Cuadro electrico en cocina El tema está resuelto (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#127712
Buenas noches
He tenido una revision hoy de una instalacion para un cambio de nombre, en la cual solo se ha cambiado la DI ,el cuadro se a respetado al estar en normativa y han estado apunto de echarmela atras porque el cuadro esta en la cocina segun el inspector porque se puede llenar de grasa y residuos
Estoy buscando en el RBT y no encuentro nada al respecto
¿Alguien podria indicarme donde esta esta afirmacion?
Por cierto me ha comentado que en DI de edificios antiguos se permite meter el tierra de 2,5mm si no es posible igualar a la fase (me ha dejado un poco descolocado)
¿que opinais?
Gracias
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#127936
En la ITC-BT 17 dice:

"En viviendas, deberá preverse la situación de los dispositivos generales de mando y
protección junto a la puerta de entrada y no podrá colocarse en dormitorios, baños,
aseos, etc. "


Es cierto que no la citan exhaustivamente pero ten en cuenta que los aseos los excluye por ser locales humedo pero una cocina también cuando hierves algo se llena de vapor de agua todo, además la grasa. Por eso creo que si hubiera sido una instalación nueva te le hubieran echado para atrás pero al ser antigua lo mismo han pasado la mano eso si dejándote dicho que para otra vez no lo hagas así....

Hace poco para la casa de un arquitecto amigo, que el hombre es de los que saben me planteo ponerla en la cocina y le comente este parrafo y estuvo de acuerdo que es un sitio al menos no recomendable..... por lo que te han comentado...



Aparte de lo anterior ya que se te ha presentado un caso que me interesa a nivel particular, el cambio de nombre... ¿el contrato anterior tenia mas de 20 años? lo digo por si con eso de adaptarla al reglamento en los caso de cambio de nombre que dice el rd 1955/2000 te han exigido cambiar la instalación interior o sólo la DI. Es decir con una instalación del año 70 (en buen estado) cambiando sólo la DI te permiten el cambio sin adaptar el interior de la vivienda.

saludos.
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#127961
JE, JE Acabo de hacer la instalación a mi suegra con el cuadro en la cocina y nadie me ha dicho nada.
Dicho ésto, estoy de acuerdo en que aconsejo colocarlo fuera. ¿Pero quién le dice que no a una suegra?
Atrevete colega.
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#127964
SHA escribió:JE, JE Acabo de hacer la instalación a mi suegra con el cuadro en la cocina y nadie me ha dicho nada.
Dicho ésto, estoy de acuerdo en que aconsejo colocarlo fuera. ¿Pero quién le dice que no a una suegra?
Atrevete colega.


Y si pasa algo, total, es la suegra ¿no? :twisted:
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#127984
Como indica arquimedes, instalar el cuadro electrico de una vivienda en la cocina, no es el local mas adecuado, pero tratandose de una reforma de una instalacion antigua suelen ser mas permisivos.

Y sobre el comentario de a seccion de la tierra, pues sucede mas de lo mismo. Siempre hay que intentar hacer la instalacion lo mas correcta posible. Y muchas veces e una cuestion de coste mas que de imposibilidad.
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#128006
Pero estamos hablando de vivienda?? por que solo ha dicho cocina ? no será de un establecimiento industrial ??
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#128037
Buenas noches
Respecto al tema que nos ocupa el cuadro estaba la lado de la puerta de servicio dentro de la cocina ,creo que las explicaciones que me habeis expuesto me queda bastantate claro
Para arquimedes , el antiguo boletin tenia mas de 20 años hemos cambiado la DI individual LH , apesar de que el cuarto de contadores estaba hecho nuevo del año 2000 , la vivienda estaba reformada hace unos años pero habia cosas que no estaban de acuerdo al nuevo reglamento como red equipotencial de baños enchufes de cocina y baños en el mismo automatico a la hora de presentar el boletin hemos puesto en observaciones que solo se cambia la DI y cuadro e instalacion interior ya existente segun rRBT de 1973 (me imagino que si te toca revision dependera del inspector que te toque tenga ganas de tocar las .....)
Para jcritisi es vivienda
Muchas gracias a todos
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#128058
es decir cambio de DI del cuadro de la casa pero no el cableado interior... pero ¿como entonces es que debía de haber muchos circuitos internos no? si no no habrías podido separar...
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#128063
arquimedes escribió:es decir cambio de DI del cuadro de la casa pero no el cableado interior... pero ¿como entonces es que debía de haber muchos circuitos internos no? si no no habrías podido separar...



