Real Decreto 222/2008, distribución de energía eléctrica (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Instaciones eléctricas de baja, media y alta tensión; cables y accesorios, falsificaciones, métodos y técnicas de energía, data center, medida y control eléctrico
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#102752
Estimados todos:

Cuidadín con cantar victoria con los famosos 100 kW en BT por lo siguiente.

1-. En la distribuidora de mi zona cuyos niños salen en anuncio diciendo que "papá, mamá voy a ser madre", me comentan que ellos no han recibido orden de aplicar dicho real decreto 222.

2-. Es más que engorroso y pescadilla que se muerde la cola, al menos en mi opinión a ver la vuestra, el artículo 9 apartado 3 donde dice:

"las instalaciones de nueva extensión de red necesaria para atender a nuevos suministros o ampl de existentes da hasta 100 kW en BT y 250 en MT, EN SUELO URBANIZADO QUE CON CARACTER PREVIO A LA NECESIDAD DE SUMINISTRO ELÉCTRICO CUENTE CON LAS DOTACIONES Y SERVICIOS REQUERIDOS POR LA LEGISLACIÓN URBANÍSTRICA, DEFINIDO POR EL ARTÍCULO 12.3 DE LA LEY 8/2007, SERÁN REAALIZADAS POR EMPESA DISTRIBUIDORA DE LA ZONA, DANDO LUGAR A LA APLICACIÓN DERECHO EXTENSIÓN SIEMPRE QUE NO ESTÁN INCLUÍDAS EN EL PLAN DE INVERSIÓN....".

Si vemos el citado artículo 12.3 de la ley del suelo, recoge que "SE ENCUENTRA EN LA SITUACIÓN DE SUELO URBANIZADO EL INTEGRADO DE FORMA LEGAL Y EFECTIVA EN LA RED DE DOTACIONES Y SERVICIOS PROPIOS DE LOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN. SE ENTIENDE ESTO CUANDO LAS PARCELAS, EDIFICADAS O NO, CUENTEN CON DOTACIONES Y LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA O PUEDAN LLEGAR A CONTAR CON ELLOS SIN OTRAS OBRAS QUE LAS DE CONEXIÓN DE LAS PARCELAS A LAS INSTALACIONES YA EN FUANCIONAMIENTOS"

Perdonad por los quijotes escritos. Con ello lo que quiero decir es que la distribuidora te puede alegar que tu no puedes conectarte a las iinstalascioens por que no tiene capacidad. No se, quisiera saber vuestra opinión.

Preguntaros tb, desde cuando el 222/2008 entra de manera obligatoria en vigor.

Un saludo.
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#102775
dobogo escribió:Estimados todos:

Cuidadín con cantar victoria con los famosos 100 kW en BT por lo siguiente.

1-. En la distribuidora de mi zona cuyos niños salen en anuncio diciendo que "papá, mamá voy a ser madre", me comentan que ellos no han recibido orden de aplicar dicho real decreto 222.

.


Ni yo de aplicar el CTE, no te fastidia....
Es un Decreto y hay que cumplirlo.
Es increible.... :cabezazo
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#102778
dobogo escribió:Preguntaros tb, desde cuando el 222/2008 entra de manera obligatoria en vigor.

Un saludo.


Pues yo no tengo duda.

Disposición final sexta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
Dado en Madrid, el 15 de febrero de 2008.
JUAN CARLOS R.


Usease el día del Padre de este 2008.



Que no te maree nadie, que me parece que quieren torearte; no te dejes.
Habla con el Colegio.
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#102799
Gracias Mazinger, mi caso es algo más complejo que paso a detallar de manera resumida.

Cliente, en realidad amigo personal, promotor de edificio de 12 viviendas sin locales ni garaje. En los albores del 2007, el arquitecto hace petición pto de conexión con potecia de 116 kW. Le piden CT en la promoción. El tal arquitecto no usa coefi de simultaneidad con lo que el pronmotor amigo me lo consulta, me meto en ello y en Junio de 2008, hago nueva solicitud por 97.55 kW que la distribuidora acepta pidiendo conexión a CT existente de ellos a 200 m con anillo de BT MÁS 25000 E PARA REFORMA DE CT. Hasta ahí acepto salvo en lo siguiente.

1-. Voy a la zona y cual es mi sorpresa cd veo que en la acera de la promo existe canalización y arqueta que abro, observo qeu tiene dos ctos de BT más tubos reservas cd el técnico de la distribuidora me dijo que no había infraestructura eléctrica en la zona.

2-. Me escama esos 25.000 e sin un triste por qué o que se va a hacer para pedir la consiguiente indemnización o resarcimiento.

3-. Se me enciende la bombilla y digo, ¡conio si no paso de 100 y cumple el 222!

Esto último ha sido esta misma mañana.

Con todo, creo qeu lucharé para que le pongan la luz pagando sólo derecho de acometida pero me acojona que me digan que esto viene desde antes del día del padre del vigente año. Aun así no descarto ir a Industria a que resuelva.

Gracias.
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#102846
http://www.soloingenieria.net/foros/vie ... 9&start=15

:mira

El régimen económico de los derechos de acometida y demás actuaciones necesarias para atender los requerimientos de suministro de los usuarios se establecerá por orden ministerial, previo informe de la Comisión Nacional de Energía y previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos mediante la aplicación de un baremo por potencia y nivel de tensión en € por kW de potencia solicitada en extensión y contratada en acceso, de forma que se asegure la recuperación de las inversiones y gastos en que incurran las empresas distribuidoras. Los ingresos por derechos de extensión, acceso y supervisión de instalaciones cedidas se considerarán, a todos los efectos, retribución de la actividad de distribución
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#103167
rainby escribió:http://www.soloingenieria.net/foros/viewtopic.php?t=12909&start=15

:mira


:mira :yep
por
#103270
Rainby, este RD dice efectivamente eso, que deberán publicarse unos nuevos baremos, pero no dice que no pueda aplicarse el 222 hasta que estén publicados. Nos quedamos en tierra de nadie, y no dudo de que en casos así siempre salimos perjudicados frente a las eléctricas, pero albergo alguna esperanza.

