Anulación por TS la denominación de Ingeniero de Edificación (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
por
#215396
jcriti escribió:
gonguma escribió:Por eso al principio hablaba de la LOE y que tal y pascual hasta que le hemos ido tirando de la lengua y se ha destapado el pastel. Hablan incluso de modificar la LOE :partiendo

Jeje.. primero, se imponen el termino "Ingeniero".. como que no quiere la cosa... sin malicia... :twisted: ...
Acto seguido .. la sentencia dice que NO pueden utilizar el termino Ingeniero... puesto que no hacen proyectos de construcción ni de reforma...

No problemo... Expropie... digo cámbiese la LOE.. que grandes... :espabilao


Pues cuidadín que los decoradores (titulo de FP) se hacen llamar ahora ARQUITECTO de interiores..........
Avatar de Usuario
por
#215398
gonguma escribió:
jcriti escribió:
gonguma escribió:Por eso al principio hablaba de la LOE y que tal y pascual hasta que le hemos ido tirando de la lengua y se ha destapado el pastel. Hablan incluso de modificar la LOE :partiendo

Jeje.. primero, se imponen el termino "Ingeniero".. como que no quiere la cosa... sin malicia... :twisted: ...
Acto seguido .. la sentencia dice que NO pueden utilizar el termino Ingeniero... puesto que no hacen proyectos de construcción ni de reforma...

No problemo... Expropie... digo cámbiese la LOE.. que grandes... :espabilao


Pues cuidadín que los decoradores (titulo de FP) se hacen llamar ahora ARQUITECTO de interiores..........


Buenos pues otros que nos van a hacer la competencia son los sicologos,,,digo los ingenieros sociales......

esto se pone duro chicos....
por
#215403
Entonces los grados que habilitan para la profesión de ingeniero técnico se llamarán grado en peritaje...., ya que tampoco son ingenieros, no?, aunque ellos digan que lo son olvidándoseles lo de técnico.
Avatar de Usuario
por
#215405
laszent escribió:Entonces los grados que habilitan para la profesión de ingeniero técnico se llamarán grado en peritaje...., ya que tampoco son ingenieros, no?, aunque ellos digan que lo son olvidándoseles lo de técnico.



Vamos a ver no quieras volver capciosamente la tortilla que no tiene vuelta compi, enterate un poquito del os grados de bolonia. Los estudios de grado habilitan a la profesion de INGENIERO a secas pues ya no habra ni ITI ni II. Estas quedaran como profesion a extinguir manteniendo sus atribuciones. Con Bolonia será una sola profesion con graduación academica pero unica, en varias fases sucesivas si prefieres verlo así. Por eso es todo tan dificil pues se trata de compagir los intereses de dos colectivos.

Mientras que lo de los ingenieros de la edificacion y los arquitectos son DOS PROFESIONES distintas con similares atribuciones y encima con distinta duración y temario. Y encima cogiendo atribuciones por nominación

Hombre yo se que alguna se ha hecho la ilusión de que siendo aparejador (tres años) mas 6 asignaturas de puente ya se es arquitecto.... Hombre aunque los señores oscuros se las traen es justo reconocerles que no merecen ese puenteo por el morro
por
#215409
arquimedes escribió:
laszent escribió:Entonces los grados que habilitan para la profesión de ingeniero técnico se llamarán grado en peritaje...., ya que tampoco son ingenieros, no?, aunque ellos digan que lo son olvidándoseles lo de técnico.



Vamos a ver no quieras volver capciosamente la tortilla que no tiene vuelta compi, enterate un poquito del os grados de bolonia. Los estudios de grado habilitan a la profesion de INGENIERO a secas pues ya no habra ni ITI ni II. Estas quedaran como profesion a extinguir manteniendo sus atribuciones. Con Bolonia será una sola profesion con graduación academica pero unica, en varias fases sucesivas si prefieres verlo así. Por eso es todo tan dificil pues se trata de compagir los intereses de dos colectivos.

