Upolu escribió:Eso de que el colegio "asume"
que si se hace el proyecto se hará la dirección de obra ¡es para nota! es lo que se llama "contrato estilo compadre"....¡¡¡por el amor de Dios!!! Se ejecuta lo que está escrito en el contrato/hoja de encargo.
No se si es de nota o no.. no voy a polemizar.. me he limitado a decir cual es el protocolo que utiliza, o la pauta que sigue... o lo que hace...
Si yo presento un proyecto a visar, y simultáneamente, presento esta hoja, firmada..
certificado_CDO_obras.doc
y por supuesto ADJUNTANDO una hoja de encargo o similar del proyecto.., NO le visan la DO a ningún otro técnico, sin mi renuncia explica con este otro formulario..
certificado_renuncia_DO.doc
Upolu escribió:Es que si el cliente contrató B entonces hay que hacer la DO por narices a menos que se revoque el contrato. Y pñor lo tanmto otro ingeniero no puede hacer la DO ya que existe un contrato con el anterior ingeniero.
Por cierto.. estas mezclando churras con merinas... que tiene que ver las relaciones contractuales, dentro del ámbito civil.. con lo que el colegio haga la hora de dar los visados...
... y en ultimo extremo, el contrato eu tenga la propiedad con el ingeniero anterior, es un problema de ellos dos.. en absoluto atañe ahora al que llega.. ( valles en este caso)....
El cliente sabrá lo que hacer con lo que haya contratado previamente, y si no para eso tiene la primera instancia... si a mi me pide que le de la DO, como recién llegado al asunto.. solo me atañe el aspecto técnico, para saber en que condiciones se ha ejecutado eso.. , el aspecto económico y el protocolo con el colegio, para saber si podré visar...
Otro tema seria el de buenos modos hacia un compañero.. pero eso en cada caso se verá.. y en el que nos atañe... me temo no lo deba muchos favores, como para pedirle el permiso..
Saludos.