Certificado fin de obra (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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por
#100919
Hola,

he empezado ha hacer mis primeras icts, pero me ha surgido el problema
del certificado fin de obra. Para empezar me gustaría saber cuando es necesario o cuando lo piden.

Me han dicho que en edificios con menos de 20 viviendas no lo suelen pedir, pero como puedo saberlo con certeza. ¿Hay que ir al ayuntamiento o es igual para toda la comunidad? Es para dar un presupuesto u otro. La ict actual es de 17 viviendas

En el caso de que hiciera falta tengo otra duda. Tengo dos posibles soluciones para el certificado fin de obra:
1ª Contratar a una empresa para que me la haga (el proyecto me subiría mucho)
2º (En la q tengo la duda) Conozco a una persona que tiene medidor de campo y sabe hacer las mediciones (se dedica a eso) pero no es ingeniero, luego no puede firmar la certificación. ¿Puedo ir yo con el, medir
y firmar la certificación fin de obra? En este ultimo caso, me gustaría saber si hay algun tipo de riesgo.

Muchas gracias por todo.
por
#101185
Hola.
Sé que con menos de 20 viviendas, las certifica el instalador, pero mejor que:

1. Lo busques en el reglamento ICT
2. Lo preguntes en la delegación de Telecomunicaciones.
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#101634
Con menos de 20 viviendas ""no es obligatoria la firma del ingeniero", eso quiere decir:

1º que el Certificado Final de Obra (cfo) lo hace por completo el instalador y tu te olvidas.
2º Si el instalador no sabe hacerlo, lo haces tu con sus mediciones y le factguras al instalador que luego se lo cobra al promotor como si lo hubiese hecho el (suele ser en B)
3º Le comentas esta situación al promotor dejandole claro que si lo revisa el ingeniero la instalación estará mejor realizada y no tendrá problemas con los compradores, si acepta,lo haces tu y lo firmas y lo visas tu u se lo cobras como si fuiese un proyeco. En cuanto a lo del medidor de campo, en principio puedes utilizar el medidor de campo del instalador ya que este debe ir contigo durante la revisión, si hay algun problema (que no debe haberlo) puedes pedirle el medidor a tu amigo, no pasa nada.

Mi recomendación que hagas lo 1º o lo 3º
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#101722
Hola Ufe,

Como bien dice jayma, para menos de 20 viviendas no es oblitario la firma del ingeniero.

ufe escribió:Me han dicho que en edificios con menos de 20 viviendas no lo suelen pedir, pero como puedo saberlo con certeza. ¿Hay que ir al ayuntamiento o es igual para toda la comunidad? Es para dar un presupuesto u otro. La ict actual es de 17 viviendas

La normativa es igual para todo el mundo al tratarse del RD 401/2003.

jayma escribió:Si el instalador no sabe hacerlo, lo haces tu con sus mediciones y le factguras al instalador que luego se lo cobra al promotor como si lo hubiese hecho el (suele ser en B)

Nunca me he encontrado a un instalador que no sepa hacer una certificación para ICT's de menos de 20 viviendas.

Por último, te faltaría hacer el acta de replanteo una vez entregado el proyecto ICT y empiecen las obras de la infraestructura. El acta de replanteo es obligatoria.

Un saludo.
por
#102222
Entendido.

Por suerte este proyecto es de menos de 20 viviendas. Cuando sean más, tendre que buscarme la vida, jeje.

Muchas gracias por todo una vez más
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#102310
wolfhuk escribió:
jayma escribió:Si el instalador no sabe hacerlo, lo haces tu con sus mediciones y le factguras al instalador que luego se lo cobra al promotor como si lo hubiese hecho el (suele ser en B)

Nunca me he encontrado a un instalador que no sepa hacer una certificación para ICT's de menos de 20 viviendas.

Un saludo.


Yoooo siiii, y no solo uno... :cabezazo
por
#102374
Buenas tardes,

x ufe:
Entiendo que te refieres al Proyecto de ICT y, no a la instalación. Si es así lo suyo sería que comenzaras a leer el R.D. 401/2003 y la Orden 1296 de 14 de mayo de 2003. Luego iras viendo que es necesario ir leyendo más leyes, R.D. y Ordenes.

Intentaré responder tus dudas, preguntas.

he empezado ha hacer mis primeras icts, pero me ha surgido el problema
del certificado fin de obra. Para empezar me gustaría saber cuando es necesario o cuando lo piden.

