Limitación de demanda energética, instalaciones térmicas, eficiencia energética, instalaciones de iluminación, contribución fototérmica, contribución fotovoltaica
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#256620
Hola! Una consulta, que me ha dejado bastante perdido.
Quiero calcular unas placas en latitud 43º, y por desgracia deben colocarse con azimut 59º hacia el Este.

Según el gráfico de la figura 3.3 para tener unas perdidas por orientación del 10% para la latitud 41º.
Inclinación máxima = 30º
Inclinación mínima = 10º

Lo que pasado a latitud de 43º nos daria
Inclinación máxima = 30º - (41-43) = 32º
Inclinación mínima = 10º - (41-43) =12º
Me vendría bien colocarlas a 20º de inclinación la verdad y me encaja.

Lo que me ha dejado un poco perdido es la comprobación para casos cerca del límite.
El caso es que si la coloco con alfa=-59 y beta=20º
Y me pillo pa primera ecuación del punto 3 del procedimiento 3.5.2.

Perdidas = 100 * (1.2x10E-4 (20-43)^2+3.5x10E-5*59^2) = 18.53% >>> 10% del caso general.

¿Esto está bien? Es que según el gráfico me daria que pdria colocarlas entre 12º y 32º y 20º esta dentro de rango. Y las pérdidas que me da segun el grafico serian inferiores al 10%

Igual es que estoy interpretando mal lo que es la perdida cerca del limite.
¿A que se refiere?
- A que si por el gráfico tienes unas perdidas rondando el 10% para el caso general la apliques.
- ¿O a que si la colocas muy cerca de las orientaciones máxima y mínima?
por
#256840
Hola darzu.

Yo entiendo, que se deberian aplicar cuando la inclinacion está cerca sus límites máximos, ya que en todo el punto 3.5, cuando habla de limites siempre los asocia a inclinación. O eso es lo que yo entiendo tal y como está redactado.
Ahora, otro tema es el de las dos formulas, que son correlaciones, que dicen que hay que aplicar.
Siendo malos, y para tu caso pongo este ejemplo. Tambien deberían se válidos los ángulos de inclinación de 15º y 16º (Separo el termino de perdidas por inclinacion y del perdidas por azimut).
Para 16º nos queda:
Perdidas = 8,75 (inclinación) + 12,18 (azimut) = 20,93%
Para 15º, ya se desprecia en termino de azimut:
Perdidas = 9,41 (inclinación) + 0 (azimut) = 9,41%
Cuanto menos extraño, no?
Entonces tendriamos:
Para 15º, 9,41%, para 16º, 20,93%, y para 20º, 18,53%.
Estas correlaciones para angulos pequeños, desprecian el angulo de azimut. Caso extremo, con inclinacion 0º el azimut no nos importa (evidente). El problema viene (además de otros, creo yo) cuando estamos con ángulos cercanos a los 15º, que se empiezan a incluir, y con azimuts elevados te encuentras incongruencias de este calibre. Y es que estas dos formulas no tienen la mas minima continuidad cerca de sus limites de aplicacion, al margen de que sean mas o menos aproximadas en el resto de su rango de aplicación.
El caso es que no se de donde han salido, pero los redactores del CTE se han lucido. Yo he hecho comprobaciones con bastantes programas informáticos, y la verdad es que los resultados se acercan más a los del grafico que a los de las formulas, y muestran por lo menos más continuidad en sus resultados.
Mi recomendación personal, que si es para justificar que estas dentro de las perdidas permitidas uses el grafico, que por lo menos ofrece continuidad en sus resultados.
De todas formas, a esto le he dado bastantes vueltas, y tampoco le he encontrado una solucion clara. Lo que si tengo claro es que de estas formulas no me fio mucho.
Espero haberte sido de ayuda, y a ver si algun otro compañero nos puede arrojar algo mas de ayuda sobre el tema.

Un saludo
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