Ley Ómnibus, reforma Colegios y Ley Servicios Profesionales (Valoración de 4.86 sobre 5, resultante de 7 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#332739
Solo falta esperar para ver que modelo se alcanza, el de liberalización total (incluyendo ciencias), el de la liberalización total de las ingenierías (horizontalización plena) o el de liberalización estableciendo restricciones con 2, 3 o 4 grupos (1. agronómico-forestales, 2. electrico-electrónicos-automática y 3. mecánicos-estructurales,...y los másteres o grados exigibles para acceder a los otros grupos), todo acorde con lo establecido por la Directiva de liberalización de servicios de 2006, transpuesta con la Ley estatal 17/2009.

Por poner fechas al asunto de la literalmente denominada retrasadísima ley de servicios profesionales, tras el enésimo retraso e incumplimiento a las recomendaciones de la UE (Junio 2013- Los Veintisiete demandan que se apruebe y aplique «urgentemente» el proyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado y que haga antes de fin de año lo propio con la Ley de Colegios y Servicios Profesionales). Estándose hoy en día unicamente a espensas de informe del Consejo de Estado para llevar el anteproyecto para su aprobación (y todos los lobbies en contra), lo lógico es que si las europeas son en Mayo, y si tenemos en cuenta que la Troika tiene previsto darse una vuelta para controlar nuestro sistema tributario en Febrero, parecería recomendable que la ley se aprobara antes de viniera la Troika, aunque saltarnos los compromisos no nos cause ningún problema por lo visto.

Posteriormente lo de los 3 meses del grupo de trabajo de la ingeniería y la edificación, bien podrían ser más meses, no parecería descabellado pensar que se dilatara.

Digamos que en Enero se aprueba la Ley :jijiji y que tras las europeas en Mayo, digamos que en Junio, se decide lo de ingenieros :lol Vamos, que hasta veranito por aquí seguiremos elucubrando :hi2
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#332741
de todas formas custom, de acuerdo, pero algo: lo de esos tres grupos que comentas no lo veo muy lógico, ya que estaríamos en las mismas, un agrónomo si proyecta estrcuturas para su fábrica de transformación agroalimentaria, qué sentido tiene el grupo de mecánica estructuras, y visceversa. Yo creo que la liberalización horizontal casi total es la única manera de eliminar trabas administrativas y cumplir la ley de 2009 y del sentido común de los conocimientos de los ingenieros,
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#332743
jcg43 escribió:de todas formas custom, de acuerdo, pero algo: lo de esos tres grupos que comentas no lo veo muy lógico, ya que estaríamos en las mismas, un agrónomo si proyecta estrcuturas para su fábrica de transformación agroalimentaria, qué sentido tiene el grupo de mecánica estructuras, y visceversa. Yo creo que la liberalización horizontal casi total es la única manera de eliminar trabas administrativas y cumplir la ley de 2009 y del sentido común de los conocimientos de los ingenieros,


No, no, solo ha sido una forma de expresarlo: meto en estructuras en el grupo donde hay especialistas en mecánica por llamarlo de alguna manera y meto por ejemplo diseños navales avanzados, cálculos de resistencias aeronaúticas, especialistas en estructuras curvas de hormigón armado,..., es una forma de expresar grandes grupos, porque evidentemente una nave agrícola o forestal la podrán seguir firmando un forestal o un agrónomo. En definitiva, lo que creo que plantea la opción más restictiva (la que se apuntaba en cierta medida en el powerpoint) es a que todos harán de todo salvo una serie de temas especializados que podrían quedar restringidos a uno de esos grupos, porque ese conocimiento del cálculo resistente del ala de una avioneta no sea una competencia que posea un agrónomo, que si tiene en cambio competencia para construir naves evidentemente.

Lo que ocurre es que no veo claro que se puedan establecer límites específicos en un universo cambiante. Me explico: si reservo a un ingeniero de telecomunicaciones el diseño y construcción de un repetidor de antena multisatélite por ser algo muy específico que ha estudiado frente a otros ingenieros que no lo han hecho, en el momento en que se estandarice otro tipo de antena, esa nueva antena ya no podría firmarla ese ingeniero teleco porque sus conocimientos no alcanzan a lo nuevo, razón por la que el movimiento constante de los materiales, sistemas tecnológicos e informáticos no permiten el establecer unos conocimentos rígidos, porque esos conocimientos se mueven, no se pueden explicitar, son conocimientos cambiantes, y de que manera...

Por eso, creo que será muy difícil establecer límites concretos y rígidos dentro de las diferentes ingenierías sin tener que ir ajustando con una nueva ley u orden ministerial año tras año quién puede hacer el qué.

