Hola Patricia,
Me creo que el tecnico de bomberos te haya dicho eso, ya que a mi me ha dicho cosas, en tema industriales, que me da verguenza hasta exponerlas.
Todo almacenamiento de productos combustibles, dentro del sector analizado, deben de ser tenidos en cuenta a la hora de calcular la carga de fuego. Lo que ocurre es que si tu tienes un sistema productivo y utilizas la tabla 2.1 del RSCIEI para calcular su carga de fuego, este ya lleva implicita la carga que puede aportarle los "almacenes del dia", por lo que estos no se deben de volver a contabilizar.
De toda formas, es facil que salga mejor para el cliente que el riesgo sea medio que bajo, si es para Zaragoza. Haz cuentas, y depende lo que te salga, le dices al propietario que meta en el sector unos cuanto Kg de carton.
Saludos
patricia escribió:Hola!
Pensad en una línea de producción de un cierto producto. Entra materia prima --> se realiza el proceso de transformación --> sale un producto acabado. (elemental)
Esta materia prima que entra en el proceso, con una cierta carga de fuego, es abastecida desde unos silos de "almacén de diario". Estos silos pertenecen a la máquina del proceso de tranformación.
Pués bien, me dice un técnico de bomberos que los productos almacenados en silos, para alimentación de un proceso de producción, no contabilizan en la carga de fuego.
Esto es porque dentro de los silos este producto está protegido.
Me ha dicho que sólo se contabiliza el material que está, por decirlo de alguna forma "al aire".
Es la primera vez que me pasa que un técnico de bomberos es menos restrictvo que yo a la hora de calcular una carag de fuego, porque yo sí había tenido en cuenta la carga de fuego del material almacenado.
Podéis decirme, por favor, qué opináis al respecto??? El riesgo de la instalación me ha pasado de ser RIESGO MEDIO a RIESGO BAJO y me da tan mala espina!!!
Me creo que el tecnico de bomberos te haya dicho eso, ya que a mi me ha dicho cosas, en tema industriales, que me da verguenza hasta exponerlas.
Todo almacenamiento de productos combustibles, dentro del sector analizado, deben de ser tenidos en cuenta a la hora de calcular la carga de fuego. Lo que ocurre es que si tu tienes un sistema productivo y utilizas la tabla 2.1 del RSCIEI para calcular su carga de fuego, este ya lleva implicita la carga que puede aportarle los "almacenes del dia", por lo que estos no se deben de volver a contabilizar.
De toda formas, es facil que salga mejor para el cliente que el riesgo sea medio que bajo, si es para Zaragoza. Haz cuentas, y depende lo que te salga, le dices al propietario que meta en el sector unos cuanto Kg de carton.
Saludos