Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#28325
Sí, el de ACS o Calefacción, según proceda.
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#29871
las instalaciones ACS mediante energia solar deben legalizarse unicamente en el Ayuntamiento del emplazamiento , en Industria no es necesario de momento ; yo llevo proyectadas unas 6-7 y solo legalizo en el Ayuntamiento .
Saludos :D
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#29881
Pues yo en industria.
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#30093
No hay que olvidar que las instalaciones solares térmicas están dentro del ámbito de aplicación del RITE (ITE 10). En cuanto a trámite, el RITE vigente no es muy claro al respecto, ya que no las tiene en cuenta a la hora de determinar si llevan memoria del instalador o proyecto, por lo que generalmente se asocia a la instalación de energía convencional, siendo la potencia de ésta última la que marca la pauta. El nuevo RITE que entrará en vigor en marzo ya lo regula con mayor claridad.

Con el actual, habrá que atenerse al criterio de la Consejería de Industria correspondiente, pienso yo, independientemente de las competencias que puedan tener los Ayuntamientos.
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