Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
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#102373
Hola compañeros.
Tengo una duda respecto a la superficie a considerar para determinar las medidas contra incendios necesarias.
Estoy realizando el proyecto de un cobertizo de 1.800 m2 para destinarlo a almacen con dos laterales totalmente abiertos y separado más de 5 m de cualquier otra nave y de los linderos, (Nave tipo D). El caso es que en la misma parcela, perteneciendo al mismo propietario existen varias naves con una superficie contruida total de 9.000 m2 con sus medidas contra incendios, todas las instalaciones incluida la que estoy proyectando se dedican a la misma actividad (carpinteria de madera). A la hora de determinar si necesito o no sistemas de comunicacion de alarma (punto 5.1 del RSCIEI) indica que es necesario si la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio del establecimiento industrial es de 10.000 m2 o superior, en este caso ¿cual es el establecimiento industrial, mi cobertizo solo, o el conjunto de todas las naves? y en el caso de que se refiera al conjunto total, ¿debo implantarlo solo en mi cobertizo o en todo el conjunto?
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#102385
Hombre, yo considero que el establecimiento, a efectos de normativa, es la nave de 1800m2, el resto de naves constituyen establecimientos diferentes. De todos modos, es obligatoria la instalación de un sistema manual de alarma...por lo que poner unas cuantas sirenas, que en definitiva es el sistema de comunicación de alarma, ya va implicito en el propio sistema de pulsadores...no seria lógico que el pulsador no estuviera asocido a una señal acústica...
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#102516
Hola filines,

filines escribió:Hola compañeros.
Tengo una duda respecto a la superficie a considerar para determinar las medidas contra incendios necesarias.
Estoy realizando el proyecto de un cobertizo de 1.800 m2 para destinarlo a almacen con dos laterales totalmente abiertos y separado más de 5 m de cualquier otra nave y de los linderos, (Nave tipo D). El caso es que en la misma parcela, perteneciendo al mismo propietario existen varias naves con una superficie contruida total de 9.000 m2 con sus medidas contra incendios, todas las instalaciones incluida la que estoy proyectando se dedican a la misma actividad (carpinteria de madera). A la hora de determinar si necesito o no sistemas de comunicacion de alarma (punto 5.1 del RSCIEI) indica que es necesario si la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio del establecimiento industrial es de 10.000 m2 o superior, en este caso ¿cual es el establecimiento industrial, mi cobertizo solo, o el conjunto de todas las naves? y en el caso de que se refiera al conjunto total, ¿debo implantarlo solo en mi cobertizo o en todo el conjunto?


Yo solo pondria extintores, ya que el area de incendio es 1800 m2 y por lo tanto no es necesario colocar nada mas.

Saludos
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#102517
Hola fizban,

fizban escribió:Hombre, yo considero que el establecimiento, a efectos de normativa, es la nave de 1800m2, el resto de naves constituyen establecimientos diferentes. De todos modos, es obligatoria la instalación de un sistema manual de alarma...por lo que poner unas cuantas sirenas, que en definitiva es el sistema de comunicación de alarma, ya va implicito en el propio sistema de pulsadores...no seria lógico que el pulsador no estuviera asocido a una señal acústica...

El sistema manual de alarma solo es para los sectores de incendios, no para las areas de incendios, por lo que en este caso no es obligatorio ponerlos.

Saludos
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#102532
Hola
Gracias por las respuestas muy aclaratorias y didacticas.
Me ha quedado claro que el establecimiento lo constituye únicamente mi edidifico de 1800 m2 y efectivamente al ser un área de incendio solo estoy obligado a colocar extintores ya que para el resto de los sistemas de extinción siempre habla de sectores de incendio.
Gracias de nuevo y saludos
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#102538
Hola filines,

filines escribió:Hola
Gracias por las respuestas muy aclaratorias y didacticas.
Me ha quedado claro que el establecimiento lo constituye únicamente mi edidifico de 1800 m2 y efectivamente al ser un área de incendio solo estoy obligado a colocar extintores ya que para el resto de los sistemas de extinción siempre habla de sectores de incendio.
Gracias de nuevo y saludos


Yo no lo tendria tan claro. Para mi el establecimiento es el conjunto de naves y del cobertizo. Dentro de tu establecimiento se dan diferentes configuraciones, C y D, y tu actuas solo sobre una de ellas, la tipo D, la cual has de tratar de forma diferenciada segun el punto 2.3 del Anexo I del RSCIEI.
Otra cosa, para las areas de incendio no solo debes de mirar los extintores, si no tambien las BIEs, los hidrantes, sistemas de columna seca y los sistemas de abastecimiento, aunque en tu caso solo hagan falta extintores.

Saludos
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#102592
Hola Franele
La duda principal que yo tenia era que si cuando se habla superficie total construida, debo considerar solo la superfie de mi cobertizo o la total de todas las naves más el cobertizo. Entiendo que para el sistema de comunicación de alarma es la superficie del conjunto (aunque solo de los sectores de incendio, no de las áreas de incendio como es mi caso) y para el resto de sistemas, bies, hidrantes, etc, la superficie a tener en cuenta es la superficie del sector o área de incendio considerado (en este caso la de mi cobertizo).
Si por ejemplo en mi caso en vez de ser tipo D fuera una nave tipo C de la misma superficie de 1.800 m2, se debería colocar un sistema de comunicación de alarma en mi sector y en todos los demás ya que la superficie total es mayor de 10.000 m2. evidentemente tambien deberia comprobar bies, hidrantes y demas.
Saludos
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