Cambio de la derivacion individual desde contadores a ICP
Tenia un general diferencial y 5PIAS
Perdona pero no entiendo lo de separar
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#128066
si te explico.. significa que aunque en el cuadro hay dos pias, si desde debajo de sus salidas hacia las salas hay varios cirucitos que parten de ahí, si puedes separar pues basta con poner al lado otros pias. si de hay dos pias y todos los enchufes lamparas, etc van derivando en cajas por mucho que quieras sólo tienes dos PIAS per secula seculorum..

por ello lo verdaderamente que me interesa saber es ¿si revisan DI (diciendo que dentro es segun relgamentación anterior) o entran dentro de las casa. ?


es que lo que me interesa a mi es que sólo haya que cambiar en todo caso la DI.. qye por cierto yo sólo quiero cambiar de nombre el contrato y de cuenta de combro/pago nada más pero no quiero que por este cambio de titularidad tenga que echar abajo media casa....

gracias
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#128073
Te voy a contestar dentro de mi experiencia
Suponiendo que te salga revision ,si te toca un inspector que te mira realmente lo que tu has descrito en la memoria tecnica no debes tener problemas, pero yo he tenido revisiones que la instalacion interior no se ha tocado y me han echo levantar enchufes , cajas de registro ...
En la caso de que me comentas intentaria en la medida de lo posible llevar lineas hasta la cocina y sacar para cocina , lavadora y usos varios si fuese posible aunque realmente en el antiguo reglamente especifica alumbrado y tomas de corriente
Hace unos meses cambiamos la derivaciones individuales y cuarto de contadores de un edificio y dos viviendas las pasamos de trifasico a monofasico especificando en el cuadro : general diferencial y dos pias no nos toco revision ,al entregar el boletin no nos pusieron pegas ya que siempre los llevamos a la misma empresa y si encuentra alguna anomalia no lo comunican , pero realmente no podria decirte si te toca revision si te van a poner pegas
Si alguien del foro le ha surgido esta situacion podria aclararnos un poco el tema
Si consiguo averiguar algo nuevo respecto a viviendas antiguas en estos casos te lo hare saber
Un saludo si te puedo ayudar en algo por aqui estare
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#128074
pues muchas gracias

a ver si puedes averiguar algo

por cierto el inspector de que hablamos ¿de la compañía eléctrica?

es que tengo dos circuitos nada mas y además mezclados (la instalación es de antes del 73) de hecho yo la tengo lmitiada por dos termicos de 16 con un cabecera de 20 y lleva años sin problemas....
por
#128082
El inspector no es de la compañia electrica por mi zona no se meten en esos lares
Es cuando entregas el boletin hay un porcentaje de que te toque revision que realizan unas empresas particulares para comprobar la instalacion y en caso de un defecto grave tendras un tiempo para subsanarlo pero el inconveniente es que la segunda visita te cobran creo que unos 240€
Podrias hacer lo siguiente si aun no has dado de baja el contrato puedes seguir usandolo cambiando el numero de cuenta ,no apareceras como titular pero la correspondencia puede ir a tu nombre.
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#128087
¿empresas privadas haciendo inspecciones? ¿conque autoridad pueden revisar las instalaciones unas empresa privada en todos caso será por delegación de alguien?

veras es que yo cambiar la DI puede hacerse y me pueden firmar un boletin de acuerdo a lo que hay (vamos sin mentir que no estoy por la labro esa de engañar).
Por ello si ni industria, ni la compñaí revisan, pues estupendo, pues las protecciones internas son adecuadas a los calibres y si hay más o menos circuitos será mi problema que tendré menos zonificación de defectos...


En cuanto a eso, ya lo he intentado llame a la compañía y sin dar datos (la oficinista que met atendió me dice que no pueden hacer el cambio, que lo tiene que solicitar el titular actual, lo cual es imposible desgraciadamente...
le dije que me subrogaba y me dijo que hacia falta nuevo boletin (pero conforme al nuevo reglamento....) y ahí está el lio......
por
#128108
arquimedes escribió:¿empresas privadas haciendo inspecciones? ¿conque autoridad pueden revisar las instalaciones unas empresa privada en todos caso será por delegación de alguien?

veras es que yo cambiar la DI puede hacerse y me pueden firmar un boletin de acuerdo a lo que hay (vamos sin mentir que no estoy por la labro esa de engañar).
Por ello si ni industria, ni la compñaí revisan, pues estupendo, pues las protecciones internas son adecuadas a los calibres y si hay más o menos circuitos será mi problema que tendré menos zonificación de defectos...


En cuanto a eso, ya lo he intentado llame a la compañía y sin dar datos (la oficinista que met atendió me dice que no pueden hacer el cambio, que lo tiene que solicitar el titular actual, lo cual es imposible desgraciadamente...
le dije que me subrogaba y me dijo que hacia falta nuevo boletin (pero conforme al nuevo reglamento....) y ahí está el lio......


Por delegacion de industria con la comunidad(en Madrid llamadas EICI ) me imigino que similar a una OCA
Lo logico es lo que comentas las protecciones adecuadas a la instalacion que tenemos porque cambiar toda la instalacion interior supone una carga economica importante al igual que el cambio de la DI aunque este correcta
He encontrado esto en una librillo que creo recordar que cogi de algun almacen
El requisito mínimo para un Certificado es que la DI sea LH y que además tenga IGA e ID.
El Certificado reflejará claramente estas modificaciones y que el resto de la instalación permanece inalterada
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