Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#160803
HOLA Amigos.

Estoy realizando el estudio lumintecnico de un parque, y como sabreis el dia uno de Abril de 2009 entró en vigor el nuevo decreto de eficiencia energetica en alumbr publico. RD 1890/2008 REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGETICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR

Algunas cosas no me quedan claras, como por ejemplo la iluminancia media y minima que tiene que haber en las calles peatonales del parque,

En el punto 3.4 dice que el alumb de parques y jardines se asemejara al tipo de via E, en la tabla 5 dice que las vias tipo E1 y E2 con un nivel alto de trafico conllevaran un tipo de iluminación CE1A / CE2 / S1 y con nivel bajo S2/S3/S4.

Y ahora qué? ALGUIEN SABRIA DECIRME QUE VALOR SE PODRÍA TOMAR?

Un saludo. Y gracias por anticipado.............
Última edición por PELUO2 el 13 May 2009, 21:04, editado 1 vez en total
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#160810
El que quieras elegir. Solo tienes que decidir la iluminancia media que quieres que tenga, por ejemplo, si el parque va a estar cerrado por la noche pues la mas baja. Si esta en una zona donde a la primera de cambio te salen con la navaja o es una zona donde van a ir cuarenta personas a pasear al perro, ponle la maxima, etc...
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