Ruido aéreo, ruido de impacto, vibraciones, aislamiento, condiciones acústicas
por
#215083
Hola, vamos a ejecutar una vivienda en Sevilla con aparatos de climatización en la cubierta, ¿es obligatorio realizar siempre un estudio acústico o depende de alguna condición?
Tengo una máquina que tiene una potencia sonora de 76 dBA, asi que supongo que se tiene que realizar el estudio.

Tengo varias dudas:
1. Para que sirve la tabla nº º del anexo 1 "Límites de inmisión sonora"
2. Tengo que calcular el ruido al exterior el cual no debe superar el especificado en la tabla 2 del anexo 1 y que a la fachada de otra vivienda no se supere el ruido de fondo+5 dBA ¿me equivoco o me falta algo?

Gracias

SALUDOS
por
#216380
El límite de inmisión sonora es el valor que no ha de sobrepasar el ruido procedente de la máquina en el interior de la vivienda más afectada por este.

OJO! Los 76 dB de la máquina son de nivel de potencia sonora, y los valores límite de la tabla, tanto de inmisión como de emisión, son niveles de presión sonora. No es lo mismo.

Un saludo.
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por
#220721
1º.- Pregunta en el Ayuntamiento.
2º.- Si te lo exigen, busca a un profesional que sepa del asunto.
3ª.- Ten en cuenta lo que dice j.molina sobre potencia y presión.

Saludos.
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