Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#202469
Buenos días,

Tengo que ponerme manos a la obra con un proyecto para la modificación y sustitución del alumbrado (luminarias) actual de un pequeño pueblo, por otro u otras luminarias. Quiero hacer un primer cálculo para determinar si colocando las nuevas luminarias en el mismo punto que las existentes se cumpliría lo especificado en el R.D 1890/2008 Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de Alumbrado Exterior.

Decir que como casi todos los pequeños pueblos tienen un importe total, debido a subvenciones y demás, del que no se pueden pasar. Y con ese importe tienen para cambiar x luminarias, por lo que es probable que no pueda reflejar el cálculo total de todas las calles del pueblo, y comentarles que empezaremos alumbrando aquellas que sean o tengan más importancia. Todo esto suponiendo que a lo mejor es probable que en calles donde tan solo exista una única luminaria, ahora sean necesarias dos o tres para poder cumplir este nuevo reglamento.

Mi duda es la siguiente:

A la hora de redactar el proyecto, ¿reflejáis en los planos únicamente las calles afectadas? es decir, ¿aquellas en las que se efectúa la sustitución del alumbrado existente por el nuevo?

¿Como obtenéis o importáis los planos para realizar los cálculos? Lo digo porque en este caso, en el ayuntamiento de turno lo único que me han dado es un croquis o plano del pueblo, sin reflejar escala ni cotas, pero la cual es tan pequeña que no se puede trabajar con él. En este caso, ¿Creéis que sería conveniente dibujar y reflejar una a una y en diferentes planos, las calles afectadas por el nuevo alumbrado?

Como veis las dudas que me surgen, son principalmente de como darle forma y representación gráfica al proyecto. Ya que es el primero de este tipo (alumbrado de pueblos) que voy a realizar.

Agradecería alguna respuesta rápida ya que no tengo mucho tiempo que perder!!

Gracias de antemano!!!!
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#202499
1- El ayuntamiento tiene un arquitecto municipal que seguro tiene los planos, aunque no sea en formato digital
2- Si la opción 1 falla siempre tienes los planos del catastro y con mucha paciencia pasarlos a autocar.

Nosotros justificamos en proyecto la parte modificada, pero todo lo que eléctricamente "cuelgue" de los cuadros justificados se refleja y, todas las calles que tiene luminarias nuevas se refleja aunque no justifica.
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#202524
Valles escribió:1- El ayuntamiento tiene un arquitecto municipal que seguro tiene los planos, aunque no sea en formato digital
2- Si la opción 1 falla siempre tienes los planos del catastro y con mucha paciencia pasarlos a autocar.

Nosotros justificamos en proyecto la parte modificada, pero todo lo que eléctricamente "cuelgue" de los cuadros justificados se refleja y, todas las calles que tiene luminarias nuevas se refleja aunque no justifica.



Buenas tardes Valles, puesto que me da la impresión de que conoces bien el tema y sabes de lo que te hablo te comento:

1. En primer lugar es un pueblo de 200 habitantes. No tienen arquitecto municipal ni nada. Tan solo el alcalde que es un señor mayor del pueblo. Y este no sabe no contesta, y por otra parte la secretaria municipal que me dio un croquis en formato papel con anotaciones y demás.
2. Supongo que el plano anterior que me dio, sea del catastro pero no se indica la escala ni nada, la tendré que sacar yo, y dibujar las zonas done actúe como bien pueda.

Esta tarde he estado en el pueblo con el alcalde y el electricista. Al pueble se le ha concedido una subvención de unos 31.000 €, para modificar el alumbrado actual (Vapor de mercurio), ellos han considerado sustituir la luminaria actual por otra nueva con lampara de vapor de sodio de 100 W y en la misma posición que la existente (colocadas sobre fachadas de casas o apoyos de hormigón). El pueblo tiene muchas callejuelas irregulares, unas casas más altas, otras más bajas, etc. L

¿No sería mejor reflejar simplemente en un documento el cambio o modificación que se quiere realizar sin cálculos ninguno?

Lo anterior lo comento porque si fuera tan simple como decir que quieren alumbrar un par de calles con luminarias nuevas, pues realizas cálculos, distancias, uniformidades y demás. Pero al sustituir unas por otras en las posiciones actuales, yo puedo justificar e indicar que la nueva luminaria que se coloca es más eficiente, etc, etc, pero no indicar que se cumplan todas las condiciones que indica el actual reglamento.

Además no se pretende tocar ni cambiar cableado. Simplemente donde hay una luminaria antigua, colocar una nueva.

La verdad es que no se como plantearlo para hacer lo que se quiere en este caso, sin yo hacer nada irregular.


Un saludo, y muchas gracias por tu ayuda. Espero que me indiques o aconsejes si ya has actuado en alguna cosa rara o un poco abstracta, o cuando menos no tan clara como el querer hacer un nuevo alumbrado (electricidad e iluminación) de tal calle o tal avenida de una ciudad y punto.
:cabezazo :cabezazo :ein :ein
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#202733
Valles escribió:1- El ayuntamiento tiene un arquitecto municipal que seguro tiene los planos, aunque no sea en formato digital
2- Si la opción 1 falla siempre tienes los planos del catastro y con mucha paciencia pasarlos a autocar.

Nosotros justificamos en proyecto la parte modificada, pero todo lo que eléctricamente "cuelgue" de los cuadros justificados se refleja y, todas las calles que tiene luminarias nuevas se refleja aunque no justifica.



