electricista homologado para revisar instalación?? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#185120
Hombre, si es una revison de la instal·lacion ya existente, solo se le aplicarà la legislación vigente en el momento de la primera alta ( articulo 2 del REBT), a no ser que hagas modificaciones de importancia, por lo tanto REBT 1973.

solo faltaria que a todos los cambios de nombre de pisos, casas etc se tubiera que adecuar a la nueva normativa las instalaciones.
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#185203
se tiene que mirar segun el reglamento en el que se realizo seria la coña que inspeciones segun reglameto nuevo, dejo este enlace no es lo mismo que se menciona aqui pero es bastante valido como orientacion http://www.ecateleformacion.com/electri ... S_0001.pdf
insisto es la primera vez que tengo noticias de estos cerificados teneis alguno que se pueda colgar para ver?
que descordinacion y diferencia entre zonas :oops:
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#185232
Y como sabe el instalador si una instalación es realmente de "revisión"?
Es decir como sabe si la instalación que está mirando no ha sido modificada (por lo que ya no sería de revisión y tendría que aplicar el rebt 2002....
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#194986
lo que indica el 1955/2000 art. 83 p.5 es que para cambios de titularidad en instalaciones de mas de 20 años la compañía revisará la instalación y en caso de que encuentre defectos graves, le pedira al titular un boletín de la reforma. Donde dice que la revisión tiene ke hacerla un instalador? yo eso no lo veo por ningun sitio.

Gracias y saludos.
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#195154
Hola a todos de nuevo,

os comentaré las últimas novedades del tema, como algunos de vosotros comentasteis, necesitabamos que un electricista homologado nos hiciese el boletín...pues bien, pedimos presupuesto a 4 diferentes, con visita a la casa de familiar incluida y...ninguno de los 4 nos ha dicho lo mismo!!!!!!!
Unos que si sólo hacía falta el boletín y que me le hacían sin problemas, otros que cambiar la caja de los automáticos, otros que el contador estaba mal colocado (está en la fachada de la casa, en la parte de fuera) uno que si muy alto, otro que debería estar en el pequeño muro que está a un metro de la puerta (no os penseis que es una puerta blindada ni nada por el estilo, es una simple verja que puede abrir cualquiera que pase por la calle perfectamente pues no tiene llave ni nada) así que estamos flipando y sin tener clara exactamente la obra (o no) que hay que hacer, ¿algún eléctrico o alguien que esté metido en temas del estilo me puede sacar un poco de luz al asunto? Porque claro, si no hay más remedio que hacer obra se hará, pero si ahora se hace la obra y en dos días nos va a venir una inspección o algo y vamos a tener que cambiarlo pues... :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#199524
Pues hacerle caso al electricista del boletín, que os haga el boletín y listo, eso si, que os deje por escrito que lo que os entrega es el requisito que pide la compañía electrica y de no ser así, el se hace cargo de presentar otro certificado de idoniedad válido para la compañía.

Un saludo.
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#199907
Pues por aqui nos dicen.....
Para modificaciones de contrato en B.T. cuya antigüedad sea suerior a 20 años, la Empresa distribuidora está obligada, en todos los casos, a proceder previamente a la verificación de las instalaciones, autorizandose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. ( Ninguna lo hace, te piden directamente un Certificado CAI en base al REBT 1973 ) aunque la instalación cumpla. Y algunas cumplen.
Si efectuada dicha verificación, se comprobase que que las instalaciones no cumplen.....bla, bla, bla, la E.suministradora, podrá exigir la correción de las instalaciones y la presentación del correspondiente Certificado extendido por instalador autorizado, siendo todo ello previo a la modificación del contrato solicitado.

Y SI te dan de baja el suminsitro por falta de pago. Las has jorobado. Para recontratar, vuelve a aplicar lo de arriba.

Ahora que no hay obras, es lo poco que tienen los instaladores para seguir comiendo.

Un saldudo.
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#200700
Si la instalación tiene mas de 20 años, te obligan a adaptar la instalación a la nueva normativa, o sea, Reglamento y normas particulares de la suministradora.

Lo que te ha pasado es lo siguiente, creo que cada instalador tiene razón en lo que ha dicho menos el que te da el boletin de la instalacion sin reformar nada (a no ser que la instalación ya cumpla debido a recientes modificaciones, que lo dudo) a parte de incumplir con la ley y hacerle la cama a los instaladores que no mienten en los certificados.

El nuevo boletin se ha de basar en la nueva normativa, no en la antigua y si te lo dan sin mas (pagando lo que sea) es el instalador el que esta emitiendo un certificado que no se corresponde con la realidad. :nono2

Te va a tocar cambiar desde la CGP (seguramente poniendo CPM en el murete ese que será la frontera entre la via publica y la propiedad privada, en nicho con puerta metalica etc, etc) hasta el cuadro, incluso termicos bipolares, sobretensiones, etc etc.

Lo siento pero es asi....
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#200907
Lo de adaptar la instalación a la nueva normativa no es del todo correcto. A no ser que la instalación haya que reformarla entera, haya que cambiar cuadros de sitio, aumentar mas de la mitad de la potencia actual, las reparaciones deben ser según antiguo reglamento.

Saludos.
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