El hecho de que un ingeniero pueda calcularse la estructura y las instalaciones de una nave de 2x2 km2, y que en cambio no pueda calcularse un chalecito de 50 m2 de una planta en muro de un pie de fábrica de ladrillo, y que dicha restricción obedece solo al lugar físico donde ocurre el proyecto y no a los conocimientos requeribles, da que pensar.

El hecho de que un naval se pueda calcular una instalación de un barco de gran tonelaje y que por el contrario no pueda firmar una ICT de un edificio, chasca.

En definitiva, y ya no me enrollo más, parece que la liberalización horizontal de la ingeniería es conveniente porque si no va a ser muy difícil establecer que es "concurrencia competencial" y que no, va a ser complicadísimo establecer los límites y, una vez establecidos, habrán de ir renovándose paulatinamente en base a los cambios tecnológicos que vayan surgiendo. Se me ocurre además que esos límites tienen que contar con las nuevas titulaciones a raiz de Bolonia, y el desaguisado va a ser monumental.

Como ya he dicho, cualquier decisión que se tome será liberalizadora, porque la directiva de servicios nos ampara.
por
#332746
ah vale, ya entiendo la idea que mencionabas,
ok a ello, sólo a aspectos muy especializados y de seguridad objetiva esas restricciones, el resto liberalizado en la ingeniería,
una cosita, los colegios mientras les dejen sus privilegios, este tema no creo les importe mucho en esos tres meses de comisión, por lo que cuando se apruebe, antes de fin enero 2014, ya casi descorchamos el cava,
por cierto, sólo queda saber si vamos a proyectar grupo a) edificación,
por
#332748
jcg43 escribió:ah vale, ya entiendo la idea que mencionabas,
ok a ello, sólo a aspectos muy especializados y de seguridad objetiva esas restricciones, el resto liberalizado en la ingeniería,
una cosita, los colegios mientras les dejen sus privilegios, este tema no creo les importe mucho en esos tres meses de comisión, por lo que cuando se apruebe, antes de fin enero 2014, ya casi descorchamos el cava,
por cierto, sólo queda saber si vamos a proyectar grupo a) edificación,


Pero es que aunque quieran reducirlo a esos aspectos superespecializados, es dificilísimo el establecer los límites de lo "qué es concurrencia competencial o no lo es", es que un naval tambien sabe de mecánica de fluidos, y un caminero tambien sabe de hidraúlica, y un agrícola tambien,...

Veo muy difícil dejar reservas horizontales para determinadas ingenierías. Y por supuesto, imposible dejar reservas verticales, tal y como se ha ido pronunciando la jurisprudencia al respecto.

No obstante, son caapaces de dejar 3 grandes grupos para temas muy específicos y el resto abierto a todos, vete tú a saber :pausa
por
#332757
De todas formas la ley saldrá mas pronto que tarde ya que, a Montoro se le ha ido otra vez el déficit por peteneras.
Otro año mas que no se cumple, la CE esto no lo perdona.Tendrán que seguir con reformas y mas duras de las que
el Gobierno quisiera. Es la falta de coraje lo que estamos pagando.

un saludo a todos. :hi2 :hi2
por
#332759
custom escribió:
jcg43 escribió:ah vale, ya entiendo la idea que mencionabas,
ok a ello, sólo a aspectos muy especializados y de seguridad objetiva esas restricciones, el resto liberalizado en la ingeniería,
una cosita, los colegios mientras les dejen sus privilegios, este tema no creo les importe mucho en esos tres meses de comisión, por lo que cuando se apruebe, antes de fin enero 2014, ya casi descorchamos el cava,
por cierto, sólo queda saber si vamos a proyectar grupo a) edificación,


Pero es que aunque quieran reducirlo a esos aspectos superespecializados, es dificilísimo el establecer los límites de lo "qué es concurrencia competencial o no lo es", es que un naval tambien sabe de mecánica de fluidos, y un caminero tambien sabe de hidraúlica, y un agrícola tambien,...

Veo muy difícil dejar reservas horizontales para determinadas ingenierías. Y por supuesto, imposible dejar reservas verticales, tal y como se ha ido pronunciando la jurisprudencia al respecto.
o
No obstante, son caapaces de dejar 3 grandes grupos para temas muy específicos y el resto abierto a todos, vete tú a saber :pausa



custom no sabía lo de las jurisprudencias con respecto a la liberalización vertical
, y de acuerdo con lo casi total a la horizontalidad, ya que la técnología va cambiando y otra, los derechos de algunas ingenierías datan casi de 1935, y antes y eso no te lo pueden sacar,
por
#332761
jcg43 escribió:custom no sabía lo de las jurisprudencias con respecto a la liberalización vertical
, y de acuerdo con lo casi total a la horizontalidad, ya que la técnología va cambiando y otra, los derechos de algunas ingenierías datan casi de 1935, y antes y eso no te lo pueden sacar,