Buenos días Valles,

Puesto que veo que ya estás caído en este tipo de encargos o situaciones, tal y comenté en la respuesta realizada el pasado viernes, quería preguntarte lo que opinas o te parece al respecto de como he planteado este tema:

1. El pasado viernes, estuve hablando con el Alcalde y la Secretaria del pueblo en cuestión, y les he comentado que la única manera de hacer las cosas bien teniendo en cuenta el importe que pueden gastarse, es alumbrar calle por calle (completas) hasta que lo que de el dinero. Es decir que si con el total del importe se pueden alumbrar 4 o 5 calles y además modificar o cambiar el cuadro de alumbrado si fuera necesario, pues eso es lo que se realizaría y reflejaría en el proyecto.

2. Actualmente el alumbrado del pueblo está dividido en tres circuitos que parten respectivamente de tres cuadros independientes. Esta me imagino que es la maña que se utilizaba en muchos de estos pueblos para no realizar proyecto. Y según mi manera de ver, están totalmente confundidos, ya que al final es mas costoso, menos rentable. Aunque lo que no se, me temo que no, si en el S.T. de industria al que pertenece la instalación tiene contemplada dicha instalación tal y como existe actualmente.

3. Por último, y te agradecería que me corrigieras o aconsejaras en este punto si me equivoco, lo que haré será lo siguiente:
3.1 En el proyecto de Alumbrado exterior para el casco urbano de varias calles del pueblo, que se realizará con la subvención del Fondo Estatal de Empleo (Subvención de Zapatero), reflejaré los cálculos de iluminación y ahorro energético que se requieren según el nuevo reglamento, de cuantas calles sea posible (según dinero de que se dispone).
3.2 En este mismo proyecto se reflejará la línea o conductor eléctrico según REBT, que se vea afectado por el cálculo y/o cambio de iluminación. Así como el cuadro de alumbrado afectado por el alumbrado. Si el conductor no fuera necesario sustituirlo o modificarlo no solo se reflejará sino que se justificaría o calcularía. De la misma manera procedería con el cuadro de alumbrado.

Según lo que he indicado:
a) Del resto del alumbrado ya existente y sobre el cual no se actúa, ¿no tengo porque hacer constar, ni ver que esté bien o mal, no??
b) En el caso de inspección de una O.C.A después de realizar el cambio de iluminación que he comentado y que se reflejará en el proyecto, solo revisará lo que afecte al proyecto y no el resto de alumbrado del pueblo, ¿no?

Espero haberme explicado bien, y que me puedas dar un consejo para actuar en este tipo de proyecto y situación.

Un saludo!!!!!
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#202736
edugdc escribió:Según lo que he indicado:
a) Del resto del alumbrado ya existente y sobre el cual no se actúa, ¿no tengo porque hacer constar, ni ver que esté bien o mal, no??
b) En el caso de inspección de una O.C.A después de realizar el cambio de iluminación que he comentado y que se reflejará en el proyecto, solo revisará lo que afecte al proyecto y no el resto de alumbrado del pueblo, ¿no?

Espero haberme explicado bien, y que me puedas dar un consejo para actuar en este tipo de proyecto y situación.

Un saludo!!!!!


Te has explicado correctamente y tienes razón. Con el plan E nosotros tenemos varios municipios que están actuando igual que el de tu caso.
por
#202740
Valles escribió:Te has explicado correctamente y tienes razón. Con el plan E nosotros tenemos varios municipios que están actuando igual que el de tu caso.


Antes de nada, gracias por tu rápida respuesta!!!!!!

En lo que me comentas de que me e explicado correctamente y que tengo razón, quieres decir que es la manera de actuar y lo que debo de hacer en esta situación, no?? Ya sabes lo que pretendo es hacer las cosas lo mejor posible, y no meterme en marrones.

En cuanto a lo de que vosotros también tenéis varios municipios que están actuando igual que el de mi caso, te refieres a que en un primer lugar intentan llevarte a su terreno y modificar sin más todas y cada una de las luminarias viejas por nuevas en la misma ubicación que ocupan en la actualidad, y que además les hagas el proyecto y dirección de obra de eso, ¿no?.

Me imagino que al final, vosotros habréis realizado algo similar a lo que yo he indicado, ¿no?

La verdad es que en esta materia, y no solo en los pueblos sino también en las ciudades, se ve cada cosa y cada caso...... Cuadros puenteados, térmicos que no funcionan y acuñados con lo primero que pillan para que no salten, etc


GRACIAS
por
#203020
Valles escribió:
Te has explicado correctamente y tienes razón. Con el plan E nosotros tenemos varios municipios que están actuando igual que el de tu caso.


Buenas tardes Valles,

Quería preguntarte, como estáis actuando vosotros ante estos casos. En principio en mi caso quieren que el proyecto se lo entregue a ellos, al Ayuntamiento. Es decir que yo no lleve ni tramite nada ante industria. Y en lo que se refiere a la dirección de obra, no me hablan de un certificado de dirección de obra como tal. Sino que se refiere la Secretaria siempre a una certificación final donde se justifique el importe ejecutado y gastado. Aunque a mi a priori, esto me parece una dirección final de obra en la que se refleje el importe gastado para el tema subvención.

La verdad es que me tienen un poco loco o cansado con este tema..... :cabezazo :cabezazo :cabezazo :usuario

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