Aparatos, recipientes, etc. a presión, tratamiento y almacenamiento de aire comprimido, y plantas e instalaciones frigoríficas
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#190896
Hola amigos,

He estado leyendo el nuevo REP y me surgen dudas:

Preguntas:
1.-Está dividido en Capítulos del I al IV, luego hay Anexo I al IV y luego vienen las ITC´s.
Si tengo una caldera de agua caliente de uso industrial de 1.500.000 Kcal/h , ¿aplico los capitulos, el Anexo II o la ITC-EP1 de Calderas?

2.-Para el calculo de tuberías de Agua Caliente ¿Que aplico?

Gracias
por
#190955
ude escribió:Si tengo una caldera de agua caliente de uso industrial de 1.500.000 Kcal/h , ¿aplico los capitulos, el Anexo II o la ITC-EP1 de Calderas?
la ITC-EP1 de Calderas si el Pms*VT=>10000, en otro caso solamente aplicará el art. 10 y por tanto el Art. 9
2.-Para el calculo de tuberías de Agua Caliente ¿Que aplico?
El cálculo con un código de diseño. La categorización con la gráfica 9 del RD 769/1999.
Es decir, probablemente no tengan categoría
por
#190997
Gracias Mpa,

Pero estoy confundido Mi caldera trabaja como máximo a 5 bar y tiene un Volumen de agua de 1739 l
Esto es Pmax x V= 8.695 < 10.000

¿Quieres decir que no aplique la ITC-EP1?

A mi me parece una caldera bastante grande como para aplicar el articulo 10 y 9, que me parece que son bastante indefinidos. También te digo que es mi primer proyecto.

Saludos
por
#191010
ude escribió:¿Quieres decir que no aplique la ITC-EP1?
A mi me parece una caldera bastante grande como para aplicar el articulo 10 y 9, que me parece que son bastante indefinidos.

Parece bastante fuerte ¿verdad? Pero, si realmente es agua caliente (Tms < 110 ºC), eso es lo que hay (o por lo menos así lo interpreto).
La demanda como cualquier cálculo térmico es la diferencia entre la salida y la entrada.
Indicas el caudal y T salida. Con la Tª entrada, calor específico y rendimiento de la caldera, sabrás la demanda.
La potencia nominal ya la tienes. Consulta al fabricante si es la caldera adecuada para ese caudal y salto térmico.
por
#191298
¿Estamos hablando de una caldera o de un calentador de agua sanitaria?
¿El agua se calienta y luego se tira?

A raiz del hilo, informo que hoy se ha publicado la corrección de errores del RD 2060 y afecta al punto referente a calderas de agua caliente excluyendo las que la Pms<10 bar, lo cual es lógico ya que son de fluido líquido no peligroso y según el cuadro 4 del RD 769/1999 ni siquiera tendrían categoría.
por
#191400
Estamos hablando de una caldera que calienta agua y lo manda a un circuito que está conectado a unos intercambiadores de calor, después de pasar por esos intercambiadores regresa a la caldera.

Gracias de antemano y perdona por haber duplicado hilo.

Creía que era mejor para todos por que aún a ser del mismo proyecto es otro tema.
por
#191483
Interpreto pues en cuanto a calderas de agua caliente:

Calderas Domésticas (uso RITE) no procede aplicar REP.
Calderas Industriales P>=10 y/o PxV>=10. ITC EP1.
Calderas Industriales P<10 y/o PxV<10. Aplicaría Reglamento pero según clasificación de la 97/23 sería art.3.3 por lo que no aplicaría.

¿Correcto?
por
#191528
ude escribió:Estamos hablando de una caldera que calienta agua y lo manda a un circuito que está conectado a unos intercambiadores de calor, después de pasar por esos intercambiadores regresa a la caldera.
Entonces la temperatura del agua no será la de la Red de agua sino la del agua de retorno del intercambiador ¿O es a eso a lo que llamas "Agua de Red"?
ude escribió:Calderas Industriales P>=10 y/o PxV>=10. ITC EP1.

Calderas Industriales P>=10 y PxV>=10 ITC EP1
aunque en realidad debería ser:
Calderas Industriales P>10 y PxV>10 ITC EP1
ya que las líneas de la gráfica 4 son límites superiores. (Un error del RD)

Edito, que al final nos lían a todos.
Se excluyen si P<10 y PxV<10000
y debería ser P<=10 o PxV<=10000
Cualquier condición de las anteriores hace que las calderas no tengan categoría (salvo P>1000 que no se da el caso)
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