Sirena exterior de incendios ¿obligatorio? (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#278466
Sabeis si ¿existe una UNE o reglamento que obligue a colocar una sirena de incendios en el exterior del local en caso de que la interior sea obligatoria?

En una nave con detección, por ejemplo....

Entiendo que es bueno a modo de identificación de la nave que está detectando humos o fuego...pero ¿obligatorio? :comunidad
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#278512
Tama, no te lo voy a pasar por alto... esta es para tí (entre otros) y has pasado por el hilo de arriba y este ni lo has mirado...y tu te la sabes... :nono :wink
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#278513
Bueno, pues me arriesgo yo.... Creo recordar que no es obligatorio, salvo ordenanza municipal o norma autonómica que diga otra cosa. Tirando de las leyes de prevención de riesgos labotrales, también podría ser obligatorio si en el exterior puede haber trabajadores.
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#278514
Hola Mazinger

Contenido
Es que ya sabes que te tengo manía, pero si me lo pides así ..................... (me debes dos vueltas en barco).


En mi opinión no es obligatoria, pero .........

- Se puede considerar que forma parte de un sistema de comunicación de alarma.
- Se puede considerar como la "vigilancia permanente" exigida en el RIPCI para los sistemas de alarma manual.
- ..................................
- ..................................

NO.

un abrazo
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#278515
Tama está en Shangri La de vacaciones por lo que te tendrás que conformar conformar con los consejos de este monje novicio.

TAMA mode ON

En UNE 23007-14 pto. 6.6.2 y Anexo A pto A.6.6.2.3 encontrarás la respuesta. Investiga y medita.

TAMA mode OFF

:angel :angel
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#278516
Otttiaaa ... TAMA se me ha adelantado por un minuto.

Los caminos de un monje saolín maestro son inexcrutables.

Mazi, si TAMA dice NO, es NO. Olvida la UNE. Cuando los maestros hablan, los novicios callan. :burla
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#278519
JORDIM escribió:En UNE 23007-14 pto. 6.6.2 y Anexo A pto A.6.6.2.3 encontrarás la respuesta. Investiga y medita.


¿ y para cumplir esos puntos pones una sirena en el exterior?

investiga y medita.

Contenido
Te vas a pasar un año fregando el suelo del monasterio a la antigua usanza.
Y, efectivamente, el sábado dejo el monasterio del valle para pasar mis días de meditación anual en el monasterio de la montaña


un abrazo
Última edición por TAMA58 el 11 Ago 2011, 08:38, editado 1 vez en total
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#278532
TAMA58 escribió:
JORDIM escribió:En UNE 23007-14 pto. 6.6.2 y Anexo A pto A.6.6.2.3 encontrarás la respuesta. Investiga y medita.


¿ y para cumplir esos puntos pones una sirena en el exterior?


No, pero me lo paso pipa y me fastidia menos trabajar en agosto. :burla
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#278605
Hola a todos!!
En el punto anteriormente citado dice;

:mira "Deben instalarse como mínimo en el edificio 2 alarmas acústicas,incluso si es posible alcanzar el nivel sonoro recomendado con una sola alarma".

A mi modo de entender, creo que esa segunda alarma se refiere a la exterior, porque para que poner 2 alarmas en el interior del edificio si con 1 alcanzo los niveles. Es mi opinión, espero no ofender a nadie,para eso estamos en los foros, para aprender y ayudarnos.
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#278606
sofiarb escribió:Hola a todos!!
En el punto anteriormente citado dice;

:mira "Deben instalarse como mínimo en el edificio 2 alarmas acústicas,incluso si es posible alcanzar el nivel sonoro recomendado con una sola alarma".

A mi modo de entender, creo que esa segunda alarma se refiere a la exterior, porque para que poner 2 alarmas en el interior del edificio si con 1 alcanzo los niveles. Es mi opinión, espero no ofender a nadie,para eso estamos en los foros, para aprender y ayudarnos.


Hola sofiarb

De acuerdo con tu razonamiento la sirena exterior sólo sería "obligatoria" cuando en el edificio haya una única sirena necesaria. Raro ¿no?.

Ese punto de la norma está puesto para que en caso de avería de la única sirena necesaria nos quedemos sin poder comunicar la alarma a los ocupantes.

saludos y prodígate más, hacía tiempo que no te leía.
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#278607
TAMA58 escribió:Ese punto de la norma está puesto para que en caso de avería de la única sirena necesaria nos quedemos sin poder comunicar la alarma a los ocupantes.


Uno que a veces es malpensado... ¿Y no no está hecho para evitar el "si el local es pequeño el propio zumbador de la central sirve como sirena y no pongo nada más"?
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#278610
Goran Pastich escribió:
TAMA58 escribió:Ese punto de la norma está puesto para que en caso de avería de la única sirena necesaria nos quedemos sin poder comunicar la alarma a los ocupantes.


Uno que a veces es malpensado... ¿Y no no está hecho para evitar el "si el local es pequeño el propio zumbador de la central sirve como sirena y no pongo nada más"?


Hola Goran

Lo que comentas sería un caso particular de lo que yo indico.

saludos
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#278612
Pues yo no entiendo una detección sin sirena exterior, en el supuesto de que se produgera el incendio,sólo nos enteraríamos cuando se hubiera quemado el edificio por completo si no hubiera nadie dentro. No os quito la razón, tal vez no sea obligatoria su colocación pero yo si que lo recomiendo
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