Hola TAMA58,
TAMA58 escribió:No conozco ningún "recinto utilizado como almacén de perfiles metálicos con una bombilla de 100 W a 220 V". Pero nunca lo protegería con "extintores portatiles de agua".
Lo protegería con extintores portátiles de polvo ABC de capacidad mínima 6 Kg y eficacia dependiendo del riesgo del sector, complementados con extintores de CO2 (donde considere necesario).
Segun tu interprt......, perdon opinion, no es que nunca lo protegerias con extintores portatiles de agua, es que el RSCIEI los prohibe, en este caso, ya que el agua es conductora de la electricidad.
TAMA58 escribió:Si por las carácterísticas del "recinto" que citas fuera necesario protegerlo con un sistema de bies, lo haría.
Aqui ya parece que conduce menos la electricidad.
TAMA58 escribió:Mi opinión, que no interpretación, es que el "espíritu" del RSCIEI es fijar un tamaño mínimo de extintor y unos agentes extintores determinados; eso si, se podía mejorar la redacción.
En tu "interpretación":
¿Por qué crees que un extintor de polvo debe ser como mínimo de 6 Kg en un cuarto de contadores eléctricos y puede ser de 4 Kg en otros recintos del sector?
Quizas por las características especiales de un fuego "electrico".
TAMA58 escribió:¿Para cuántas "bombillas de 100 W a 220 V" sería obligatorio colocar extintores de 6 Kg en lugar de 4 Kg?
Bajo mi interopinion, nunca. La verdad no se porque se pone, en ningun caso, un minimo para el peso de los extintores, deberia de colocarse los extintores segun su eficacia, no su peso minimo.
De todas formas, ¿cual es tu opinion sobre el porque se puede utilizar agua en las BIEs y no en los extintores para un mismo fuego?
Saludos