Criterio de aplicación del DBSI que puede inducir a error (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#115352
elreydelcirco escribió:Salvo el fuego de origen electrico (E), apagaría cualquier fuego con agua ó al menos estaría controlado (como pudiera ser una enorme fuga de gas en llamas).


Sólo una cosa más Tama, permíteme contestarle al rey del circo.
Si intentas apagar el fuego de una freidora de aceite con nada más que un vaso de agua, montarás la mayor función del circo que te hayas imaginado, haz la prueba.
Avatar de Usuario
por
#115641
TAMA58 escribió:¿Quieres decir que si la cocina deja de ser LRE (cocina con potencia menor de 20 Kw, entonces si sería uso hospitalario y se le exigiría estar protegida por el sistema de bie 25 como a todo el uso?



Según la norma si.

Por cierto, que soy de la opinión de que, local de riesgo especial o no, si pertenece a una actividad, se le ha de aplicar todo lo que dice la norma para dicha actividad, y no menos, en especial si el recinto es un local de riesgo especial :ein . No es coherente y creo que en la redacción de ese aspecto intervino la mano negra :cabezazo

TAMA58 escribió:Se me olvidaba, alguien dijo (que pena que no me acuerdo quién):

"".........no ha dicho que "el LRE forme parte del sector". Solo ha dicho que "considera que el almacén forma parte del uso aparcamiento". Lo cual es cierto. ¿O no? Pues eso ...............""

¿Lo recuerdas tú?


Pues no :nono2 . ¿Fuí yo? :?:
Avatar de Usuario
por
#116092
Creo que llego bastante tarde, pero la cosa no la veo yo tan complicada.
Es decir, si un Edificio por sus condiciones debe de llevar BIE´s, estas deben de alcanzar cualquier punto incluido cualquier parte de local.

En el caso de un Hospital, si éste dispone de BIE´s, éstas deben de llegar a la cocina y protegerla sin quitar ninguna medida propia de extinción de la cocina.
:shock: :shock: o me estoy oxidando o no me entero. :shock: :shock:

Por cierto, otra variante muy útil en cocina para un fuego repentino de una sartén o freidora es echar en el interior el cajón de cubiertos, la bajada de temperatura y su extinción es casi instantánea; y puedes recuperar las croquetas.
por
#116114
Sir Maky escribió:Creo que llego bastante tarde, pero la cosa no la veo yo tan complicada.
Es decir, si un Edificio por sus condiciones debe de llevar BIE´s, estas deben de alcanzar cualquier punto incluido cualquier parte de local.

En el caso de un Hospital, si éste dispone de BIE´s, éstas deben de llegar a la cocina y protegerla sin quitar ninguna medida propia de extinción de la cocina.
:shock: :shock: o me estoy oxidando o no me entero. :shock: :shock:



Me alegro que lo veas tan claro, creo que por lo menos ya somos......... dos.

saludos
por
#151325
Bueno yo sigo con dudas sobre esta tabla y en general con Locales y ZONAS de resigo especial.
IMAGINEMOS LOS SIGUIENTES CASOS
a)Una cocina para bar-caferia de 14 kw
b)Una cocina para bar-cafeteria de 25 kw
c)Una cocina para bar-cafeteria (un restaurante pero por seguir el orden) de 55 kw.

Antes de empezar no he leido ningun apartado que diga que unz aona de riesgo especial tenga ke ser sectorizada ni considerada como sector de incendio.

Está claro que el caso A) puede ser una cocina que se integre en el mismo sector de incendio que el local, tipico bar que tiene la plancha, fogones y todo en el mismo sector de incendio que la zona pública.
El caso C) se deberá colocar un sistema de extinción automatica para que deje de considerarse una zona especial y se pueda aplicar la resistencia al fuego del local como si se tratase del caso A).
El caso B) según la tabla 2.1 del SI-1 se debe considerar la cocina como una zona de riesgo especial, en este caso bajo, por tanto interpreto, que el sector de incendio del bar debe tener unas condiciones nuevas en el sector de incendio que corresponderán con las condiciones de la tabla 2.2 del mismo Si-1. Por tanto solución o se refuerza la resistencia al fuego del local o se crea un sector de incendio solo para la cocina.

