Deposito de gasoleo dentro de edificio (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#273953
Rescatando este hilo...

Inicialmente teniamos la idea de instalar un depósito de gasóleo (600 litros) en una caseta adosada a la fachada principal de la nave, en la misma parcela de la nave, pero por un tema urbanístico, nos obligan a instalar el depósito enterrado o en el interior de la misma. Le es de aplicación la MI-IP 03.

Como solución, y para no tener que tomar medidas con la instalación eléctrica interior de la nave (desclasificación etc...) se habilitará un espacio totalmente cerrado en el interior siendo una de las paredes coincidente con la fachada de la nave, y en esta se abrirá un hueco que permita llevar a cabo las labores de carga y descarga de combustible. Es decir, solamente se tedrá acceso al depósito desde el exterior, y este quedará totalmente cerrado por el interior. Hasta tal punto que si es necesario la sustitución del depósito se deberá tirar uno de los cerramientos para poder sacarlo (no habrá puerta de ningún tipo, solo el hueco, como una ventanilla por el exterior). No se si me he explicado.

He mirado la MI IP 03, y tengo claro que debo disponer de cerramientos separadores con la nave de RF-120, y impermeabilizar el suelo y los cerramientos para formar una bandeja que pueda albergar el 10% del combustible, y poner los extintores que resulten necesarios... ahora bien, no encuentro nada referente a la accesibilidad al depósito, separaciones con cerramientos, ventilaciones mínimas etc...

¿Hay algo que se me escapa?
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#274788
Buenos días Carlos, creo que las medidas a tomar son excesivas.

En primer lugar te confirmo que debe cumplir la IP03 siempre (salvo el proceso de registro).
Supongo que el deposito a instalar será de doble pared por lo que evitarás la impermeabilización del "cubeto" que tienes pensado hacer.

no veo muy lógico el encerrar un depósito aéreo, creo que eso no va con la filosofía de la norma. cualquier depósito aéreo tiene que tener acceso a verlo y tocarlo por los 4 lados, asi que creo que no deberías seguir a cabo con tu idea.

¿Estas seguro que necesitas 120 RF? si te fijas la distancia del depósito a un elemento caliente como una caldera es de 6,5 m. Si quieres reducirlo si que tendrás que meter los elementos de seguridad.

Respecto a la ventilación, los depósitos de menos de 1500 litros pueden ventear al interior de la nave si existen aberturas de 200cm2 al exterior. Si no es así bastará con extraer el venteo al exterior.

Ten en cuenta que en muchas naves existen tanques de hasta 50.000 litros con la única medida de protección contra impactos y venteo al exterior.

Espero que te sirva

Un saludo
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#274789
JORGE GONZÁLEZ escribió:Buenos días Carlos, creo que las medidas a tomar son excesivas.

En primer lugar te confirmo que debe cumplir la IP03 siempre (salvo el proceso de registro).
Supongo que el deposito a instalar será de doble pared por lo que evitarás la impermeabilización del "cubeto" que tienes pensado hacer.

no veo muy lógico el encerrar un depósito aéreo, creo que eso no va con la filosofía de la norma. cualquier depósito aéreo tiene que tener acceso a verlo y tocarlo por los 4 lados, asi que creo que no deberías seguir a cabo con tu idea.

¿Estas seguro que necesitas 120 RF? si te fijas la distancia del depósito a un elemento caliente como una caldera es de 6,5 m. Si quieres reducirlo si que tendrás que meter los elementos de seguridad.

Respecto a la ventilación, los depósitos de menos de 1500 litros pueden ventear al interior de la nave si existen aberturas de 200cm2 al exterior. Si no es así bastará con extraer el venteo al exterior.

Ten en cuenta que en muchas naves existen tanques de hasta 50.000 litros con la única medida de protección contra impactos y venteo al exterior.

Espero que te sirva

Un saludo


Si todo eso que me comentas, y que se refiere a la MI IP 03, ya lo tengo claro. Pero la idea que tengo va más bien por el tema de la instalación eléctrica y de cumplimiento del RSCIEI, debido a que el cliente no desea tomar más medidas (gastar mas dinero) si no es necesario. Y la única manera es cerrando el depósito en una sala sin acceso, salvo por una abertura de 1 m2 por el exterior. De ahí tambien lo de R-120 de la paredes, tratando de sectorizar esa sala para el depósito del resto de la nave...

El problema es ese, que no solo se aplica la MI IP-03 sino también el RSCIEI, CTE, REBT, Normativa de seguridad laboral...
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#274795
Pero todos esos reglamentos dependen de las clasificaciones que tu le des al tanque. Hace poco hemos modificado un proyecto de un tanque para desclasificar las zonas. La única zona que hemos dejado es la del venteo al exterior. En el interior nada más.

Un saludo
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#274798
JORGE GONZÁLEZ escribió:Pero todos esos reglamentos dependen de las clasificaciones que tu le des al tanque. Hace poco hemos modificado un proyecto de un tanque para desclasificar las zonas. La única zona que hemos dejado es la del venteo al exterior. En el interior nada más.

Un saludo


No entiendo muy bien lo que quieres decir... no obstante, la posible ubicación del depósito de gasóleo provocaría modificaciones importantes en la instalación eléctrica interior de la nave, aplicando la ITC BT-29 del REBT, y por tanto, requerirán de un aumento considerable de los caudales de ventilación para lograr desclasificar las zonas afectadas. Y que el tanque este situado en el interior aumenta también la carga de fuego de cálculo del riesgo intrínseco en el interior de la nave industrial...
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#274800
Cuando instales el depósito de gasóleo tienes que asignar unas zonas de atmósferas explosivas. Si colocas el venteo y la carga al exterior (Clase I Zonas 1 y 2), el Resto del Deposito y todo lo que esta en el interior no presenta ninguna zona de atmósfera explosiva (es un líquido con punto de inflamación de 55ºC). Por tanto la ITC BT-29 no te va a pedir más que lo que tengas ahora.

Tampoco vas a necesitar mayor ventilación ya que nuevamente te indico que el tanque no te va a incorporar ninguna atmósfera explosiva en el interior de la nave.

Otra cosa es la carga del fuego, ahi te doy toda la razón.

No obstante y resumiendo, no puedes dejar el tanque aislado. tiene que ser revisable ¿una pequeña puerta al exterior?

Un saludo
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#274804
JORGE GONZÁLEZ escribió:Cuando instales el depósito de gasóleo tienes que asignar unas zonas de atmósferas explosivas. Si colocas el venteo y la carga al exterior (Clase I Zonas 1 y 2), el Resto del Deposito y todo lo que esta en el interior no presenta ninguna zona de atmósfera explosiva (es un líquido con punto de inflamación de 55ºC). Por tanto la ITC BT-29 no te va a pedir más que lo que tengas ahora.

¿Ni aunque exista un punto de suministro interior? ¿Ni las tuberías ni conducciones que pueda haber en el interior para suministro de gásoleo? No es lo que yo entiendo leyendo la UNE EN 60079-10.

Tampoco vas a necesitar mayor ventilación ya que nuevamente te indico que el tanque no te va a incorporar ninguna atmósfera explosiva en el interior de la nave.

Repito, si no existiera ninguna tasa de escape en el interior de la nave, estaría de acuerdo. Pero si las va a haber...

Otra cosa es la carga del fuego, ahi te doy toda la razón.

No obstante y resumiendo, no puedes dejar el tanque aislado. tiene que ser revisable ¿una pequeña puerta al exterior?

Y revisable será, con una abertura exterior de 1m2, tal y como he señalado anteriormente en este hilo.

Un saludo
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