- 31 Ene 2007, 00:23
#1047
A ver, recordando lo que me comentó Luis sobre la zona más o menos de la nave.
Debe tratarse de un establecimiento (yo entiendo que industrial) en nave adosada como las habituales en la zona. Tipo B.
En cuanto a la carga de fuego ahí debe estar el truqui. Es difícil aplicar la caracterización del establecimiento sin conocer las mercancías habituales.
Pero lo que me comentó fue que podía ser cualquier tipo de mercaderías.
Ante la duda, la más tetuda... supongo.
Podríamos ver las posibilidades sobre estas premisas genéricas y luego ver si hay alguna posibilidad técnica de evitar la instalación de bies, depósito, bomba contra incendio.....
¿ Que dirá la Administración si no se instalan ?
Gracias
Comoooooo les echaba de menos.