Me han dicho que en edificios con menos de 20 viviendas no lo suelen pedir, pero como puedo saberlo con certeza. ¿Hay que ir al ayuntamiento o es igual para toda la comunidad? Es para dar un presupuesto u otro. La ict actual es de 17 viviendas


Epígrafe 3 del árticulo 3 de la Orden 1296 de 14 de mayo de 2003:
Código: Seleccionar todoFinalizados los trabajos de ejecución del Proyecto Técnico mencionado, la empresa instaladora de telecomunicaciones que ha ejecutado la ICT hará entrega al titular de la propiedad, o su representación legal, del edificio o conjunto de edificaciones, de un Boletín de Instalación, por triplicado ejemplar, que se ajuste al modelo normalizado incluido como anexo IV a esta Orden, como garantía de que ésta se ajusta al Proyecto Técnico.

Dicho Boletín de Instalación acompañará a un Certificado de Fin de Obra, por triplicado ejemplar, que se ajuste al modelo normalizado incluido como anexo III, expedido por el Ingeniero de Telecomunicación o Ingeniero Técnico de Telecomunicación de la especialidad correspondiente que haya actuado como director de obra, visado por el Colegio profesional correspondiente, como garantía de que la instalación se ajusta al Proyecto Técnico, al menos en los siguientes casos:

- Cuando el Proyecto Técnico se refiera a la realización de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios o conjunto de edificaciones de más de 20 viviendas.

- Que en las infraestructuras comunes de telecomunicación en edificaciones de uso residencial se incluyan elementos activos en la red de distribución.

- Cuando el Proyecto Técnico se refiera a la realización de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios o conjunto de edificaciones de uso no residencial.



En el caso de que hiciera falta tengo otra duda. Tengo dos posibles soluciones para el certificado fin de obra:
1ª Contratar a una empresa para que me la haga (el proyecto me subiría mucho)
2º (En la q tengo la duda) Conozco a una persona que tiene medidor de campo y sabe hacer las mediciones (se dedica a eso) pero no es ingeniero, luego no puede firmar la certificación. ¿Puedo ir yo con el, medir
y firmar la certificación fin de obra? En este ultimo caso, me gustaría saber si hay algun tipo de riesgo.

Sigo respondiendo pensando que vas a realizar el Proyecto de I.C.T. y la Certificación Fin de Obra.

En el caso que hiciera falta la Dirección de Obra y Certificado Fin de Obra según lo expuesto anteriormente, solo tendrías que realizar el Certificado. Es decir, harías el Proyecto, visitarías la obra en determinadas ocasiones "Dirección de Obra" harías el Acta de Replanteo "normalmente la primera visita a obra" y cuando la empresa instaladora terminara la instalación "según tu proyecto y/o Modificaciones-Anexos" esta realizaría el Protocolo de Pruebas (lo suyo es que estés delante cuando realice las mediciones) y el Boletín de Instalación.

Adjuntarás el Protocolo de Pruebas (lo debes haber revisado en la última visita a obra) junto con la Certificación Fin de Obra (puedes ver un ejemplo de cada formulario en la Orden 1296) y lo mandaras a tu Colegio para Visarlo. Una vez visado y firmado, lo firmará la empresa instaladora y se lo entregaras al Promotor. Que a su vez lo entregará en Inspección de Telecomunicaciones.

Hay en Comunidades que Inspección frecuenta las obras, si es tu caso, lo más razonable es que te acerques con ellos por si hubiera algo que justificar, aunque te lo pedirán por escrito.

Vaya tocho que he metido… espero que te sea de ayuda.

P.D.- Con esto quiero decirte que no es necesario que tengas medidor, ni que lo alquiles, etc... Esa parte la tiene que hacer el instalador, por ello es necesario para ser instalador de telecomunicaciones y no para realizar proyectos "Aunque si aconsejable, muy aconsejable".
por
#105219
y si fueran 19 viviendas y 3 locales?,

¿ haría falta dirección de obra y certificado final de obra ?
por
#105308
y si fueran 19 viviendas y 3 locales?,

¿ haría falta dirección de obra y certificado final de obra ?


- Cuando el Proyecto Técnico se refiera a la realización de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios o conjunto de edificaciones de más de 20 viviendas.

Según la Orden no haría falta, pero se "sobreentiende" o así lo hacen los Jefes de Inspección que es con más de 20 Puntos de Aceso a Usuario, ya sean viviendas o locales. Es decir, la suma de ambos.

Salu2 a to2.
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#105401
nikokiller escribió:y si fueran 19 viviendas y 3 locales?,

¿ haría falta dirección de obra y certificado final de obra ?


Sí, como bien dice sanITO es la suma.

Un saludo.
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#105419
ok, gracias, me lo suponia.
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