- 07 Feb 2007, 10:47
#1853
Muy cierto y la verdad es que está bien clarito, "... en lugares a los q...", pero siguiendo la definición de lugar del RAE:
1. m. Espacio ocupado o que puede ser ocupado por un cuerpo cualquiera.
2. m. Sitio o paraje.
3. m. Ciudad, villa o aldea.
4. m. Población pequeña, menor que villa y mayor que aldea.
5. m. Pasaje, texto, autoridad o sentencia; expresión o conjunto de expresiones de un autor, o de un libro escrito.
6. m. Tiempo, ocasión, oportunidad.
7. m. Puesto, empleo, dignidad, oficio o ministerio.
8. m. Sitio que en una serie ordenada de nombres ocupa cada uno de ellos.
9. m. En Galicia, casería dada en arriendo.
En la primera acepción habla de espacio, entiendo que no obliga a que sea delimitado, es decir, si el cuadro está apartado en una zona en donde en condiciones normales no está el público se podría justificar de alguna forma, el rebt habla de lugar, no de estancia o dependencia, p.ej. si el cuadro está cerca de una butaca pues considero que el rebt no lo permite pero si estuviera en una zona que esta reservada al empleado del salón de actos que se encarga de encender o apagar la luz pues podría servir.
Es un poco rebuscado.
Saludos.