- 18 Nov 2007, 18:39
#32970
La conducción ppal de extracción, la que va a cubierta, la puedes hacer de 2.5q de sección útil mínima, porque es mecanica y discurre adyacente a local habitado. Y la tienes que llevar a cubierta porque el CTE te lo indica. Sólo se deja extraerlo a la calle cuando se trata de aparcamientos públicos SIN PLANTAS POR ENCIMA DE RASANTE, es decir, un parquing que no tenga nada encima, solo calle. Admás, se deja extraer a la calle directamente en algunos casos muy puntuales, pero por norma, hay que ir a la cubierta y cumplir con las distancias mínimas de posicionamiento de la boca de extracción (3 m. en horizontal de cualquier linde o boca de admisión, 10 m. de paso de personas y la distancia vertical indicada en los graficos del CTE).
La admisión es otro tema. Se debe asegurar el suministro de aire limpio, por lo que no se puede adminir aire desde una rejilla montada en el suelo de un jardín o de la calle, entraria de todo ahí. Se debe elevar la toma, según normativa, y si no pone nada lo normal es elevarlo 1.80m como mínimo. esto lo vemos en algunos parques, donde se aprovecha alguna escultura o figura para colocar una admisión elevada. Además, se debe asegurar que no entre agua, o por lo menos que no entre cuando caigan cuatro gotas, por eso lo de elevar la toma.
Con respecto a si tiene que ir natural o forzada, en el DB-HS3 te fija una distancia máxima horizontal del tramo más largo de conductos de suministro de aire limpio en admisión natural. No tengo el código delante pero de creo que es de 10 metros (si no 15m). Esto significa que cualquier tramo horizontal que supere esta distancia tiene peligro de estancamiento del aire y de una baja velocidad de transporte de este, con lo que no se podria asegurar el caudal mínimo de admisión. Esto se ve si se calculan las velocidades de flujo y las caidas de presión en todo el recorrido del aire. Y tiene lógica. Un conducto de sección 4.q tiene como máximo un flujo de aire con velocidad 2.5m/s. Esta velocidad disminuye bastante a partir de distancias mayores de 10 o 15m en cualquier conducción horizontal.
el tema está en que, si tienes mas de 10 m de recorrido en los tramos horizontales de los conductos de admisión natural, conviertela en forzada, vale la pena. Te asegurar la renovación del aire.
Si me preguntas si te lo van a aceptar con adm. natural, seguramente si, porque los que tienen que aprobartelo no van a ser tan estrictos (de momento), pero hazlo por hacer una instalación correcta y bien dimensionada. Lo importante es hacer las cosas bien, no pasar el corte.
Espero que te lo tengas mas claro ahora.
Un saludo