Centro de transformación propiedad del Ayuntamiento (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#157204
Buenos días. Tengo una duda y a ver que pensais vosotros:

Desde un centro de transformación, propiedad de un ayuntamiento destinado a una estación de bombeo; ¿Puedo enganchar desde este mismo centro el alumbrado público de la zona?, ya que este alumbrado sigue siendo municipal.

Muchas gracias
Última edición por jumacadel el 23 Abr 2009, 17:44, editado 1 vez en total
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#157205
Eso me temos que lo tendrás que hablar con el ayuntamiento.
Les tendrás que explicar lo que quieres hacer, para que y pedirles permiso si es que el centro de transformacion tiene potencia suficiente para tu cuadro.
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#157222
serch escribió:Eso me temos que lo tendrás que hablar con el ayuntamiento.
Les tendrás que explicar lo que quieres hacer, para que y pedirles permiso si es que el centro de transformacion tiene potencia suficiente para tu cuadro.

:yep aunque asegurate que es de abonado y no de compañía, porque entonces la petición la tendrás que hacer a esta última y puede que te asignaran ese CT o no, dependiendo de los sobrantes de potencia en los CT´s de la zona.
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#157226
Vamos a ver, a lo mejor me he explicado mal. ¿Desde mi CT puedo enganchar la estación de bombeo y otro servicio municipal? o ¿solamente uno de los dos servicios?El CT es del Ayuntamiento y hay suficiente potencia.

Yo entiendo que si puedo hacerlo (los dos).
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#157231
El CT es tuyo, del ayuntamiento o de la compañia de aguas de la localidad.

si el CT es del ayuntamiento, no deberia de haber ningun problema, pero se lo tienes que hacer saber, pues son ellos lo que te han de dar el visto bueno. A lo mejor les interesa que conectes el cuadro en otro CT que tengas en los alrededores y no en ese.

Te digo lo de la compañia de aguas, porque normalmente las estaciones de bombeo las suelen gestionar las compañias de agua, que algunas si pertenecen al ayuntamiento, otras a medias, y otras trabajan por separado y a lo mejor no quieren mezclar las churras con los meninas.

De todas formas, si se trata de un proyecto en el entran estacion de bombeo y alumbrado, entonces no deberias tener ningun problema.
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#157280
Si que puede haber problemas, el CT del Ayuntamiento se proyecto para dar suministro a un bombeo y facturará en media tensión con una tarifa determinada en un contrato con la compañía suministradora.
El alumbrado público suele tener otra tarifa más barata con lo que estarías colgando de un suministro existente un uso nuevo de la energía que no se contrato, la compañía tal vez se niegue a facturarte esos kwh al precio de MT.

:gato
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#157320
veamos si el CT es del ayto el bombeo es un suministro de un consumidor (sea en alta o en baja) por lo que tu no puedes "camprar" energía al ayto sino a al electrica.

aunque guardando ciertas distancias estamos en el mismo caso que si desde nuestro piso no enganchamos al cuadro del vecino del al lado. por mucho que conectemos con un buen termico y la instalación sea técnicamente correcta estamos en un caso de reventa entre particulares...

El CT del ayuntamiento podrá dar servicios a multitud de consumos si todos son del ayuntamiento pero no para otros titulares....
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#157323
Es que Arquímedes el alumbrado, el bombeo y el CT son del mismo Ayuntamiento (si no he entendido mal), aún siendo así, puede haber problemas. Yo realizaría las consultas pertinentes.


SALUDOS
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#157324
Creo os estais liando en palabras...
si el CT es de abonado, el abonado puede colgar lo que le dé la gana de ese CT. ¿OK?

Es indistinto de si es un Ayto o una nave industrial...

Si el Ayto. lo permite, no hay problema ninguno...

Un abonado de una nave con su CT propio alimenta máquinas, bombeos, alumbrados exteriores de la nave... como si quiere poner 8 salidas en baja y alimentar a sus ocho mini naves... :|
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#157326
es verdad rover ..... :cabezazo

lo que no estoy tan seguro mazinguer es que el mero hecho de poner un CT te convierta en un revendedor de energia a distintos titulares.. en cuanto a usarlo el mismo titular para varios usos propios en eso si que estoy de acuerdo en que si puede atender a varios puntos de consumo
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#157328
arquimedes escribió:es verdad rover ..... :cabezazo

lo que no estoy tan seguro mazinguer es que el mero hecho de poner un CT te convierta en un revendedor de energia a distintos titulares.. en cuanto a usarlo el mismo titular para varios usos propios en eso si que estoy de acuerdo en que si puede atender a varios puntos de consumo


Creo que nadie ha hablado de distintos titulares...
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#157331
Aún así Mazinguer creo que la cosa no esta tan clara, yo no pondría la mano en el fuego sobre la legalidad de eso por los motivos que expuse. Los Organismos Oficiales no tiene el mismo tratamiento :|
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#157333
en la pregunta no efectivamente, pero crei entender (hoy parece que no estoy muy espabilado") que tu ibas mas alla diciendo eso, que unas vez que se tiene un trafo propio se puedia "trapichear" con la energía...
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#157341
arquimedes escribió:en la pregunta no efectivamente, pero crei entender (hoy parece que no estoy muy espabilado") que tu ibas mas alla diciendo eso, que unas vez que se tiene un trafo propio se puedia "trapichear" con la energía...



:nono never and never... :mrgreen:
Legalidad ante todo...
No te preocupes; ayer era yo el espeso.... :cabezazo
:brindis :brindis
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