Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
por
#81524
La ORDEN ITC/1077/2006, de 6 de abril es la que exige la redacción y presentación del Acta de Replanteo y no indica en ningún momento que este deba ir visado. Simplemente debe ir firmado entre el promotor y un ingeniero o ingeniero técnico de telemunicación.

Ahora bien, es cierto que hay ciertas Jefaturas que lo exigen visado, pero no todas.

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