Nuevo Proyecto de RD de Certificacion energética de edificios existentes (Valoración de 4.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#319849
Pues veréis, yo , cada vez que llevo mi coche a reparar me enchufan a 60€ la hora.

Seamos optimistas, que para el pesimismo siempre habrá tiempo.
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#319852
calape escribió:Pues veréis, yo , cada vez que llevo mi coche a reparar me enchufan a 60€ la hora.

Seamos optimistas, que para el pesimismo siempre habrá tiempo.


Ya, pero estas pagando por una hora de personal cualificado..... :fire
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#320040
James escribió:http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/10/


Esto no es de la certificación energética. Creo que todavía no está publicado.
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#320041
Kirium escribió:
James escribió:http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/10/


Esto no es de la certificación energética. Creo que todavía no está publicado.

Perdón, tienes toda la razón. :surprise
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#320042
Kirium escribió:
James escribió:http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/10/


Esto no es de la certificación energética. Creo que todavía no está publicado.
Eso es, esto es el Plan de Rehabilitación y fomento del alquiler.. pero ya introduce la exigencia de la certificación del edificio si es de viviendas..

Contenido
"Parte III: Certificado de eficiencia energética
Cuando el presente Informe tengapor objeto un edificio de tipología residencial colectiva(entendiendo por tal aquel
que contenga más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos del
residencial) deberá adjuntarse como Parte III de este Informe, el Certificado de EficienciaEnergética del Edificio,
con el contenido y mediante el procedimiento establecido para el mismo por la normativa vigente. "
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#320043
calape escribió:Pues veréis, yo , cada vez que llevo mi coche a reparar me enchufan a 60€ la hora.

Seamos optimistas, que para el pesimismo siempre habrá tiempo.
Si, peor nadie puede hacerlo por menos y sobrevivir en el mercado... ; aquí hay quien lo hace.. ; tampoco sobreviven con eso.. peor lo hacen..
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#320048
He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers
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#320093
Carlos_Asturies escribió:He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers

Yo entiendo, aunque no lo especifique el RD, que el técnico competente deberá ser un titulado en edificaciones. Por ejemplo, el peritaje de un edificio lo lleva a cabo un arquitecto, y no un delineante. Y si encima entran instalaciones térmicas, pues un ingeniero.

Además, si te miras las fichas para la Evaluación del Edificio (Anexo II), verás que en el apartado a cumplimentar por el técnico competente hay que especificar el número de colegiado.
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#320098
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers

Yo entiendo, aunque no lo especifique el RD, que el técnico competente deberá ser un titulado en edificaciones. Por ejemplo, el peritaje de un edificio lo lleva a cabo un arquitecto, y no un delineante. Y si encima entran instalaciones térmicas, pues un ingeniero.

Además, si te miras las fichas para la Evaluación del Edificio (Anexo II), verás que en el apartado a cumplimentar por el técnico competente hay que especificar el número de colegiado.


James, no hablo de si el técnico tiene que ser un FP o titulado universitario. En definitiva, ¿somos los Ingenieros competentes para hacer Informes de Evaluación de Edificios? :pausa
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#320133
Alguien sabe alguna cosa sobre el registro de las calificaciones y sobre las tasas a pagar sobre las calificaciones energéticas?
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#320142
Carlos_Asturies escribió:
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers

Yo entiendo, aunque no lo especifique el RD, que el técnico competente deberá ser un titulado en edificaciones. Por ejemplo, el peritaje de un edificio lo lleva a cabo un arquitecto, y no un delineante. Y si encima entran instalaciones térmicas, pues un ingeniero.

Además, si te miras las fichas para la Evaluación del Edificio (Anexo II), verás que en el apartado a cumplimentar por el técnico competente hay que especificar el número de colegiado.


James, no hablo de si el técnico tiene que ser un FP o titulado universitario. En definitiva, ¿somos los Ingenieros competentes para hacer Informes de Evaluación de Edificios? :pausa


El Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios especifica que un técnico certificador es aquel "...que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética."

Entiendo pues, que si eres un FP y has hecho un curso de certificación energética, el RD te reconoce como técnico competente. Ahora bien, ¿quien extiende las titulaciones? ¿las universidades? ¿empresas privadas?
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#320144
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers

Yo entiendo, aunque no lo especifique el RD, que el técnico competente deberá ser un titulado en edificaciones. Por ejemplo, el peritaje de un edificio lo lleva a cabo un arquitecto, y no un delineante. Y si encima entran instalaciones térmicas, pues un ingeniero.

Además, si te miras las fichas para la Evaluación del Edificio (Anexo II), verás que en el apartado a cumplimentar por el técnico competente hay que especificar el número de colegiado.


James, no hablo de si el técnico tiene que ser un FP o titulado universitario. En definitiva, ¿somos los Ingenieros competentes para hacer Informes de Evaluación de Edificios? :pausa


El Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios especifica que un técnico certificador es aquel "...que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética."

Entiendo pues, que si eres un FP y has hecho un curso de certificación energética, el RD te reconoce como técnico competente. Ahora bien, ¿quien extiende las titulaciones? ¿las universidades? ¿empresas privadas?


¿Comorrr???? :stop ¿De donde has sacado eso?

El Proyecto de Real Decreto lo que decía era lo siguiente...

"El certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por la propiedad del edificio."

Un FP no puede hacer nada de eso.
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#320145
Carlos_Asturies escribió:
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:
James escribió:
Carlos_Asturies escribió:He leído el RD publicado hoy por encima, y me asaltan dos dudas sobre los Informes de Evaluación del Edificio (IEE): ¿Deroga finalmente a las ITEs o no? Habla por todos lados de técnico competente, ¿donde dice quien es competente para hacer IEEs? :unknow

Saludos :cheers

Yo entiendo, aunque no lo especifique el RD, que el técnico competente deberá ser un titulado en edificaciones. Por ejemplo, el peritaje de un edificio lo lleva a cabo un arquitecto, y no un delineante. Y si encima entran instalaciones térmicas, pues un ingeniero.

Además, si te miras las fichas para la Evaluación del Edificio (Anexo II), verás que en el apartado a cumplimentar por el técnico competente hay que especificar el número de colegiado.


James, no hablo de si el técnico tiene que ser un FP o titulado universitario. En definitiva, ¿somos los Ingenieros competentes para hacer Informes de Evaluación de Edificios? :pausa


El Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios especifica que un técnico certificador es aquel "...que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética."

Entiendo pues, que si eres un FP y has hecho un curso de certificación energética, el RD te reconoce como técnico competente. Ahora bien, ¿quien extiende las titulaciones? ¿las universidades? ¿empresas privadas?


¿Comorrr???? :stop ¿De donde has sacado eso?

El Proyecto de Real Decreto lo que decía era lo siguiente...

"El certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por la propiedad del edificio."

Un FP no puede hacer nada de eso.


Aquí lo tienes: http://www.idae.es/index.php/mod.documentos/mem.descarga?file=/documentos_Proyecto_RD_CEEX_refundido_de_junio_Aud_Publ_da681768.pdf
Mírate la página 10. :mira
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