Pues entonces, claramente, están abusando de su posición.
Pídeles una cita para acudir a sus oficinas a discutir el tema.
Ellos deberían argumentar algo, para pedirte esta infraestructura.
Las NN.PP. de cada compañía, se aprueban por cada comunidad autónoma, mediante una resolución, si las NN.PP. de las que has hecho referencia están aprobadas por dicha resolución, tus instalaciones se deberán basar en estas para su proyección y ejecución, por lo que, toda infraestructura solicitada que supere o amplíe el mínimo exigido por las NN.PP, se puede tomar como un abuso de posición de la compañía, totalmente denunciable a la Conselleria de Energía.
Habla con los técnicos de la Compañía, intenta hacerles ver que legalmente no debes hacer un centro de reparto y espera su respuesta.
Cuando hables con ellos, recuérdales que no suelen cumplir nunca el articulo 103 del RD 1955/2000, yo a modo de broma, se lo planteo muchas veces a los Ibertrolenssss, sus respuestas son, el 103 me lo paso por los h….s, eso a mi no me afecta, nadie se me ha quejado nunca, si es que los Tecnicos comerciales no se enteran, etc...
Saludos.