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#175922
Tengo un edificio de 4 viviendas y oficinas con planta baja, 1ª, 2ª 3ª, 4ª, ático y cubierta. El caso es que las viviendas solo están en las plantas 1ª, 2ª y 3ª, si queremos hacer una ICT solo para las viviendas: ¿podríamos usar un RITU?

Realmente las viviendas solo llegan hasta la tercera planta, solo habría que tirar cable por la vertical a través de la planta cuarta y el ático hasta llegar a cubierta, pero por otro lado, aunque no haya viviendas más allá de la 3ª planta, nuestro edificio tiene más de tres alturas, y según el reglamento "Para el caso de edificios o conjuntos inmobiliarios de hasta tres alturas y planta baja.. ..se establece la posibilidad de construir un único recinto de instalaciones de telecomunicaciones (RITU)"

¿Cómo haríais?
Última edición por j.molina el 30 Jul 2009, 19:58, editado 1 vez en total
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#175928
He consultado tu duda con un ingeniero. Me pregunta qué habría en las plantas 4ª, ático y bajo-cubierta. Esto me lo ha preguntado porque si las viviendas más los locales no superan los 10 PAUs y están entre las plantas baja a 3ª se podría poner un RITU, pero en caso de que en las plantas 4ª, ático y bajo-cubierta hubiera algún elemento que precisara de ICT sí que habría que instalar RITI+RITS.
Aquí lo que te limitaría sería eso, por lo que cuentas, si las viviendas y locales no superan la 3ª planta sí se podría poner RITU.
por
#175929
Aún entre viviendas y oficinas no superan las 10 PAU's

Muchas gracias.
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