Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#202692
Hola:

Me ha surgido la legalización de un local (bar) de pública concurrencia que ha ampliado sus instalaciones a base de anexionarse otro local comercial (en sótano) que se ha incorporado como almacén del establecimiento. Dichos locales están comunicados a través de una puerta interior EI-60 en planta baja (la del bar).

De hecho el citado local ya tiene instalación eléctrica y boletín legalizado para dicho uso de almacén.

El problema viene porque los cables no son libres de halógeno y la duda que me surge es la siguiente:

Según lo anterior, se podría considerar que cumple la filosofía del RBT una solución válida la puerta EI-60, dado que supuestamente esta puerta contendría un supuesto incendio y sus humos?.

Por otra parte, para este caso, o para otro donde proceda, existe algún procedimiento homologado para retener abierta una puerta cortafuegos convencional, para que se cierre solamente en caso de incendio, pero sin necesidad de instalar una centralita y retenedores electromagnéticos?

Saludos y gracias.
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