Literalmente, en la sentencia del supremo STS 6901/2010, la que les da a los telecos competencias en REBT.
Debe considerarse ya resuelta a la vista de nuestras decisiones jurisprudenciales la cuestión relativa al planteamiento por así decirlo vertical del problema de las competencias de los Ingenieros Superiores y los Ingenieros Técnicos, siendo claro que corresponde a los primeros la elaboración y suscripción de proyectos, pero que por lo demás los Ingenieros Técnicos están capacitados para el más amplio ejercicio profesional a tenor precisamente de la normativa que se contiene en el articulo 1º de la Ley de Atribuciones

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=5814665&links=competencia%20de%20los%20Ingenieros%20T%E9cnicos%20de%20Telecomunicaci%F3n&optimize=20110113&publicinterface=true

Salvo que haya ley explicita al respecto, como la LOE por ejemplo, la verticalidad ya está bastante consolidada. Ahora bien, siempre que tengas competencias en la materia y tengas ganas de irte al Contencioso a la pelea...

gibarian9 escribió:De todas formas la ley saldrá mas pronto que tarde ya que, a Montoro se le ha ido otra vez el déficit por peteneras.
Otro año mas que no se cumple, la CE esto no lo perdona.Tendrán que seguir con reformas y mas duras de las que
el Gobierno quisiera. Es la falta de coraje lo que estamos pagando.

un saludo a todos. :hi2 :hi2

Dices bien, más razones para que nos aprieten. Saludos
por
#332762
Ello es lo que sucede
en el caso de autos, en el que no se excluye a los titulados superiores y medios especialistas en temas
forestales, pero se admite que puedan concurrir además otros profesionales.
está hablando de los de teleco y toca tema forestalesss,....???, interpreto que un ing tco naval puede hacer un camino forestal???

por otra parte, correspnde a los ing, teleco la redacción de proyectos baja t, y a los ing. tcos a todo lo demás según artículo 1, qué significa?,...
por
#332763
jcg43 escribió:Ello es lo que sucede
en el caso de autos, en el que no se excluye a los titulados superiores y medios especialistas en temas
forestales, pero se admite que puedan concurrir además otros profesionales.
está hablando de los de teleco y toca tema forestalesss,....???, interpreto que un ing tco naval puede hacer un camino forestal???

por otra parte, correspnde a los ing, teleco la redacción de proyectos baja t, y a los ing. tcos a todo lo demás según artículo 1, qué significa?,...


No, la sentencia hace alusión a otros casos judiciales en los que el ingeniero correspondiente tenía competencias y se las dieron a pesar de que fuera de un tipo o de otro tipo. Lo importante es el párrafo al que he hecho alusión.

Y salvo que un ingeniero tenga reconocidad por ley LA EXCLUSIVIDAD en una competencia, hay concurrencia competitiva, y cualquiera, ingeniero técnico o Ingeniero que tenga competencias en la materia puede ejercer de lo fuere, sin diiscusión, en el ámbito de la ingeniería logicamente.

Lo que ocurre normalmente es que el Ingeniero tiene competencias en varias de las especialidades de los IT. Ejemplo: I industrial tiene competencias en electricidad, y por tanto atribuciones en electricidad, al igual que el ingeniero técnico electrico. Pero es que además ese mismo II tiene competencias en estructuras y por tanto las atribuciones que tambien ostenta el ingeniero técnico mecánico. Un ejemplo: en instalaciones de telecomunicaciones un II puede, un IT mecánico no tiene atribuciones.
por
#332764
custom has escrito esto:
Y salvo que un ingeniero tenga reconocidad por ley LA EXCLUSIVIDAD en una competencia, hay concurrencia competitiva, y cualquiera, ingeniero técnico o Ingeniero que tenga competencias en la materia puede ejercer de lo fuere, sin diiscusión, en el ámbito de la ingeniería logicamente.

Lo que ocurre normalmente es que el Ingeniero tiene competencias en varias de las especialidades de los IT. Ejemplo: I industrial tiene competencias en electricidad, y por tanto atribuciones en electricidad, al igual que el ingeniero técnico electrico. Pero es que además ese mismo II tiene competencias en estructuras y por tanto las atribuciones que tambien ostenta el ingeniero técnico mecánico. Un ejemplo: en instalaciones de telecomunicaciones un II puede, un IT mecánico no tiene atribuciones.

según interpreto yo de la ley del 2009, en ICT telecomunicaciones, no hay exclusividad, y según esta ley y los conocimientos suficientes comunes, y jurisprudencias de concurrencia...los ing t. industriales, los ing, industriales, los agrónomos, minas,.....TODOS podemos hacer ICT,
por
#332765
jcg43 escribió:custom has escrito esto:
Y salvo que un ingeniero tenga reconocidad por ley LA EXCLUSIVIDAD en una competencia, hay concurrencia competitiva, y cualquiera, ingeniero técnico o Ingeniero que tenga competencias en la materia puede ejercer de lo fuere, sin diiscusión, en el ámbito de la ingeniería logicamente.

