Consultas sobre tecnologías, sistemas y medios de transmisión telemática y de comunicaciones
por
#31242
Hola a todos
Es genial tener un foro donde preguntar cosas sobre proyectos de telecomunicaciones, lo he estado leyendo y me he enterado de cosas muy interesantes, pero mi duda no la he visto por ningún lado.
A ver si alguien puede ayudarme.

En mi empresa se ha hecho un edificio chiquitito de 13 viviendas. Como es menor de 20 viviendas no lleva dirección de obra.
El arquitecto me pregunta qué certificado necesita para que se considere que el piso ya es habitable, algo rollo final de obra.

Me he descargado el documento del colegio sobre implantación de una ICT, y según he entendido, sólo es necesario para edificios de más de 20 viviendas o si tiene elementos activos en la red de distribución.
Qué opináis?

Siento el rollo que os he metido
Muchas gracias
Un saludo
por
#31276
hola, en tu caso, lo único que será necesario para legalizar la obra es un BOLETÍN (de fin de obra) de la instalación que deberá rellenar, firmar, y presentar en jefatura, la persona (instalador de telecomunicaciones) que la realice.

No confundas la dirección de obra con la certificación final de obra. Lo segundo es el certificado que debe emitir el ingeniero, en el que él certifica la instalación como correcta (o no correcta), y es obligatorio en los casos que tú comentas.

un saludo
por
#31445
Muchas gracias FH por aclararme mi duda

Un saludo
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