Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#44518
Buenas a todos, para dimensionar una instalación de calentamiento de agua con colectores solares para 20 viviendas según el CTE y para una orientación de los paneles de +30º SW (acimut) y una inclinación de 40º, por ejemplo, ¿sería correcto el siguiente procedimiento?
1. Dimensionado del campo de colectores como si la orientación fuera Sur y obtención de la cobertura solar o contribución solar.
2. Cálculo de las pérdidas por orientación e inclinación.
3. Cálculo de las pérdidas por sombras.
4. Comprobar que las perdidas energéticas por inclinación y orientación no superan el porcentaje correspondiente (10%, 20% ó 40%)
5. Comprobar que las perdidas de radiación por sombras no superan el porcentaje correspondiente (10%, 15% ó 20%).

La contribución solar obtenida será la calculada con orientación óptima quitándole las pérdidas de energia por orientación e inclinación. ¿no?

¿cómo se traducen las pérdidas de radiación por sombras en pérdidas energéticas?

¿por que te exige el CTE sumar pérdidas energéticas con pérdidas de radiación para limitar las perdidas totales, si son cosas distintas?

Saludos.
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