Tengo para el agua la ley 6/2006 sobre ahorro y conservacion een el consumo de agua de la region de murcia.
Para lo del gas tengo la orden del 17-12-85 por la que se aprueba la distribucion y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gases combustibles..., donde pone que necesito proyecto si la instalacion supera los 70 kw de potencia nominal simultanea o si la capacidad unitaria de las botellas supera 15kg siempre que la total (utilizada y almacenada) no supere los 350kg.
Para el vertido de detergentes tengo el decreto 16/99 sobre vertidos de aguas residuales industriales al alcantarillado. Sé que los vertidos no son prohibidos pero tengo dudas sobre si es necesario instalar una depuradora

. A parte tengo la Ordenanza municipal reguladora del servicio de alcantarillado de Cartagena donde vienen las concentraciones máximas de productos.
Necesito algo más? Gracias por contestar.