Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#33559
Desafortunadamente (¿o afortunadamente?), en la quedada se estuvo más al ocio que al negocio, y no se sacó demasiado en claro sobre las normas UNE. Hubo algún comentario bilateral sobre la cuestión, pero no se pudo llegar a plantear unas posturas concretas de manera global.

Probablemente, como proponía mineros unos mensajes más atrás, lo más indicado sería llamar directamente a AENOR y preguntarles sobre cómo debe proceder una empresa, asociación, etc. para la adquisición de las normas.

Mañana mismo haré lo posible por llamar. Si hay novedades, las expondré.
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#33567
claro claro....despues de las chuletillas llegaron las copichuelas y ya se perdió el norte.... :fumeta
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#33652
Antonio Alé escribió:Probablemente, como proponía mineros unos mensajes más atrás, lo más indicado sería llamar directamente a AENOR y preguntarles sobre cómo debe proceder una empresa, asociación, etc. para la adquisición de las normas.

Mañana mismo haré lo posible por llamar. Si hay novedades, las expondré.


No te olvides de preguntarles sobre cómo (que ya no se me escapan... que contigo hay que estar en todo) actuar para llevarles ante los tribunales por cobrar por normas de obligado cumplimiento y que deberían ser de público y gratuito conocimiento... de paso si hay norma UNE que indique sobre los procedimientos ante el tribunal, que te la incluyan en el CD. :partiendo2
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#33676
de paso si hay norma UNE que indique sobre los procedimientos ante el tribunal, que te la incluyan en el CD.

:partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo2 :partiendo :partiendo :partiendo
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#33710
:partiendo2 :partiendo2
Confirmo dos cosas
1: El éxito de la quedada no se debe a las discusiones sobre el futuro de la ingeniería, la normas de obligado cumplimiento, los proyectos, los honorarios.....
2: A la próxima me apunto :P
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#33779
He hablado con AENOR. Lo único que he podido sacar en limpio es que habría que tener, por parte de AENOR, la consideración de "proveedor". Para saber qué requisitos deben cumplirse de tal modo que se considere "proveedor" a alguien, sólo me indicaron que me pusiera en contacto con el departamento comercial a través de [email protected]
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#33796
Antonio Alé escribió:Para saber qué requisitos deben cumplirse de tal modo que se considere "proveedor" a alguien,


Ot..tia Toño, les hubieras preguntado si tienen legalizada la sede. Igual necesitaban el proyecto de actividad y si se lo podemos vender al mismo precio que las normas casi nos metemos entre los proveedores "top ten".

Has "estao" un poco espeso en esto. :lol:
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#181505
Contesto aqui lo que en otro hilo me han cerrado:

Pido perdon a quien corresponda porque he escrito en otro lado que parecia haber intereses ocultos en cerrar el hilo pero todo parece que es mi IGNORANCIA INFORMATICA:

eN RESUMIDAS CUENTAS: (me refiero solo a las de obligado cumplimiento, las otras es propiedad de una empresa y pone el precio que quiere)

cuando una ley o reglamento hace referencia a UNE xxx la norma UNE XXX debe ser publica, si no es asi la norma se puede tachar de inconstitucional( creo que con posibilidades de ganarlo). Respuesta de la defensa.- La norma es publica porque esta en el colegio y en las empresas gratis. Trabajo nuestro.- Convencer a los jueces de turno de que una publicidad limitada es igual a falta de publicidad.

El camino seria impugnar 10 ´0 15 reglamentos que citen la une y probar a ver que pasa no vas a impugnar 200 de golpe .Economicamente el asunto(yo no ejerzo ahora) calculo que estaria en torno a los 4000-5000 En el principio,, esto del precio no es muy seguro pero es un minimo pudiendo multiplicarse.


Mi opinion pewr5sonal es que os estan tomando el pelo a todos siguo en otro
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#181508
Me fundamento en que la propia administraccion muchas veces hace cosas mal a sabiendas(como por eje hacienda pedirte algo que no debe) entonces si tu protestas y escribes y te gastas dinero en abogados termina por darte la razon, pero como suele ser mas caro el abogado que lo que te pide al final se inflan a cobrar cosas indebidas a los poco asesorados o que no tienen ganas de guerra. Tal vez haya intereses ocultos por parte de colegios copn Aenor etc et c piensa mal y acertaras

No digo mas, me he cabreado y deprimido con tanto cierre de hilos. Lo siento saludos
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#181513
Sobre el cierre de hilos, hice una indicación tanto en viewtopic.php?f=6&t=22213&p=181373#p181373 como en viewtopic.php?f=6&t=22246&p=181499#p181499 para que se continuase en este hilo.

Sobre el fondo del asunto, y teniendo en cuenta que estoy a años luz de tu sapiencia legal, un recurso de inconstitucionalidad ante el TC sólo está legitimado para interponerlo determinadas personas y en un plazo determinado. A priori y de forma directa, no se cumplirían estos dos requisitos.

Otra vía podría ser presentar un recurso de amparo (también ante el TC), pero habría que definir correctamente qué derecho constitucional es el que queda violado.

Finalmente, otra opción sería impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo una disposición determinada, que podría ser nula de pleno derecho si lesiona algún derecho amparado constitucionalmente.

La última opción es la que parece la más acertada. Eso sí, ignoro si sobre este tema existe algun tipo de precedente (¿nunca antes a nadie se le ha ocurrido o nadie ha llevado a cabo ningún tipo de acción legal?)
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#181534
tuso escribió: No digo mas, me he cabreado y deprimido con tanto cierre de hilos. Lo siento saludos

Gracias tuso por tu tiempo y tus opiniones ne primer lugar.

Sobre le cierre , NO es tal cierre en el sentido de no permitir seguir hablando sobre el tema.. se trata de tener TODA la info en un mismo hilo.

Hago la nota , por queme da la sensación se ha producido un mal entendido..

Personalmente la materia me parece mas que interesante.

:saludo
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#181556
Si si todo lo que ha escrito A Alé podria ser asi, hay que estudiarlo afondo claro y eso lleva tiempo y dinero, pero bueno me ratifico en lo dicho a mi me da la sensación que a poco que se apretara se conseguiria algo, y me ratifico en la idea de que ellos mismos AENOR ministerio etc etc, saben que lo estan haciendo mal...pero el tiempo pasa y la pasta cae.

(no obstante no me gusta la via del contenciosos administrativo porque aumque ganes luego hay autenticos problemas en ejecutar la sentencias, se trata de atajar el problema de raiz y eso con el contencionso...no sé?) :brindis :brindis )
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#181566
tuso escribió:...se trata de atajar el problema de raiz y eso con el contencionso...no sé?) :brindis :brindis )

Cito el recurso contencioso-adiministrativo porque el recurso de inconstitucionalidad está legitimado para presentarlo el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 senadores, 50 diputados, los órganos colegiados ejecutivos de la CC.AA. y las asambleas legislativas de las mismas; o sea, que parece una opción menos "accesible". El recurso de amparo sí podría presentarlo, entre otros, cualquier persona física o jurídica que invoque interés legítimo, lo cual parece un tanto más factible.

En cualquier caso, efectivamente, habría que estudiar el tema detenidamente.
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#181777
Muy bien Alé, pareces muy, muy , puesto en temas juridícos . Pues tu que opinas del asunto? por que no llevas el asunto a tus colegas y os quitais ese incordio del medio :brindis :brindis :brindis
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#181778
Vuelvo a pedir disculpas por lo del cierre es que sencillamente no se muy bien como funciona la informatica :brindis :brindis

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