- 05 Ene 2018, 15:17
#362439
Pues sí; no les aplicable esa norma, ni la consideración como sala de máquinas según el RITE, :
IT 1.3.4.1.2. Salas de máquinas
IT 1.3.4.1.2.1. Ámbito de aplicación
2. No tienen consideración de sala de máquinas los locales en los que se sitúen generadores de calor con potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o los....
... pero Sí le es aplicable el RITE (el resto) por lo que debes documentarla con memoria técnica.. ; es decir, es instalación térmica, pero NO es, o no hay en ella local con la consideración de "Sala de Maquinas"
Artículo 2. Ámbito de aplicación (RITE)
A efectos de la aplicación del RITE se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.
Por lo tanto, es "casi" igual que una instalación de >70, SALVO los requerimientos específicos de la IT 1.3.4.1.2 ; se consciente que ahs de cumplir todos los demás requerimientos del RITE, referentes a seguridad, eficiencia, etc, tec.. ; y en lo referente a documentación, NO requiere proyecto, pero si memoria técnica.
Artículo 15. Documentación técnica de diseño y dimensionado de las instalaciones térmicas
b.) cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW, el proyecto podrá ser sustituido por una memoria técnica; Ver Artículo 17. Memoria técnica, para contenido mínimo.
La vergüenza de confesar el primer error, te hace cometer muchos otros. (Jean de la Fontaine)
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La amargura de mala calidad permanece mucho tiempo después se olvida la dulzura de bajo precio (sacado de FSA)