No se si estoy interpretando mal, pero creo que las conclusiones salen al ver la tabla esta tan engorrosa.
Si lo que comento no es así para que ponen tres tipos de riesgo en cocinas si por lo que he visto todo el mundo solo se preocupa de colocar el sistema de extinción automática si supera los 50 kw?

Espero que no resulte muy engorroso lo que he escrito.
Avatar de Usuario
por
#151357
Yo también de duje lo mismo que tu. Pregunta al responsable de la comisión provincial de calificadas y la respuesta fue: "Toda cocina se tiene que sectorizar porque lo digo yo ¿Lo entiendes, si o si?". La verdad es que al principio no supe que responderle y al final le contesté que si, que lo entendía.

Quizás estos fieras del foro nos lo aclaren un poco más.

:comunidad
por
#151369
El DBSI no obliga a sectorizar (cumplir las condiciones de sector de incendios) una cocina.

El DBSI obliga a considerar a las cocinas locales de riesgo especial, en función de su potencia y ubicación, debiendo cumplir unas condiciones de resistencia al fuego de sus cerramientos, entre otras cosas.

En algún caso el DBSI permite que una cocina de riesgo especial deje de serlo, si se instala un sistema de extinción automática.

saludos
por
#151396
TAMA58 escribió:El DBSI no obliga a sectorizar (cumplir las condiciones de sector de incendios) una cocina.

El DBSI obliga a considerar a las cocinas locales de riesgo especial, en función de su potencia y ubicación, debiendo cumplir unas condiciones de resistencia al fuego de sus cerramientos, entre otras cosas.

En algún caso el DBSI permite que una cocina de riesgo especial deje de serlo, si se instala un sistema de extinción automática.

saludos


Estoy de acuerdo con lo que dices tama58 pero que tenga que cumplir las condiciones de cerramiento no implica que se cree una zona para la cocina, me explico:
Se pueden dar dos casos parecidos pero no iguales. Por un lado podemos intentar que el cerramiento del local incluido cocina y zona pública debe soportar las nuevas condiciones o crear una zona donde se englobe la cocina, esto implica si somos consecuentes, a un cerramiento con la correspondiente categoria y una puerta cortafuego que nunca estará cerrada por tanto dejaria de ser una zona cerrada y deberiamos colocar un equipo de detección que, en caso de incendio aisle las dos zonas.
Esta segunda opción es mucho más cara.

Por otro lado al redactor del CTE me gustaria decirle que se moleste un poco más en crear las definiciones clarametne como se puede tragar uno que en el apendice de deficiniciones se defina lo que es un sector bajo rasante y no defina otros terminos más complicados que se mencionan y dan lugar a mala interpretación.
Pero en fin... no nos queda otra.
por
#151404
y_o_s_i_ escribió:[


Estoy de acuerdo con lo que dices tama58 pero que tenga que cumplir las condiciones de cerramiento no implica que se cree una zona para la cocina, me explico:
Se pueden dar dos casos parecidos pero no iguales. Por un lado podemos intentar que el cerramiento del local incluido cocina y zona pública debe soportar las nuevas condiciones o crear una zona donde se englobe la cocina, esto implica si somos consecuentes, a un cerramiento con la correspondiente categoria y una puerta cortafuego que nunca estará cerrada por tanto dejaria de ser una zona cerrada y deberiamos colocar un equipo de detección que, en caso de incendio aisle las dos zonas.
Esta segunda opción es mucho más cara.

Aquí tienes bastante de lo que comentas:

viewtopic.php?f=8&t=17647

viewtopic.php?t=7725



Por otro lado al redactor del CTE me gustaria decirle que se moleste un poco más en crear las definiciones clarametne como se puede tragar uno que en el apendice de deficiniciones se defina lo que es un sector bajo rasante y no defina otros terminos más complicados que se mencionan y dan lugar a mala interpretación.
Pero en fin... no nos queda otra.

Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro