Montse6, el aforo que indicas de espectadores de pie, yo creo que esta más enfocado a conciertos, donde la gente se aglutina para ver a un grupo cantar, te estas un par de horas y ya esta. En una discoteca se supone que tienes que poder bailar no?

En fin siempre si calculas un aforo superior te curas en salud por si hacen algun concierto pero tendras que estudiar la evacuación para ese aforo y desconozco si se te complica más.
Por otro lado la responsabilidad de cumplir con el aforo es del titular, solo faltaria, si en la licencia pone 1000 personas y el titular deja 1300 es su problema...y más si pasa algo...aplicando lo que decis que el titular suele meter a más gente pues peor me lo pones...si dices 800 (considerando discoteca) quizas el titular se pase hasta 1000 personas...pero como le digas 1000 (concierto) entonces ya se nos va a 1300 no?
Bueno no se si me he explicado...en todo caso Montse6 entiendo que si lo haces como discoteca y el aforo esta limitado a 800 es cosa del titular que lo cumpla...yo creo que en tu caso tu habrias hecho un buen calculo...aunque como he dicho antes siempre puedes hacerlo para un concierto pero mira a ver en que te repercute...y no se yo...como el aforo sea más elevado y el titular basandose en ello en una sesion de discoteca pretenda meter a toda esa gente la peña no va a poder moverse!!!
Menudo rollo os he metido disculpadme!!!