Mientras que lo de los ingenieros de la edificacion y los arquitectos son DOS PROFESIONES distintas con similares atribuciones y encima con distinta duración y temario. Y encima cogiendo atribuciones por nominación

Hombre yo se que alguna se ha hecho la ilusión de que siendo aparejador (tres años) mas 6 asignaturas de puente ya se es arquitecto.... Hombre aunque los señores oscuros se las traen es justo reconocerles que no merecen ese puenteo por el morro


Wow Wow

Los grados habilitarán para la profesión de ingeniero técnico, no para la de ingeniero.
Otra cosa es que en LOE no hagan distinciones, pero en otros campos si los hay.
por
#215410
Caduki76 escribió:
ingenierogc escribió:Hola Caduki. Lo deja claro para los Grados, pero al menos en ese artículo no está excluyendo a los Máster. Lo digo por si puedes subir también el contenido normativo de los Master. :saludo

Of course.

Artículo 10. Enseñanzas de Máster.
1. Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.


Resumiendo:
1.Para ejercer actividad profesional (por tanto, va ligado a atribuciones): GRADO
2.Para especializarse (académica o profesionalmente): MÁSTER
3.Verbigracia: grado en ingenieria eléctrica y máster en energía fotovoltaica, las atribuciones te las da el grado, el máster te "hace" saber más, pero no es condición NECESARIA para diseñar una instalación fotovoltaica, dicha condición es la obtención del Grado.


1. Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.

"formación avanzada, de caracter multidisciplinar, orientada a la especialización profesional" es una definición cojonuda al master en Ingeniería Industrial.
por
#215412
Dani A. escribió:
arquimedes escribió:
laszent escribió:Entonces los grados que habilitan para la profesión de ingeniero técnico se llamarán grado en peritaje...., ya que tampoco son ingenieros, no?, aunque ellos digan que lo son olvidándoseles lo de técnico.



Vamos a ver no quieras volver capciosamente la tortilla que no tiene vuelta compi, enterate un poquito del os grados de bolonia. Los estudios de grado habilitan a la profesion de INGENIERO a secas pues ya no habra ni ITI ni II. Estas quedaran como profesion a extinguir manteniendo sus atribuciones. Con Bolonia será una sola profesion con graduación academica pero unica, en varias fases sucesivas si prefieres verlo así. Por eso es todo tan dificil pues se trata de compagir los intereses de dos colectivos.

Mientras que lo de los ingenieros de la edificacion y los arquitectos son DOS PROFESIONES distintas con similares atribuciones y encima con distinta duración y temario. Y encima cogiendo atribuciones por nominación

Hombre yo se que alguna se ha hecho la ilusión de que siendo aparejador (tres años) mas 6 asignaturas de puente ya se es arquitecto.... Hombre aunque los señores oscuros se las traen es justo reconocerles que no merecen ese puenteo por el morro




Wow Wow

Los grados habilitarán para la profesión de ingeniero técnico, no para la de ingeniero.
Otra cosa es que en LOE no hagan distinciones, pero en otros campos si los hay.


:doh QUE LÍOOOOO!!!!!!!!!

Por un lado, el grado te habilita para ejercer la profesión de ingeniero técnico. Y por otro la titulación será Grado en Ingeniero Industrial Mecánica (por poner un ejemplo). Parece que los dos tenéis razón :ein ¿O habría que llamar a los nuevos egresados graduados en ingenieria industrial mecanica? :cabezazo
Avatar de Usuario
por
#215415
Dani A. si ya se lo que quieres decir y tal vez yo no me he explicado bien. Efectivamente me he precipitado y no son iguales y si los grado en ingenieria XXX responden a los aniguos ITI y los grado en ingenieria industrial a los II pero ambos tiene 239/240 creditos mientras que los arquitectos son 330, y tendría que haber mantenido hay el discurso en lugar de hacer le paralelismo con los II e ITI


De todas formas estos son chorradas de las universidades tendentes a no porvacar discusiones pues no tiene mucho sentido tener unos eetudios de 240 creidtos especialistas y otros de 240 generalistas ya que ahora las competencias de los generalistas no estan justificados por el mayor numero de horas de estudios.


En cuanto a la LOE, aqui si que creo estar acertado y no es que no los distinga sino que les aplica las mismas atribuciones.

2. Son obligaciones del proyectista: a) Estar en posesión de la titulación académica y
profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según
corresponda, y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En caso de
personas jurídicas, designar al técnico redactor del proyecto que tenga la titulación profesional
habilitante. Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los
usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional
habilitante será la de arquitecto. Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción
de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación
académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero
técnico
o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada
profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas. Cuando
el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios comprendidos en el grupo e)
del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de
arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico y vendrá determinada por las
disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus especialidades y
competencias específicas

Como ves nombra a las dos dandoles las mismas atribuciones ... un lio

De todas formas el fondo del asunto es que no se pueden dar atribuciones a base de cambiar el nombre. Si hay que darselas se les da pero con un fundamento jurídico
Avatar de Usuario
por
#215449
arquimedes escribió:Dani A. si ya se lo que quieres decir y tal vez yo no me he explicado bien. Efectivamente me he precipitado y no son iguales y si los grado en ingenieria XXX responden a los aniguos ITI y los grado en ingenieria industrial a los II pero ambos tiene 239/240 creditos mientras que los arquitectos son 330, y tendría que haber mantenido hay el discurso en lugar de hacer le paralelismo con los II e ITI

Uy Arquímedes, en esto estás todavía un poco liado. ¡Con todo lo que se ha hablado aquí!

Los grados conducen a ITI y los grado + máster en Ingeniería Industrial conducen a II. Hacen falta entre 300 y 360 créditos (todavía no está demasiado claro de cuantos créditos consta el máster) para ser II.
Avatar de Usuario
por
#215453
eso es lo que yo creia Jcas y así se intuye en mi intervencion pero mal explicada. Es decir es una sola profesion en el sentido de que no se inicia la vida laboral bien de ITI, bien de II sino que primero como tu dices primeros todos ITI (perdon por las posibles impresiciones) y luego con el master todos II ¿es eso lo que querias decir...


lo que pasa es que despues de entrar en la pagina de la universidad de sevilla (reconozco que he mpodio leer mal por que el tamaño de letra es horrosamente pequeño) he visto que estan preparando el grado en eingenieria industrial. Si , si grado en ingenieria industrial con caracter generalista aunque con intensificaciones que son 4 cusrso y ahi va lo mejor 239 creditos mientras que el grado en ingenieria electrica son 240 creditos....

Es mas los grado en xxx en su introducccion dicen que vienen tradicionalmente.. y te cuentan que vienen de los peritos e ITI y se impartirán estos grados en las escuela de ITI.

El documento analogo para los grados en ingenieria industrial cuenta lo mismo pero sus origenes los retrorae a los II y dice que se cursara este grado en la antigua escuela de II. y creo haber leido 60 creditos en rama comun y el resto en las intensificaciones y ambos tipos de grado 4 cursos..... y empezables desde los estudiso medios (para mi los antiguos COU)


¿Vesi como es un lio?

De todoas formas repito que las atribuciones por ley no por poner un nombre parecido a otra profesion....



como ves lo que parece claro no lo es tanto
por
#215494
gonguma escribió:
Dani A. escribió:
arquimedes escribió:
laszent escribió:Entonces los grados que habilitan para la profesión de ingeniero técnico se llamarán grado en peritaje...., ya que tampoco son ingenieros, no?, aunque ellos digan que lo son olvidándoseles lo de técnico.



Vamos a ver no quieras volver capciosamente la tortilla que no tiene vuelta compi, enterate un poquito del os grados de bolonia. Los estudios de grado habilitan a la profesion de INGENIERO a secas pues ya no habra ni ITI ni II. Estas quedaran como profesion a extinguir manteniendo sus atribuciones. Con Bolonia será una sola profesion con graduación academica pero unica, en varias fases sucesivas si prefieres verlo así. Por eso es todo tan dificil pues se trata de compagir los intereses de dos colectivos.

Mientras que lo de los ingenieros de la edificacion y los arquitectos son DOS PROFESIONES distintas con similares atribuciones y encima con distinta duración y temario. Y encima cogiendo atribuciones por nominación

Hombre yo se que alguna se ha hecho la ilusión de que siendo aparejador (tres años) mas 6 asignaturas de puente ya se es arquitecto.... Hombre aunque los señores oscuros se las traen es justo reconocerles que no merecen ese puenteo por el morro




Wow Wow

Los grados habilitarán para la profesión de ingeniero técnico, no para la de ingeniero.
Otra cosa es que en LOE no hagan distinciones, pero en otros campos si los hay.


:doh QUE LÍOOOOO!!!!!!!!!

Por un lado, el grado te habilita para ejercer la profesión de ingeniero técnico. Y por otro la titulación será Grado en Ingeniero Industrial Mecánica (por poner un ejemplo). Parece que los dos tenéis razón :ein ¿O habría que llamar a los nuevos egresados graduados en ingenieria industrial mecanica? :cabezazo

No va a existir ningun grado en Ingenieria Industrial Mecanica. Serán Grados en Ingenieria Mecanica. Toda referencia industrial desaparece del nombre de los grados, excepto para el grado en Tecnologias Industriales, que no conducirá a ninguna profesion regulada
por
#215496
arquimedes escribió:eso es lo que yo creia Jcas y así se intuye en mi intervencion pero mal explicada. Es decir es una sola profesion en el sentido de que no se inicia la vida laboral bien de ITI, bien de II sino que primero como tu dices primeros todos ITI (perdon por las posibles impresiciones) y luego con el master todos II ¿es eso lo que querias decir...


lo que pasa es que despues de entrar en la pagina de la universidad de sevilla (reconozco que he mpodio leer mal por que el tamaño de letra es horrosamente pequeño) he visto que estan preparando el grado en eingenieria industrial. Si , si grado en ingenieria industrial con caracter generalista aunque con intensificaciones que son 4 cusrso y ahi va lo mejor 239 creditos mientras que el grado en ingenieria electrica son 240 creditos....

Es mas los grado en xxx en su introducccion dicen que vienen tradicionalmente.. y te cuentan que vienen de los peritos e ITI y se impartirán estos grados en las escuela de ITI.

El documento analogo para los grados en ingenieria industrial cuenta lo mismo pero sus origenes los retrorae a los II y dice que se cursara este grado en la antigua escuela de II. y creo haber leido 60 creditos en rama comun y el resto en las intensificaciones y ambos tipos de grado 4 cursos..... y empezables desde los estudiso medios (para mi los antiguos COU)


¿Vesi como es un lio?

De todoas formas repito que las atribuciones por ley no por poner un nombre parecido a otra profesion....



como ves lo que parece claro no lo es tanto



No todos los grados van a ser ITI, solo cinco de ellos, los grados en Ingenieria Mecanica, Ingenieria Electrica, Ingenieria Electronica y Automatica, Ingenieria Quimica e Ingenieria Textil.
El resto de grados no conducirán a la ITI.

Por ejemplo, si el estudiante hace el grado en tecnologias industriales y luego un master en Ingenieria Industrial, será II sin haber pasado por ITI.

Sevilla no va a conseguir el grado en ingeniería industrial. Se lo echarán atrás en la ANECA, si es que no lo han hecho ya.

Si bien es cierto que las atribuciones van por ley, nadie dice que esas leyes sean inamovibles. El legislador, que suele estar pero que muy perdido, o pero que muy untado por los lobbys, puede dejarse llevar por un nombre, o dar razones, para cambiar las atribuciones de una profesión o crear una nueva, que es lo que al parecer querían los colegios de aparejadores y arquitectos tecnicos

Aparejadores y Arquitectos tecnicos ya titulados están inundando las universidades haciendo cursos puente para conseguir el grado. Creo que no cabe duda de el porqué de esto.
por
#215501
Perdonar pero así no es el tema como lo estáis contando... intentaré explicarme bien ¿habéis ojeado el plan de estudios del Grado de Ingeniería de Edificación?¿y sus postgrados? bien, eso es algo más que Arquitectura Técnica, quien acabe el Grado en IE no será AT, será un Ingeniero de Edificación. Esa carrera existe en el resto de Europa, aunque en España aún no está definida y es Arquitectura Técnica la que tradicionalmente ha tenido vinculación con las escuelas de Ingeniería de Edificación de toda Europa y no... Ingeniería Industrial. De una diplomatura de tres años se ha pasado a una carrera de cinco años, no es solo un nombre, hay competencias, las mismas que en el resto de Europa.

La sentencia lo único que ha hecho es decir que el graduado en Ingeniería de Edificación, en España, no es el único que integra la actividad profesional de Ingeniería de Edificación, en parte se integra por Arquitectura, Ingeniero de Caminos, Obras Públicas e Ingeniería Industrial, pero en la profesión donde se estudia TODA esa actividad profesional está en el Grado de Ingeniería de Edificación, ya que no ha sido anulado su plan de estudios, lo que ha sido anulado es la exclusividad de su denominación.

Bien... una vez que se regule por Ley la profesión de Ingeniería de Edificación, será el graduado en IE el que tenga todas las atribuciones en esta materia, los industriales tendrán la de "gestión del proceso", compartida con los IE, así como la proyección compartida con todos los demás ingenieros y el Arquitecto. Durante un tiempo será así... pero al final, lo más económico, rentable y eficiente para una empresa será contratar sólo a un IE, él lo podrá firmar TODO.

¿Lo entendéis ahora? la sentencia ha definido a los comensales, y lo que ha dicho es que el graduado en IE no es el único comensal, pero sí el único que tiene todas las competencias para comerse todo el pastel, pastel que aún queda por regular, y que una vez que se regule no serán competencias, serán atribuciones.

¿Me he explicado bien?

Por cierto he visto opiniones poco "amistosas" hacia los aparejadores y arquitectos técnicos en este foro ¿no os parecemos lo suficientemente ingenieros? bueno dentro de nada seremos todos amiguitos y habrá que llevarse bien. Lo digo todo de buen rollo, sin ninguna acritud. :comunidad
Avatar de Usuario
por
#215513
Buildingengineer escribió:Perdonar pero así no es el tema como lo estáis contando... intentaré explicarme bien ¿habéis ojeado el plan de estudios del Grado de Ingeniería de Edificación?¿y sus postgrados? bien, eso es algo más que Arquitectura Técnica, quien acabe el Grado en IE no será AT, será un Ingeniero de Edificación. Esa carrera existe en el resto de Europa, aunque en España aún no está definida y es Arquitectura Técnica la que tradicionalmente ha tenido vinculación con las escuelas de Ingeniería de Edificación de toda Europa y no... Ingeniería Industrial. De una diplomatura de tres años se ha pasado a una carrera de cinco años, no es solo un nombre, hay competencias, las mismas que en el resto de Europa.

:nono2 :nono2
De una carrera de 3 años se pasa a un grado de 4 años. Igual que pasa con las Ingenierías Técnicas. Y me revisaría mucho cuales son las competencias en el resto de Europa.

Buildingengineer escribió:La sentencia lo único que ha hecho es decir que el graduado en Ingeniería de Edificación, en España, no es el único que integra la actividad profesional de Ingeniería de Edificación, en parte se integra por Arquitectura, Ingeniero de Caminos, Obras Públicas e Ingeniería Industrial, pero en la profesión donde se estudia TODA esa actividad profesional está en el Grado de Ingeniería de Edificación, ya que no ha sido anulado su plan de estudios, lo que ha sido anulado es la exclusividad de su denominación.

