Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#47407
Muy buenas,

Tengo una duda :?: acerca de la necesidad, o no, de proyecto electrico. Me explico.

Se trata de un edificio de oficinas en una parcela, con sus jardines,... En la planta baja hay una pequeña cafeteria (75m2) para los trabajadores que se ha quedado pequeña y van a hacer una reforma que incluye coger parte del jardin (otros 75m2).

Normalmente, las cafeterias llevan proyecto de BT pero en este caso no se... ¿como lo veis vosotros?

Saludos, :saludo
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#47464
"pos de que sí" ...

Al ser una reforma de un local de pública concurrencia, que duplica su superficie (y, probablemente, su potencia), sí habrá que hacerlo.

En todo caso, y con los datos más cocretos que tú tendrás, comprueba en el REBT, CTE y demás, qué hay que hacer cuando hay reformas de locales clasificados ya existentes.
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#47468
Muchas gracias Juan.Antonio.

Si fuera la reforma de una cafeteria en un local de un edificio de viviendas lo tendria claro pero en este caso tengo mis dudas.

Imagina que la empresa AAA, SA tiene un edificio de oficinas para ellos solitos, con unos 200 trabajadores y una zona habilitada para cafeteria dentro del edificio donde solo acceden los trabajadores de la empresa.

Lo que se hace en este caso es ampliar la zona de cafeteria. El cuadro electrico de la cafeteria es un Cuadro Secundario. El Edificio tiene su trafo de abonado, un unico Cuadro General, Cuadros Secundarios por planta, un unico contrato en media,...

Por eso no lo tengo tan claro...

Saludos,
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#47518
Mira, una de las causas de que mucha gente "necesite" un proyecto es que, cuando va a contratar la luz, la compañía le pide el boletín, y para éste, en industria, le piden proyecto, y no les queda más remedio que "pasar por el aro".

Dicho de otra manera, cuando alguien tiene una actividad que ya funciona, de la que no va a necesitar ampliar potencia eléctrica (o ese aumento puede ser absorbido por el resto de la instalación), pues va, cambia lo que quiere, modifica lo que le apetece, y al día siguiente abre, porque tiene luz, y además, quizá nadie "con poder administrativo" se dé cuenta de que se han cambiado cosas.

Pero, ley en mano, tanto el REBT como el CTE como los demás reglamentos especifican claramente cuándo hay que hacer proyecto. Por ejemplo, según el REBT, si aumentas la potencia eléctrica más de un 50%. Ya digo que no sé cuáles son los datos concretos de tu caso, pero si quieres seguir la ley ... creo que no se podrá evitar el proyecto.

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