Buildingengineer escribió:Perdonar pero así no es el tema como lo estáis contando... El tema es como lo estás contando tú. Aquí solo estamos comentando las paridas que vas soltando intentaré explicarme bien ¿habéis ojeado el plan de estudios del Grado de Ingeniería de Edificación? Pues sí. Parece que el que menos informado está eres tú. ¿y sus postgrados? bien, eso es algo más que Arquitectura Técnica Tu gozo en un pozo, mira AQUÏ y verás como la profesión a la que accedes como titulado en IE es la de arquitecto técnico, quien acabe el Grado en IE no será AT, será un Ingeniero de Edificación. Esa carrera existe en el resto de Europa, aunque en España aún no está definida y es Arquitectura Técnica la que tradicionalmente ha tenido vinculación con las escuelas de Ingeniería de Edificación de toda Europa Por eso el titulado en IE (ya no os llamaréis así) desempeñará la profesión de arquitecto técnico. . y no... Ingeniería Industrial y esto a quién le importa? ¿Has visto por aquí que algún II pretenda usurpar las atribuciones de un AT? Y mucho menos conseguirselo con el truco del nombre, que parece ser que es en lo que tú te basas para que los IE (arquitectos técnicos por mucho que te joda) acaparen todas las atribuciones De una diplomatura de tres años se ha pasado a una carrera de cinco años con la que estás liando y no te has mirado ni los papeles.... La carrera será de 4 años, al igual que el resto de grados como bien te ha dicho JCas anteriormente, no es solo un nombre pues parece que tu "triquiñuela" va toda encaminada en el tema de la denominación, incluso hablas de cambiar la LOE para que pilléis el pastel del que hablas, hay competencias, las mismas que en el resto de Europa.
La sentencia lo único que ha hecho es decir que el graduado en Ingeniería de Edificación, en España, no es el único que integra la actividad profesional de Ingeniería de Edificación, en parte se integra por Arquitectura, Ingeniero de Caminos, Obras Públicas e Ingeniería Industrial, pero en la profesión donde se estudia TODA esa actividad profesional está en el Grado de Ingeniería de Edificación, ya que no ha sido anulado su plan de estudios, lo que ha sido anulado es la exclusividad de su denominación. Sigues estando poco informado. Mira AQUI y verás como la denominación de IE que tanto te pone ya es historia...
Bien... una vez que se regule por Ley la profesión de Ingeniería de Edificación, será el graduado en IE el que tenga todas las atribuciones en esta materia, los industriales tendrán la de "gestión del proceso", compartida con los IE, así como la proyección compartida con todos los demás ingenieros y el Arquitecto. Durante un tiempo será así... pero al final, lo más económico, rentable y eficiente para una empresa será contratar sólo a un IE, él lo podrá firmar TODO. De ilusiones vive el hombre. Métete en algún foro de arquitectura y les vienes con este cuento, a ver lo que comentan.....
¿Lo entendéis ahora? la sentencia ha definido a los comensales, y lo que ha dicho es que el graduado en IE no es el único comensal, pero sí el único que tiene todas las competencias para comerse todo el pastel, pastel que aún queda por regular, y que una vez que se regule no serán competencias, serán atribuciones.
¿Me he explicado bien? Como un libro abierto. Otra cosa es que sea cierto lo que dices, porque parece que no estás muy informado.
Por cierto he visto opiniones poco "amistosas" hacia los aparejadores y arquitectos técnicos en este foro ¿no os parecemos lo suficientemente ingenieros? POR SUPUESTO. NO SOIS ni parece que vayáis a ser INGENIEROS NI INGENIEROS TÉCNICOS bueno dentro de nada seremos todos amiguitos y habrá que llevarse bien. Lo digo todo de buen rollo, sin ninguna acritud.
Las opiniones no son hacia los AT, sino hacia la cantidad de chorradas que has soltado sin fundamento alguno, ya que el que está demostrando estar más desinformado sobre el tema eres tú.
A ver si se pasa Tuso que es el que más sabe de buen rollito por aquí y le da un poco de cera al colega., Yo también
