Obligatoriedad de poner magnetos generales en cuadros secundarios (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
por
#322143
Hola amigos.

Tenemos una duda sobre la obligatoriedad de poner un magnetotérmico de corte general en los cuadros secundarios de una instalación.

Se trata de un cuadro general con un magneto general de 4x125 A. del que cuelgan dos magnetos de 4x63 A. para dos cuadros secundarios.

Salen dos líneas de 4x16 mm2

En los cuadros secundarios hay un diferencial de 4x63 A. general y tres magnetos de 2x25.

Entiendo que la instalación está protegida para contactos indirectos con el diferencial, contra cortocircuitos con los térmicos bipolares de 25 A y contra sobrecargas se protege con los magnetos del cuadro principal de 4x63 A.
El diferencial lo considero totalmente protegido con este magneto de 63 A. aunque no esté en el mismo cuadro.

La línea de 4x16 está protegida con el magneto 4x63

La duda es si es necesario poner un magnetotérmico de entrada en el cuadro secundario???? o con el diferencial solo valdría?

Ciertamente el art 2.7 de la ITC-19 dice que se instalarán dispositivos apropiados que permitan conectar y desconetar en carga en una sola maniobra; creo que el diferencial cumple esta función, verdad????


Gracias, un saludo.
Avatar de Usuario
por
#322145
si la cumple y un interruptor y un portafusibles de corte en carga tambien
por
#322729
Hola Wamba.

Esta ITC -17 te habla de los dispositivos que tiene que llevar un cuadro principal, ya sabes, magneto general, diferencia/les, magnetos circuitos, ICP....

Pero no te aclara nada de que si un cuadro secundario puede tener como elemento de corte de una sola maniobra un diferencial y no un magneto.

O por lo menos yo no lo interpreto.

Saludos.
por
#322732
imanda escribió:Hola amigos.

La dudaCiertamente el art 2.7 de la ITC-19 dice que se instalarán dispositivos apropiados que permitan conectar y desconetar en carga en una sola maniobra; creo que el diferencial cumple esta función, verdad????
.



No, no la cumple. La definición que dá la ITC-BT-19 en el punto2.7 como elemento de corte dice ..."tiene que tener poder de corte y de cierre...suficiente". El diferencial no cubre ese concepto, no tiene poder de corte.

Saludos.
Avatar de Usuario
por
#322733
joshuaab3 escribió:
imanda escribió:Hola amigos.

La dudaCiertamente el art 2.7 de la ITC-19 dice que se instalarán dispositivos apropiados que permitan conectar y desconetar en carga en una sola maniobra; creo que el diferencial cumple esta función, verdad????
.



No, no la cumple. La definición que dá la ITC-BT-19 en el punto2.7 como elemento de corte dice ..."tiene que tener poder de corte y de cierre...suficiente". El diferencial no cubre ese concepto, no tiene poder de corte.

Saludos.

Si, si la cumple.
En secundarios, es suficiente con un Interruptor de corte en carga, (un seccionador no serviría).
Un diferencial, SI tiene capacidad de corte en carga, de hecho si no la tuviese como haría para interrumpir el circuito, en el caso de estar circulando la Intensidad nominal, por el, y se producirse una fuga ??

No confundas el poder de corte, con la capacidad de interrumpir en caso de cortocircuito.
por
#322734
Efectivamente, Creo que si tiene la capacidad de cortar en carga.

El poder de corte en kA es la intensidad provocada por un cortocircuito que es capaz de resistir sin quemarse.
por
#322756
Cueli escribió:
joshuaab3 escribió:
imanda escribió:Hola amigos.

La dudaCiertamente el art 2.7 de la ITC-19 dice que se instalarán dispositivos apropiados que permitan conectar y desconetar en carga en una sola maniobra; creo que el diferencial cumple esta función, verdad????
.



No, no la cumple. La definición que dá la ITC-BT-19 en el punto2.7 como elemento de corte dice ..."tiene que tener poder de corte y de cierre...suficiente". El diferencial no cubre ese concepto, no tiene poder de corte.

Saludos.

Si, si la cumple.
En secundarios, es suficiente con un Interruptor de corte en carga, (un seccionador no serviría).
Un diferencial, SI tiene capacidad de corte en carga, de hecho si no la tuviese como haría para interrumpir el circuito, en el caso de estar circulando la Intensidad nominal, por el, y se producirse una fuga ??

No confundas el poder de corte, con la capacidad de interrumpir en caso de cortocircuito.



Hola Cueli.

Efectivamente me había dejado llevar por la similitud de denominaciones....las horas que eran, y la falta de cafeina en mi cuerpo hicieron el resto. He mirado las UNE EN 61008 y 61009 (norma de ensayo de diferenciles), y definen un poder de cierre y de corte asignado, que consiste en alimentar el diferencial a una corriente igual a 10 x In, sin protección aguas arriba, el direrencial tiene que ser capaz de abrir o cerrar...y después funcionar en condiciones normales al finalizar el ensayo.
Es un dato que no aparece en los diferenciles sino en las hojas técnicas de los mismos......

Saludos.
j.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro