- 27 Jun 2011, 12:06
#273953
Rescatando este hilo...
Inicialmente teniamos la idea de instalar un depósito de gasóleo (600 litros) en una caseta adosada a la fachada principal de la nave, en la misma parcela de la nave, pero por un tema urbanístico, nos obligan a instalar el depósito enterrado o en el interior de la misma. Le es de aplicación la MI-IP 03.
Como solución, y para no tener que tomar medidas con la instalación eléctrica interior de la nave (desclasificación etc...) se habilitará un espacio totalmente cerrado en el interior siendo una de las paredes coincidente con la fachada de la nave, y en esta se abrirá un hueco que permita llevar a cabo las labores de carga y descarga de combustible. Es decir, solamente se tedrá acceso al depósito desde el exterior, y este quedará totalmente cerrado por el interior. Hasta tal punto que si es necesario la sustitución del depósito se deberá tirar uno de los cerramientos para poder sacarlo (no habrá puerta de ningún tipo, solo el hueco, como una ventanilla por el exterior). No se si me he explicado.
He mirado la MI IP 03, y tengo claro que debo disponer de cerramientos separadores con la nave de RF-120, y impermeabilizar el suelo y los cerramientos para formar una bandeja que pueda albergar el 10% del combustible, y poner los extintores que resulten necesarios... ahora bien, no encuentro nada referente a la accesibilidad al depósito, separaciones con cerramientos, ventilaciones mínimas etc...
¿Hay algo que se me escapa?
"Para el optimista, el vaso está medio lleno. Para el pesimista, el vaso está medio vacío. Para el ingeniero, el vaso es el doble de grande de lo que debería ser"