Normativa que regula el mantenimiento de extintores (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#49640
Alguien me sabría decir cuanto tiempo puede tardar una empresa mantenedora de Sistemas de Protección Contra Incendios en hacerle la revisión a un extintor, o en su defecto si me podeis indicar alguna Ley, Norma, etc en la que ponga algo al respecto. Estaría muy agradecida, un saludo a tod@s.
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#49643
Te refieres a :

1- Cuanto tiempo tarda una persona en hacer una revisión a un extintor ( bien sea revisión o recarga).

2- Cada cuanto hay que hacerle las revisiones a los extintores.


Si es el punto 1, dependera de que se haga: revisión o recarga, y de la empresa o persona que lo haga.

Si tu duda es el punto 2, mirate el RIPCI. ( Reglamento de instalaciones de protección contraincendios.)
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#49644
ibernia escribió:Alguien me sabría decir cuanto tiempo puede tardar una empresa mantenedora de Sistemas de Protección Contra Incendios en hacerle la revisión a un extintor, o en su defecto si me podeis indicar alguna Ley, Norma, etc en la que ponga algo al respecto. Estaría muy agradecida, un saludo a tod@s.


El reglamento que es de aplicación a tu preginta es el Ripci de 1993 y su OD de 1998 (las tienes en legislación de la página principal)

En concreto los extintores tienen:

- Mantenimiento trimestral (tablaI)
- Mantenimiento anual (tablaII)
- Mantenimiento quinquenal (tablaII)

El mantenimiento de la tabla I lo puede realizar el titular de la actividad o una empresa mantenedora autorizada.

El mantenimiento de la tabla II lo debe realizar una empresa mantenedora autorizada.

saludos
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#49649
Me refiero a si hay algona ley o norma que diga cuanto tiempo puede tardar una persona o una empresa mantenedora en hacerle la revisión a un extintor, no a las revisiones que vienen marcadas en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
Un saludo a tod@s.
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#49650
No ibernia, lo que no es lógico es que si se os llevan los extintores, quedeis sin sistema de protección contraincendios, se deberia de suministrar unos para mientras se recargan.

Saludos.
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#49652
ibernia escribió:Me refiero a si hay algona ley o norma que diga cuanto tiempo puede tardar una persona o una empresa mantenedora en hacerle la revisión a un extintor, no a las revisiones que vienen marcadas en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
Un saludo a tod@s.


No.

saludos
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#49656
Muchas gracias o todos, me habeis ayudado bastante.
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#190230
Hola a todos, quería haceros una pregunta porque ando muy perdida con el tema de extintores.

Sé que el mantenimiento lo tienen que hacer una vez al año. El CTE remite al Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, pero no sé si hay alguna normativa más (decretos, órdenes...) en la Comunidad Valenciana.

Muchas gracias a todos
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#190277
Inmeca escribió:Hola a todos, quería haceros una pregunta porque ando muy perdida con el tema de extintores.

Sé que el mantenimiento lo tienen que hacer una vez al año. El CTE remite al Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, pero no sé si hay alguna normativa más (decretos, órdenes...) en la Comunidad Valenciana.


Que yo sepa no.

Por cierto, no es preciso cambiar el polvo de los extintores cada año. Por esta nuestra tierra es habitual hacerlo (y cobrarlo claro).
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#190744
JORDIM escribió:
Inmeca escribió:Hola a todos, quería haceros una pregunta porque ando muy perdida con el tema de extintores.

Sé que el mantenimiento lo tienen que hacer una vez al año. El CTE remite al Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, pero no sé si hay alguna normativa más (decretos, órdenes...) en la Comunidad Valenciana.


Que yo sepa no.

Por cierto, no es preciso cambiar el polvo de los extintores cada año. Por esta nuestra tierra es habitual hacerlo (y cobrarlo claro).


maestro JORDIM

Voy a montar una empresa gestora de este tipo de residuos en tu tierra, porque ............:

6 Kg de residuo al año X número de extintores existentes en "la tierra de JORDIM" deben ser unos cuantas toneladas.

un abrazo, maestro
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#190752
Es que a estas alturas la tierra de Jordim debe estar hecha de polvo de extintor :mrgreen: :mrgreen:
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#190767
Los señores Tama y Goran saben perfectamente que reciclar el polvo de extintor es tan sencillo como deshidratarlo (o sea calentarlo) volverlo a tamizar y otra vez p'adentro.

El verdadero negocio está en cobrarlo y no hacerlo :yep . En una empresa que estube hacíamos prácticas con fuego real cada año y vaciábamos los extintores en las prácticas, de este modo no tenían más webs que rellenarlos. El problema es que ese dia llegabamos a casa "empolvados" hasta los calzoncillos, pero os aseguro que practicar con fuego real mooooooola un montón y es realmente útil; además aprendes cosas como que los extintores de CO2 no apagan un pijo con fuegos tipo B aunque su indice de eficacia indique lo contrario. :mira

:saludo
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#190772
Goran Pastich escribió:Es que a estas alturas la tierra de Jordim debe estar hecha de polvo de extintor :mrgreen: :mrgreen:


... y cuando hace poniente os manda la polvareda blanca al norte (o sea, a vosotros) :mrgreen: :mrgreen:
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#190830
JORDIM escribió:Por cierto, no es preciso cambiar el polvo de los extintores cada año. Por esta nuestra tierra es habitual hacerlo (y cobrarlo claro).


JORDIM escribió:Los señores Tama y Goran saben perfectamente que reciclar el polvo de extintor es tan sencillo como deshidratarlo (¿En el extintor se hidrata?) (o sea calentarlo) (¿Lo has visto hacer?) volverlo a tamizar y otra vez p'adentro. En resumen: un filtrado sin sustitución de agente extintor.

El verdadero negocio está en cobrarlo y no hacerlo (Como todo lo que se cobra y no se hace ¿no?.). En una empresa que estube hacíamos prácticas con fuego real cada año y vaciábamos los extintores en las prácticas, de este modo no tenían más webs que rellenarlos (En que quedamos: ¿cambiar, reciclar o rellenar?). El problema es que ese dia llegabamos a casa "empolvados" hasta los calzoncillos, pero os aseguro que practicar con fuego real mooooooola un montón y es realmente útil; además aprendes cosas como que los extintores de CO2 no apagan un pijo con fuegos tipo B aunque su indice de eficacia indique lo contrario. (Un extintor de CO2 apaga lo que apaga. ¿Te parece "poco pijo" apagar un hogar 89 B con un extintor de 5 Kg de CO2?. Creo que ya hemos hablado que la misión de un extintor de CO2 es apagar incendios incipientes causando menor daño que otros agentes extintores en equipos delicados.

:saludo


un abrazo
por
#191058
raveri escribió:No ibernia, lo que no es lógico es que si se os llevan los extintores, quedeis sin sistema de protección contraincendios, se deberia de suministrar unos para mientras se recargan.

Saludos.


Es que lo normal es dejar extintores en deposito mientras te realizan los mantenimientos. Que por otra parte excepto los retimbrados (quinquenales) el resto de mantenimientos anuales te los pueden hacer en tus instalaciones.
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