De todas formas, en mi caso, ya he puesto en marcha, ayer mismo, la maquinaria para conseguir que la compañía no me pida CT en una promoción de 77 KW. Ahora, a ver qué me responden ... y cuándo. De momento tengo tiempo, esperemos que no me lo termine comiendo.
por
#103271
dobogo escribió:....
Si vemos el citado artículo 12.3 de la ley del suelo, recoge que "SE ENCUENTRA EN LA SITUACIÓN DE SUELO URBANIZADO EL INTEGRADO DE FORMA LEGAL Y EFECTIVA EN LA RED DE DOTACIONES Y SERVICIOS PROPIOS DE LOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN. SE ENTIENDE ESTO CUANDO LAS PARCELAS, EDIFICADAS O NO, CUENTEN CON DOTACIONES Y LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA O PUEDAN LLEGAR A CONTAR CON ELLOS SIN OTRAS OBRAS QUE LAS DE CONEXIÓN DE LAS PARCELAS A LAS INSTALACIONES YA EN FUANCIONAMIENTOS"

Perdonad por los quijotes escritos. Con ello lo que quiero decir es que la distribuidora te puede alegar que tu no puedes conectarte a las iinstalascioens por que no tiene capacidad. No se, quisiera saber vuestra opinión.

Preguntaros tb, desde cuando el 222/2008 entra de manera obligatoria en vigor.

Un saludo.


Dobogo, la frase «sin otras obras que las de conexión de las parcelas a las instalaciones ya en funcionamiento» es poco precisa y admite muchas interpretaciones. Yo creo que una slicitud de suministro a realizar en u na calle consolidada de un nucleo urbano no debe admitir duda en este sentido.
por
#103272
dobogo escribió:Gracias Mazinger, mi caso es algo más complejo que paso a detallar de manera resumida.

Cliente, en realidad amigo personal, promotor de edificio de 12 viviendas sin locales ni garaje. En los albores del 2007, el arquitecto hace petición pto de conexión con potecia de 116 kW. Le piden CT en la promoción. El tal arquitecto no usa coefi de simultaneidad con lo que el pronmotor amigo me lo consulta, me meto en ello y en Junio de 2008, hago nueva solicitud por 97.55 kW que la distribuidora acepta pidiendo conexión a CT existente de ellos a 200 m con anillo de BT MÁS 25000 E PARA REFORMA DE CT. Hasta ahí acepto salvo en lo siguiente
......


Lo de los 25 mil me hace mucha gracia. ¿En qué se basan para pedirlo? ¿No especifica claramente tanto el 222 como el 1955 que la cantidad a pagar será una cantidad fija por KW, sin más historias? Vaya tela, joer, vaya tela con las compañías.
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#103279
Juan.Antonio escribió:
dobogo escribió:Gracias Mazinger, mi caso es algo más complejo que paso a detallar de manera resumida.

Cliente, en realidad amigo personal, promotor de edificio de 12 viviendas sin locales ni garaje. En los albores del 2007, el arquitecto hace petición pto de conexión con potecia de 116 kW. Le piden CT en la promoción. El tal arquitecto no usa coefi de simultaneidad con lo que el pronmotor amigo me lo consulta, me meto en ello y en Junio de 2008, hago nueva solicitud por 97.55 kW que la distribuidora acepta pidiendo conexión a CT existente de ellos a 200 m con anillo de BT MÁS 25000 E PARA REFORMA DE CT. Hasta ahí acepto salvo en lo siguiente
......


Lo de los 25 mil me hace mucha gracia. ¿En qué se basan para pedirlo? ¿No especifica claramente tanto el 222 como el 1955 que la cantidad a pagar será una cantidad fija por KW, sin más historias? Vaya tela, joer, vaya tela con las compañías.


Jose.Antonio, si tú mismo has reconocido que no hay baremo publicado, :roll: ¿cómo van a cobrar una cantidad fija por kW si el estupendo gobierno que tenemos no la ha publicado? :ein

Presionad a la CNE a través de vuestros colegios, pues es la CNE quien tiene que lanzar la propuestas inicial de baremo, ...
por
#103285
Ya, Raiby, no me fustigues, no creas que no lo he pensado mientras lo escribía ... pero déjame que me agarre a alguna tabla de salvación :fumeta :fumeta
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#103287
Juan.Antonio escribió:Ya, Raiby, no me fustigues, no creas que no lo he pensado mientras lo escribía ... pero déjame que me agarre a alguna tabla de salvación :fumeta :fumeta



Juan Antonio, la tabla de salvación es una vez publicado el baremo reclamar la devolución de la diferencia de todos los presupuestos pagados a la compañía por acometidas inferiores a 100 kW, o bien esperar un poquito antes de pedir una petición de suminsitro, porque según se dice con la vuelta al cole hay una propuesta de baremo que se publicará antes de final de año...

:oops: ¡Qué yo no fustigo a nadie, hombre ! :beso
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#103347
Bufff ... pues a ver si es verdad que se publica el puñ....ro baremo antes de fin de año (que me vale) y queda todo claro.
por
#103362
rainby escribió:Hola

Os adjunto unos enlaces al nuevo real decreto 222/2008, por el que se establece el régimen retributivo de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Saludos


Muchas gracias, compañero :comunidad
Saludos :saludo
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#104258
Muchas gracias por la información :botando
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