Lo que ocurre normalmente es que el Ingeniero tiene competencias en varias de las especialidades de los IT. Ejemplo: I industrial tiene competencias en electricidad, y por tanto atribuciones en electricidad, al igual que el ingeniero técnico electrico. Pero es que además ese mismo II tiene competencias en estructuras y por tanto las atribuciones que tambien ostenta el ingeniero técnico mecánico. Un ejemplo: en instalaciones de telecomunicaciones un II puede, un IT mecánico no tiene atribuciones.

según interpreto yo de la ley del 2009, en ICT telecomunicaciones, no hay exclusividad, y según esta ley y los conocimientos suficientes comunes, y jurisprudencias de concurrencia...los ing t. industriales, los ing, industriales, los agrónomos, minas,.....TODOS podemos hacer ICT,


Siempre y cuando hayas cursado algo de ICT (Como Ingeniero, IT, Grado I o Master I). Fíjate como afina el Ministerio de Industria interpretando la sentencia.

Competentes para ICT:


Ingeniero de Telecomunicación
Ingeniero Técnico de Telecomunicación
Ingeniero Industrial
Ingeniero Técnico Industrial en Electricidad
Ingeniero Técnico Industrial en Electrónica Industrial
Cualquier otra titulación no se considerará válida, en principio, salvo que se acrediten conocimientos suficientes del firmante para proyectar infraestructuras comunes de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones. A tal efecto se solicitará el plan de estudios de la carrera universitaria cursada y la normativa reguladora de la titulación, que avalen dichos conocimientos.

http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/Infraestructuras/Paginas/Index.aspx
por
#332771
PERO custom, en esto último que comentas, no se está cumpliendo la leu 2009, ni lo de los conocimientos suficientes que tiene un ingeniero y básicos, y tampoco lo que supuestamente la lsp eliminaría las barreras horizontales,
eliminiar barreras horizontales y aplicar la ley de 2009, es justificar que una ICT hay razones importantísimas, y muy restrictivas, de seguridad y no recuerdo qué otro término utiliza lay 2009 y el grupo de estudio de 3 meses de la lsp.........entonces los que citas del ministerio reduciendo las ICT a esas titulaciones sería volver al famoso punto de partida,
por
#332774
jcg43 escribió:PERO custom, en esto último que comentas, no se está cumpliendo la leu 2009, ni lo de los conocimientos suficientes que tiene un ingeniero y básicos, y tampoco lo que supuestamente la lsp eliminaría las barreras horizontales,
eliminiar barreras horizontales y aplicar la ley de 2009, es justificar que una ICT hay razones importantísimas, y muy restrictivas, de seguridad y no recuerdo qué otro término utiliza lay 2009 y el grupo de estudio de 3 meses de la lsp.........entonces los que citas del ministerio reduciendo las ICT a esas titulaciones sería volver al famoso punto de partida,


Lo que dice la ley 2009 es que para que un ingeniero, como es el caso, no pueda firmar un ICT, la administración debería hacer un memorandum explicando que competencias son tan importantes como para que sean solo determinados los elegidos. Y efectivamente, no se cumple. Simplemente se interpreta la sentencia de ICT y ya está, el resto que traigan su plan de estudios debajo de brazo y ya veremos si les concedemos la venia...

Otro ejemplo soreprendente: Mira los perfiles de los 43 profesionales que pueden ser instaladores de ICT y luego ya comentamos. Es un cachondeo absoluto, incumpliendo L17/2009 por todos los lados

http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/infraestructuras/registroinstaladores/paginas/documentacion.aspx
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#332775
eso mismo lo que decía yo, custom: Lo que dice la ley 2009 es que para que un ingeniero, como es el caso, no pueda firmar un ICT, la administración debería hacer un memorandum explicando que competencias son tan importantes como para que sean solo determinados los elegidos. Y efectivamente, no se cumple

vale, y yo me pregunto, ¿ cuándo el magistrado del supremo resuelve este asunto de competencias de ingenieros, se despista realmente de aplicar una ley tan importante como la ley.2009 ?, entiendo aplicarla bien es decir, todos los ingenieros e ing, tcos pueden firmar ICT, le pregunta-informe a un perito peritos ingenieros si concurre requisitos para exclusividdad y ya está, porque no concurre, pero bueno, que lo digan los que saben más que yo,
no sé, para mi eso es de cajón,
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