Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#214379
Buenas tardes a todos:

Vereis tenemos que mantener la instalación de P.C.I. de un garaje de un edificio de viviendas de unos 20 -22 años aprox.
Entiendo que tengo que atenerme a la Normativa de entonces y me gustaria saber que Reglamentos existian aya por el año 1990 para comprobar que la instalación cumple Normtiva. Solo he dado con Normas UNE de aquellos años.

Un saludo y gracias de antemano por vuestra ayuda.
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#215642
¿Estas preguntando por instalaciones diseñadas con la NBE CPI-82 :shock: ? : La siguiente norma fue la CPI-91 (así que asegúrate de las fechas aplicables a ese garaje... :?: )

Mucho tiempo para recordar lo que decían (y los documentos en casa... :alarma ), pero, con 20 años transcurridos, ya no debería tener ningún extintor original, ¿no?

Yo, en tu caso, haría el mantenimiento como manda el RICPI, sustituyendo las mangueras y lanzas de las BIEs existentes (no creo que aguanten la prueba hidraúlica...), reponiendo extintores por modelos adecuados y señalizando el garaje como debería estar ahora...

Lo que no haría sería cambiar de ubicación las BIEs existentes, aunque si informaría por escrito a la propiedad de las deficiencias (respecto a cómo debería ser hoy en día con el CTE) y le propondría las obras de modernización necesarias con presupuesto y plazos (aquí podrías valorar incluir la instalación del alumbrado de emergencia, el resto de la instalación eléctrica, la ventilación mecánica, la detección del CO, etc... si es que también están mal).

Un saludo :) :
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#215643
... a lo que la propiedad le responderá levantando el dedo corazón de la mano derecha...

Si quieres, les puedes comentar de palabra, pero si es legal estar como están no van a cambiar ni en broma. Vamos, yo no lo haría, y menos siendo una comunidad de vecinos... uff.. si quieres que te vuelvan a llamar no te pases mucho con ellos...
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#215645
La duda que tengo sería: ¿Qué pasa si hay que sustituir algo? Ni BIEs ni detectores se fabrican con las mismas normas que entonces, y no vas a encontrar repuestos. Se pone una nueva con las normas actuales y ya está o habría que hacer proyecto para sustituirlas...

En algún garage he visto mezcla de detectores pre y post RIPCI, conectados a la misma central.
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#215723
De todos modos revisa bien la diferente normativa por que es muy habitual que en las diposiciones adicionales del texto legal aparezcan expresiones "este reglamento no se aplicará a instalaciones existentes excepto en lo que se refiere a su conservación y mantenimiento". En concreto en el tema de contra incendios no lo tengo claro, pero cuidadin con esto
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#215785
Seiren, mi consejo se refiere a lo que dice el RICPI (creo que aplicable desde el año 93):

Artículo 15.Los mantenedores autorizados adquirirán las siguientes obligaciones en relación con los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento o reparación les sea encomendado:
a) Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo con los plazos reglamentarios, utilizando recambios y piezas originales.
b) Facilitar personal competente y suficiente cuando sea requerido para corregir las deficiencias o averías que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado.
c) Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan garantía de correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento o no cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables. Dicho informe será razonado técnicamente.
d) Conservar la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento que realicen, sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos sustituidos y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice. Una copia de dicha documentación se entregará al titular de los aparatos, equipos o sistemas.
e) Comunicar al titular de los aparatos, equipos o sistemas, las fechas en que corresponde efectuar las operaciones de mantenimiento periódicas.


Evidentemente, el cliente hará lo que le parezca oportuno, y pondremos tener más o menos negocio, pero si los que somos técnicos no trasmitimos nuestros conocimientos, pués, en fín, no sé como podrá mejorar la sociedad en la que vivimos y trabajamos
Se nota que la parte comercial no es mi responsabilidad... :) ; yo sólo me encargo de que algunas cosas se hagan: mejor a ser posible, pero más seguras siempre, (aunque a veces sólo las mejoremos un poquito... ;) ).
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#215906
Muchisimas gracias a todos, me sirve de muchisimo vuestro consejo, hablaré con el cliente aver que estan dispuestos a costearse, al menos los extintores iran fuera porque han cumplido los 20 años, a las mangueras de las b.i.e.s. creo que las quedan 2 años y la detección habrá de ser revisada en cuanto a recambios existentes, como bien decís, sabiendo ya la Normativa de entonces, voy aclarandome...ya os ire contando, muchisimas gracias a todos!!
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#216045
Ahora me dice el cliente que la comunidad de vecinos quiere cambiar las puertas del garaje, que evidentemente no son puertas cortafuegos y yo me pregunto, ¿las nuevas puertas deben ser resistentes al fuego? Si los muros no tienen resistencia al fuego en caso de incendio se me caeria el muro y quedarian solo las puertas y no serviría de nada...el caso es que ¿tengo que tomar esto como una reforma?Por que en tal caso no solo habria que instalar puertas cortafuegos sino sectorizar el garaje...

Gracias a todos de antemano
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#216290
hombre, a no ser que la pared sea de madera, por muy rf que sea la puerta una misera pared de bloque de hormigón enfoscado por ambas caras ya aguanta más.

Lo dicho, tu ponlas, que, como decía mi abuelo, por mucho trigo nunca será mal año.
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