Lím. elástico acero ¿se reduce en la práctica según espesor? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Resistencia y estabilidad, aptitud al servicio, acciones en la edificación, cimientos, estructuras de acero, fábrica, madera
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#126568
no tengo nada claro ese tema de rotura fragil, la verdad, no es hilar muy fino...pero mucho?.

Quizás en torsión o similares si tiene relevancia no?
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#126598
cesarcaracol escribió:no es hilar muy fino...pero mucho?.

Es hilar bastante fino.

Si te lo piensas un poco, la norma te obliga a reducir de 275 MPa a 265 MPa para espesores superiores a 16 mm y hasta 40 mm. Para 16 mm no hay ninguna reducción, y para 17 mm ya se aplica la reducción completa y se mantiene constante hasta 40 mm. Para 41 mm, se vuelve a producir una reducción hasta 255 Mpa. Evidentemente, eso no corresponde a ningún fenómeno físico conocido (o, al menos, conocido por mí). En la realidad, esa reducción sería gradual, con lo que la resistencia sería de 275 Mpa para 16 mm y de 265 Mpa para 40 mm, y para valores intermedios la resistencia tendría un valor intermedio entre estos. Si se pudiera realizar una interpolación lineal, la reducción de resistencia para el ala de un HEB 300 sería de (275-265)*(19-16)/(40-16) Mpa, es decir, de 1.25 Mpa, que es menos de un 0.5% del valor de la resistencia.

El tema está en que la ley tiene un texto (en el que no se contempla la posibilidad de interpolar linealmente aunque estoy seguro de que el redactor original te diría que no lo puso por no complicar el cálculo), y en que la OCT te puede obligar a cumplirlo.
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#126657
yo, personalmente, nunca la he usado aun cuando la conozco desde el principio. Coincido con sisifo en que no merece la pena hilar tan fino.
Por otro lado, normalmente las estructuras no se colocan al aire libre, con heladas y ambientes agresivos. Como se supone que el riesgo a la rotura fragil disminuye al aumentar la temperatura, yo me imagino un edificio con sus 20-24º y me duermo muy tranquilo. jeje :mrgreen:
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#126670
sisifo escribió:Si te lo piensas un poco, la norma te obliga a reducir de 275 MPa a 265 MPa para espesores superiores a 16 mm y hasta 40 mm. Para 16 mm no hay ninguna reducción, y para 17 mm ya se aplica la reducción completa y se mantiene constante hasta 40 mm. Para 41 mm, se vuelve a producir una reducción hasta 255 Mpa. Evidentemente, eso no corresponde a ningún fenómeno físico conocido (o, al menos, conocido por mí). En la realidad, esa reducción sería gradual, con lo que la resistencia sería de 275 Mpa para 16 mm y de 265 Mpa para 40 mm, y para valores intermedios la resistencia tendría un valor intermedio entre estos. Si se pudiera realizar una interpolación lineal, la reducción de resistencia para el ala de un HEB 300 sería de (275-265)*(19-16)/(40-16) Mpa, es decir, de 1.25 Mpa, que es menos de un 0.5% del valor de la resistencia.

Como ya sabeis esos valores son los valores de aceptación de la norma EN 10025.
Independientemente que tenga un motivo mecánico, son los valores de referencia garantizados por el fabricante del material para los ensayos realizados y por tanto no se pueden tomar unos valores superiores.
El fabricante no interpola estos valores.
Si pudieseis mirar los certificados, probablemente en los mismos constarán los valores de referencia que ha tomado el fabricante (para más de 16 mm o para menos).
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#126672
No pensaba que mi pregunta iba a generar tanto debate :comunidad :mrgreen: :mrgreen:

Bueno, según el libro de R. Argüelles está reducción se debe a que conforme aumenta el espesor resulta más complicado asegurar la homogeneidad de las propiedasdes mecáncias en el interior de la pieza.

PD: copy-paste es lo que he hecho. :P
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#126674
MPa escribió:Como ya sabeis esos valores son los valores de aceptación de la norma EN 10025.

¿Tienes el enlace al BOE donde se publicó esa norma?. Mas que nada para consultar si es de aplicación a perfiles laminados o sólo a chapas de acero.
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#126902
Ya sabes que las normas no se publican.
Si las quieres comprar o ver el título puedes mirarlo en la página de AENOR.

http://www.aenor.es/desarrollo/normaliz ... .asp?pag=p

En concreto el de esta es:

"Productos laminados en caliente de aceros para estructuras. Parte 1: Condiciones técnicas generales de suministro."

Es una norma de aceros de uso general y como ves tiene por lo menos 6 partes
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#126928
Sisifo, comentaste que no se usa la reducción en el cálculo de las tensiones de la sección, pero me sigue quedando la duda acerca de si se utiliza para los cálculos de pandeo, como es el caso de la fórmula (6.18) del DB-SE-A para el cálculo de la esbeltez reducida.
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#126948
berobreo escribió:Sisifo, comentaste que no se usa la reducción en el cálculo de las tensiones de la sección, pero me sigue quedando la duda acerca de si se utiliza para los cálculos de pandeo, como es el caso de la fórmula (6.18) del DB-SE-A para el cálculo de la esbeltez reducida.

Es el mismo caso. No se usa tampoco ahí.

Respecto a las normas UNE, y a esa norma en concreto de aceptación de productos laminados en caliente, no sé si es de aplicación a perfiles laminados. Para eso habría que gastarse un eurito por página en comprársela, seguramente para leer que es sólo de aplicación a chapas y no a perfiles. Si es a perfiles, seguramente habría que gastarse otro eurito por página en la parte de ensayos para saber cómo se ensaya por separado la resistencia del acero de las alas y la resistencia del acero del alma.
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#126951
Venga Sisifo si estas "forrao", cómprate las normas, las cuelgas en un servidor público para que las descarguemos todos los foreros, pagas una módica cantidad a AENOR por delito contra la propiedad intelectual, y pelillos a la mar :mrgreen:
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#127017
manuelfr escribió:cómprate las normas, las cuelgas en un servidor público para que las descarguemos todos los foreros, pagas una módica cantidad a AENOR por delito contra la propiedad intelectual, y pelillos a la mar :mrgreen:

No te creas, que ganas no me faltan. Lo malo es que he sido educado en el cumplimiento de la ley. Además, no creo que la cantidad fuese tan módica.

Lo que teneis que hacer es pedir a vuestros Colegios que aleguen contra cualquier Norma obligatoria que haga referencia a normas de AENOR. Ese trámite no lo puede hacer ni un particular ni una empresa privada, pero un Colegio Profesional sí que puede hacerlo, aunque dentro de un plazo.
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#127026
Resulta iluso, sisifo, lo de un eurito la página, porque una norma no dice nada en las primeras n páginas y aún entonces se limita a la enumeración de otras UNE a eurito la página.

Los colegios, lo más que consiguieron -desconozco lo que intentaron- es un CD recopilatorio con todas las UNE del CTE. No negaré que me parece poco y que comparto la opinión de todos aquellos que dudan de la legalidad de remitir desde la normativa de obligado cumplimiento a unas normas privativas de una empresa, por mucho que se autodenomine si ánimo de lucro.

La 10025 se aplica a productos largos y planos de aceros para estructuras laminadas en caliente, excluyendo los perfiles estructurales de sección hueca y los tubos.
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