Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#218532
Buenas.

No sé si alguien se habrá encontrado con esto (seguro), pero cuanto más me paro a seguir leyendo el RSCIEI encuentro más incongruencias.

A ver, tengo una nave tipo A (con otros recintos encima), para carpintería de madera (he hecho dos sectores de incendio, uno para producción de 400m², y otro para almacenaje y circulacion...de traspaleta).

Según mis cálculos, me sale para la actividad de producción riesgo bajo (sin problemas), pero para el almacenamiento sale riesgo medio 5 (sin muchos trucos para ser medianamente serios), y en el RSCIEI en su Anexo II, tabla 2.1 (máx. superficie admisible), para tipo A riesgo medio 5, tengo máxima superficie 300m².
De aquí saco como conclusión, que la máxima superficie por sectores de incendio sería de 300m².
Ahora en el Anexo III, en su apartado 11 (rociadores automaticos), me dice que se instalarán para edificios tipo A, riesgo medio y superficie TOTAL construida mayor a 300m².

Conclusón dudosa: ¿Cabe la actividad para un sector de más de 300 m², o ésta es la superficie máxima por sector? ¿O quiere decir qeu si le pongo rociadores a un sector de un edificio tipo A con riesgo medio puedo superar esa superficie máxima de 300m²?

Duda 2: pone una nota que me indica que si tengo rociadores con detección térmica, exime de instalar detectores... Es esto correcto??? Podría eliminar detectores si pongo rociadores y dejar únicamente los pulsadores conectados a la centralita???

Nada, para el finde que hay más tiempo.

Gracias, y saludos a los maquinillas qeu nos resuelven la vida a los torpillos...
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#218631
¿¿¿Demasiado facil la respuesta, o no hay ningún valiente por aquí estos días?????

A ver si pinchando un poco.... :nono
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#218632
Neowallace escribió:¿¿¿Demasiado facil la respuesta, o no hay ningún valiente por aquí estos días?????

A ver si pinchando un poco.... :nono


Más bien yo diría que viernes por la tarde y sábado por la mañana no es precisamente el período en que más concurrido está el foro. Paciencia, ya verás como te resuelve alguien la duda
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#218737
A ver si es verdad, que los fines de semana la gente con tiempo libre lo utilice, y pal lunes está la gente fresca...
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#218799
Yo me centro en lo que conozco, y respondo a la segunda cuestión ;)

Un sistema de detección y alarma de incendios está compuesto de unos detectores (pueden ser de temperatura fija) y un sistema acústico que de la alarma para la evacuación o actuación contra el incendio.

Un sistema típico de rociadores, con válvula de rotura (normalmente a 64 ºC) con un puesto de control con campana actuada por el flujo, cumple los requisitos anteriores (siempre que la campana se oiga en todo el recinto o se pongan varias y asumiendo que los rociadores se ponen mas próximos que lo que normalmente se exige para los detectores de temperatura, respetando las alturas máximas para los detectores)

Ahora bien, cuando algún rociador rompa, significa que tienes un fuego declarado (no un conato) y que los daños for fuego+calor+humo+agua van a ser considerables, dado que la propiedad no va a tener opción a evitar el fuego.

Aquí, como en todo, hay una discrepancia de mínimos:

Quieres cumplir los mínimos exigibles al menor precio posible, aunque el riesgo de daños sea alto?

Quieres aplicar una protección con una relación riesgo/coste instalación intermedio?

Quieres aplicar una protección que minimice el riesgo a costa de ser mas caro?
por
#218810
Neowallace escribió:Buenas.
Duda 2: pone una nota que me indica que si tengo rociadores con detección térmica, exime de instalar detectores... Es esto correcto??? Podría eliminar detectores si pongo rociadores y dejar únicamente los pulsadores conectados a la centralita???


Los rociadores con ampolla y/o fusible se basan todos en un principio de detección TERMICA. El reglamento RSCIEI(enexo III,nota apie del punto 3"siste,as de detección") te dice que si en tu instalación es preceptivo la instalación de detectores térmicos, por las condiciones del riesgo a proteger, materiales de combustión,etc. si instalas un sistema de rociadores automáticos, la instalación de detectores térmicos te la puedes "ahorrar". Por lo que si el riesgo te pide rociadores y detectores, y estos últimos han de ser por ejemplo fotoelectricos(humos), las dos instalaciones "deberían convivir en paz y armonia", y una no excluye a la otra.

Asi lo entiendo yo.

Un saludo
por
#218831
Paciencia, Neowallace: el día 28 es el patrón de Alava (y apoyándonos en el 1 de Mayo, no veas que puentes construimos aquí :brindis )

Ya te han contestado para la 2ª parte de tu pregunta: Y Para la 1ª parte tu mismo intuyes la respuesta... :) : justo antes y en la cabecera de la tabla 2.1:

2.1. La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio será la que se indica en la tabla 2.1.

Yo tambien entiendo que cada sector de riesgo medio 5 en edificios tipo A no puede ser de más de 300 m2. (a no ser que te puedas acoger a alguna de las notas del pie de la tabla: podrías llegar hasta los 750 m2, según la guía de aplicacion del RSCII que está colgada es estos mismos foros).


Esto no contradice a lo que se pide LUEGO, en el Anexo III, para las instalaciones del establecimiento industrial: si has podido aplicar alguna o varias de esas notas, podrías tener sectores de más de 300 m2 y tener que protegerlos con rociadores :) .

Yo entiendo que la norma está claramente enfocada a que sectoricemos y disminuyamos los tamaños del sector de incendios.

un saludo:
por
#218852
Neowallace escribió:
Ahora en el Anexo III, en su apartado 11 (rociadores automaticos), me dice que se instalarán para edificios tipo A, riesgo medio y superficie TOTAL construida mayor a 300m².


En la Norma que tengo dice 500 m² :shock:
por
#218853
Lo de 500 es para la zona de producción, pero para almacenamiento es más restrictivo, te pone 300m²....

Yo por lo que saco en claro, voy a tener que poner en proyecto que en una nave de 1200m² tiene para almacenar 50m² para que me salga riesgo bajo y poder tener de margen entre 1000 y 2000 m² de sector de incendios, y ya que el cliente haga lo que quiera...
por
#218888
Oooops!!. Tienes razón, son 300 m² :oops:

entonces con este valor...

- Si tienes más de 300 m² de almacenamiento no te queda otra que hacer sectores más pequeños
- Si tienes menos de 300 m² (p. ej. 299) y colocas rociadores automáticos, puedes duplicar el sector (p. ej 598)
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