ¿Ahora que pasa? ¿A los aparcamientos privados no hay que someterlos al tramite de calificación ambienta? :?:

Tal y como está redactado, así se interpreta, al menos hasta tanto no saquen alguna corrección de errores (si es que es un error).
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#48063
Esta semana he entregado en urbanismo de Cordoba un proyecto de garaje para viviendas y lo han clasificado como actividad inocua, asi que de momento no hay problema, al menos por aqui.
Un saludo
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#48067
He estado hablando con el técnico municipal y me comenta que aunque no este sometida a calificación ambiental, ellos van a seguir pidiendo poryecto. Digo esto porque en el colegio me dicen que hay una serie de ayuntamientos que han dejado de solicitar proyecto para los garajes particulares, al quedar fuera de las actividades de la GICA.
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#48366
Al parecer la calificacion ambiental como tal no cambia, solo cambia en dos cosas. Contaminacion de suelos en locales que antes han podido ser potencialmente contaminantes, pueden pedirte un analisis de suelos. (ej un bar donde antes era un taller), justificar el correcto reciclaje de los residuos generados y su volumen estimados (esto para la licencia de obra), contaminacion luminica en zonas especialmente protegidas y nada mas. los demas riesgos ambientales son los mismos y se justifican igual que antes(humos, olores, vertidos, ruidos) la diferencia es que internamente el ayuntamiento medio ambiente da el favorable si todo esta ok, entonces lo ven bomberos, accesibiliad etc etc. Esa impresion tengo de como lo haran, pero externamente creo que no nos afecta mucho al menos en la calificacion ambiental.
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#51271
El super ayuntamiento de Sevilla nos regala el presente escrito a todos.

Qué buenos que son :nono2 :

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#51293
El ayuntamiento de Sevilla no es quien ha redactado la ley. La culpa la tiene quienes lo han hecho (y que conste que no trabajo en el ayto aunque me gustaría)

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