De nuevo no. Se dice claramente que no son Ingenieros, por lo que no podrán utilizar esa denominación. Eso abarca mucho más que sólo la denominación.

Buildingengineer escribió:Bien... una vez que se regule por Ley la profesión de Ingeniería de Edificación, será el graduado en IE el que tenga todas las atribuciones en esta materia, los industriales tendrán la de "gestión del proceso", compartida con los IE, así como la proyección compartida con todos los demás ingenieros y el Arquitecto. Durante un tiempo será así... pero al final, lo más económico, rentable y eficiente para una empresa será contratar sólo a un IE, él lo podrá firmar TODO.


Claro que sí. Cambiándole el nombre, estos señores serán capaces de saber tanto como los ingenieros y los arquitectos todos juntos. Logico. Aprenderán a diseñar ascensores y todo (maquinaria incluida, como pretendían los arquitectos con la LOE), y a los Ingenieros se les ha de olvidar todo eso de golpe. Aunque de instalaciones se esudie más, se debe estudiar peor, porque los Arquitectos y Arquitéctos Técnicos saben mucho más.

Buildingengineer escribió:¿Lo entendéis ahora? la sentencia ha definido a los comensales, y lo que ha dicho es que el graduado en IE no es el único comensal, pero sí el único que tiene todas las competencias para comerse todo el pastel, pastel que aún queda por regular, y que una vez que se regule no serán competencias, serán atribuciones.

Lo entiendo perfectamente. Según lo que tú dices, a todos los demás se les echará de las obras porque para eso hay unos que lo saben hacer todo porque así lo dice el nombre que se les ha puesto. Los estudios no tienen nada que ver en todo esto. Te digo lo mismo que antes. Debe ser que los Ingenieros somos tontos, porque perder tanto tiempo estudiando instalaciones no tiene sentido. Los demás lo estudian en menos tiempo, saben más, y además, son los únicos que deberían poder firmar.

Buildingengineer escribió:Por cierto he visto opiniones poco "amistosas" hacia los aparejadores y arquitectos técnicos en este foro ¿no os parecemos lo suficientemente ingenieros? bueno dentro de nada seremos todos amiguitos y habrá que llevarse bien. Lo digo todo de buen rollo, sin ninguna acritud. :comunidad

Con lo que acabas de decir, ¿cómo narices no quieres que haya opiniones poco amistosas?.

Otra cosa. No, no sois ingenieros. Y un curso de unos meses no cambia las cosas. Y eso de que seremos amiguitos, pues no sé. Los amiguitos no pretenden quedarse el trabajo de los demás. Ni con buen rollito ni sin él. Tengo familia y grandes amigos aparejadores y arquitéctos técnicos, y nunca había oído decir tal cantidad de barbaridades como las que has dicho en tan poco espacio. De hecho, nunca he tenido problemas con ningún aparejador ni arquitecto técnico, amigo o no, de charleta o trabajando. Hasta ahora. Y lo digo de buen rollito y sin acritud.

Edito, que se me olvidaba poner el emoticono de todos amiguitos aunque sea metiéndonos el dedo en el ojo: :comunidad
Avatar de Usuario
por
#215515
Buildingengineer escribió:Bien... una vez que se regule por Ley la profesión de Ingeniería de Edificación, será el graduado en IE el que tenga todas las atribuciones en esta materia, los industriales tendrán la de "gestión del proceso", compartida con los IE, así como la proyección compartida con todos los demás ingenieros y el Arquitecto. Durante un tiempo será así... pero al final, lo más económico, rentable y eficiente para una empresa será contratar sólo a un IE, él lo podrá firmar TODO.


Al final todas las discusiones de este tipo acaban en el "Todo pa mi y los míos que somos los más guapos". :roll: También nos gusta mucho mirar a europa para lo que conviene: Te recuerdo que allí las atribuciones no las dan las carreras sino la asociaciones profesionales sujetas a experiencia y examen previo, no van ligadas al título como aquí.
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro