PELUO2 escribió:Hola compañero.
Gracias por contestar.
La verdad es que si que es mas de 10 m. van a ser unos 55 m.
En que consiste el megado? quien se supone que lo debe de hacer?
Reitero GRACIAS.
En vistas de que tu red es >10 m, concretamente 55 m, tienes que hacer lo siguiente y que es aplicable para legalizar cualquier proyecto de red de distribucion (parte de Endesa) que alimente una vivienda, local, edificio, etc y provenga la línea desde el centro de transformación directamente o desde una arqueta. La documentación a entregar en Industria es la siguiente:
- 2 Modelos BT-14 (Instalaciones eléctricas de B.T.)
- 1 copia del Proyecto eléctrico de R.B.T visado por el Colegio Oficial
- Carta de conformidad de la compañía suministradora. (Te la dará el técnico de NNSS de la zona que corresponda, cuando le lleves una copia del proyecto y te de el visto bueno)
- 2 Direcciones Técnicas visadas por el Colegio Oficial
- Fotocopia de Instalador Autorizado de Electricidad (Autorización de Empresa)
- Fotocopia del Certificado de Cualificación Individual (CCI)
- 5 copias del Certificado de Instalación eléctrica de B.T. (Boletines R.B.T.) (Red de Endesa que estas legalizando, no boletines interiores de las casas)
- 5 copias en el reverso del Certificado de B.T. de Información al usuario
- Copia compulsada de C.I.F empresa (Sello notarial. No valen fotocopias solamente)
- Copia compulsada D.N.I. representante de la empresa
- Copia D.N.I. solicitante (normalmente el ingeniero encargado de la legalización, es decir, tu mismo)
- Copia compulsada de Escritura de constitución (Escritura del tipo notarial. No valen fotocopias)
- Copia de Licencia del Ayuntamiento en cual se acometa los trabajos. (Solamente en caso de que haya que hacer canalizaciones)
- Escrito por parte del representante de la empresa y firmado por este, diciendo que la línea no pasa por suelo privado de ninguna otra persona, y si pasa por suelo público y propiedad del ayuntamiento en cuestión.
- Convenio de cesión de instalaciones, en el cual, la propiedad cede toda la instalación a Endesa para su explotación y uso. (Este convenio te lo hace el técnico de NNSS de la zona y es firmado por parte de la propiedad y por parte del director de Endesa en Málaga)
- Autorización para retirada de documentación y/o acceder a consultar el expediente, en su caso.
Con toda esta documentación metida en Industria, a los 20 días te devuelven varias copias de los certificados de instalación en B.T., sellados y aceptado por Industria. Una de las copias se las llevas al técnico de NNSS y con ésto, él ya ve que la instalación esta legalizada y por tanto da luz verde a poder contratar, poniendo como contratable y validada la solicitud de acometida que abriste en un primer momento.
Luego ya el propietario, va con su boletín "de interior" que le haya dado el electricista, a cualquier oficina comercial a contratar su luz, haciendo referencia a ese número de solicitud de acometida, que ya anteriormente el técnico la ha puesto "ok".
Nota: Los modelos BT-14 y la autorización para retirada y consulta de expediente, lo puedes retirar en Industria.