Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#146432
Hola,
Un polideportivo descubierto de barrio, es un local de pública concurrencia?,
En el RBT pone Estadio y pabellones, pero claro este lo unico que tiene cubierto son los vestuarios, ademas no tiene público, o al menos muy poco por lo que no es del todo asimilable a estos dos.
No veo sentido el poner 3 circuitos para iluminar los postes de alumbrado de las pistas futbol o paddel, tampoco el suminstro de socorro o reserva( si asimilamos a un estadio o pabellon). Veo que es complicar una instalación sencilla. ¿que opinaís?
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#146453
Si tiene consideración de pública concurrencia. Mirate la guia de la ITC-BT 28, comentario del punto 1
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#146466
Si una plaza de toros o un hipódromo son considerados pública concurrencia y tampoco están cubiertos, salvo las zonas de servicio y demás. Entiendo que tu caso también...
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#146526
Como polideportivo de barrio entendemos una pista sin gradas y unos vestuarios?
Si es asi, para mi no es publica concurrencia, porque, para empezar, no es un local.

Hipodromos y plazas de toros, estan abiertos en la zona del espectaculo, pero todas las vias de entrada-salida y demas estancias, estan en recinto cerrado.

Un saludo
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#146572
Mira la UNE 20.460-3, y comprueba que el local este clasificado en uno de los siguientes grupos:

BD2, BD3 o BD4.

La norma te la pueden pasar desde el colegio o la asociacion de electricistas, (según sea tu caso).

Saludos.

:comunidad
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#146607
Hay dos escalones que son teoricas gradas, supongo que para que los padres de los niños si van esperen allí, pero no esta pensado para competiciones. De todas formas pedire al colegio la norma, muchas gracias!
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#146663
Yo sí lo consideraría LPC, y así lo hice con un polideportivo descubierto. Ahora bien, respecto al tema de alumbrado dividido en 3 :ein ...

En principio la intención de los 3 circuitos de alumbrado es por si falla para que el público no se quede a oscuras, y las luminarias de emergencia para la evacuación segura. En este caso la iluminación, ojo: en la parte descubierta, no es necesaria, y las luminarias de emergencia tampoco puesto que se encuentra en un espacio exterior seguro. Por otro lado las zonas cubiertas: vestuarios, aseos y demás, sí deberían cumplir con ambas condiciones, y todas las restantes que le sean de aplicación del REBT.
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