Resistencia y estabilidad, aptitud al servicio, acciones en la edificación, cimientos, estructuras de acero, fábrica, madera
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#100460
Pues eso,me ha venido una empresa bastante grande que tiene 5 naves de unos 700m2 cada una, y lleva trabajando 40 años y necesita que le legalice estructuras por un lado y por otro actividad.

Me ha dicho que empecemos por las estructuras,pero vamos no se ven las zapatas ni siqiera los pilares xq esta todo tapado con masa y enfoscado.solo en algunas naves se ven las cerchas gigantes, que llevan 40 años sin caerse...pero da miedo firmarlo.

que hago?? lo firmo?? le pido una pasta gansa??
supongo que no tngo que pedir licencia de obras no?? que pasos hay que seguir??

si estuviera en otra situacion los mandaria al carajo, pero llevamos muxos meses de sequia i me temo q tndre q pasar por el aro.

gracias
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#100835
Unas naves de 40 años, no creo que necesiten legalizar... Ya lo deben ser. Si se puede, se pide certificado de antiguedad y listo. Si no se puede ir por ahí, mal lo veo, no cumplirás ni la tapa del CTE.

La actividad es otra cosa, ya que con el tiempo no se legaliza. Pero se puede hacer el proyecto de actividad. Y el tema estructural te afecta únicamente para PCI. Si fuera así es muy probable que para "legalizar" (que mal suena) además del trámite haga falta mejorar BT, antincendios, accesos...
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#100991
El CTE tiene un anejo para el estudio de estructuras existentes.
Cuestión aparte es que para legalizar se exija o no cumplir la normativa vigente en el momento de la legalización, yo ya leí muchos textos contradictorios en ese sentido y no lo tengo claro.
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#101164
ufff esto esta compicado..a ver

el tema esta en que desde urbanismo han enviado(enviaron hace 5 años pero ahora acaba el plazo) un escrito a todas las viviendas e industrias de la zona, requiriendo legalizacion de las viviendas y de las estructuras y actividades de las industrias,ya que son muy antiguas y la zona ahora tiene un alto valor economico.

para el apartado estructural de las industrias inican que se debe abordar del mismo modo que las viviendas.

memoria (justificacion urbanistica,descripcion de la edificacion,estado de conservacion,obras de conservacion,PCI NBE-CPI-96...)
planos( situacion,estructuras,plantas,alzados...)
presupuesto no hace falta

me he metido en otros foros a ver el tema de legalizacion de viviendas y me he liado aun mas con el certificado de antiguedad,legalizacion...aunq lo q piden en el escrito es LEGALIZACION

El tema es q en el momento de legalizar tiene q cumplir la normativa vigente,y claro eso es imposible,aunq tbn e leido q si la infraccion urbanistica ha caducado...ya no hace falta!! otros dicen que hay que hacer catas a la estructura y ver si aguanta...ya que se adquieren las mismas responsabilidades que con un proyecto de obra nueva..

buff esto es muuy coplicado!!!
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#101191
No te extrañe la complejidad. Desde el punto de vista jurídico, siempre leí que los expedientes de legalización han de cumplir la normativa vigente en el momente de la legalización.
Por ejemplo, varias recopilaciones de respuestas de consultas realizadas a CSCAE, como por ejemplo
http://www.instale.com/ingenieros/wp-co ... erales.pdf
Pág. 3
o esta
http://www.coar.es/cte/ficheros/CONSULT ... MAYO07.pdf
Pág. 6
Se puede leer que:
A los expedientes de legalización les afecta de igual modo los mismos criterios de aplicación del código técnico que a las licencias, y será la fecha de solicitud la que indique la normativa vigente en cada caso.
De ser este el caso, la estructura se analizaría según el anejo D.

Recientemente leí algo en sentido contrario, a ver si lo encuentro.

Por cierto, nonorizoss, no me suena haberte leído por SA. :roll:
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#101257
¿Pero como te puede pedir el Ayuntamiento una legalización? Si no es legal debe abrir un expediente de infracción y punto, suponiendo, como dices que no es una construcción reciente.

Desde el punto de vista urbanístico, la legislación indica cual es el plazo por el que una edificación se considera "antigua", y otros plazo por la prescripción de la infracción urbanística.

Esto depende de la legislación de cada comunidad, pero por lo general, si es suelo común, y si se demuestra una antiguedad superior a los 10 años, y NO HAY INFRACCIÓN abierta, entonces la edificación es legal.

Si quieres dar un buen servicio al cliente, ve al Ayuntamiento con un abogado y que te expliquen el tema.
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#104497
pues si,en la ventanilla 2 me dijeron que al tener las naves mas de 15 años y no haber sido denunciadas nunca, la infraccion urbanistica caduca.

aunque para variar,en la ventanilla 6 donde se supone me darian el escrito que debia rellenar,me dijo que sí debia redactar un proyecto...

el caso es que me quede sin saberlo exacto xq me fui a casa cabreao xq el de la ventanilla 2 tbien me dijo que habian ido otros ingenieros para el mismo cliente a preguntar lo mismo....
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