SU 7 - Barrera de protección (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Seguridad frente al riesgo de caídas, de impacto o atrapamiento, aprisionamiento, iluminación inadecuada, situaciones con alta ocupación, ahogamiento, vehículos en movimiento, acción del rayo, accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas
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#96585
Hola a todos,

En el punto del DB SU 7 del CTE - 3 Protección de recorridos peatonales, en el subpunto 2 obliga a instalar, frente a las puertas que comunican con otras zonas (en mi caso la comunicación con el vestíbulo de independencia), barreras a una distancia de las puertas de 1200m como mínimo y una altura de 800mm.

Leí hace tiempo que el DAV-SU proponía en un borrador que las dos condiciones de ese apartado serían aplicables para aparcamientos con capacidad mayor de 200 vehículos o superficie mayor de 500 m2.
Como todavía no se si se ha hecho oficial el documento, y como mi aparcamiento es de 8 plazas y 200m2, ¿me gustaría saber que suele hacer la gente en estos casos?

Un saludo.
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#96696
Te lo digo de memoria pero si no me equivoco lo que comentas es de aplicación en aparcamientos con más de 200 vehiculos por planta o con superfície superior a 5000m2.

:brindis
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#96761
bubble escribió:Te lo digo de memoria pero si no me equivoco lo que comentas es de aplicación en aparcamientos con más de 200 vehiculos por planta o con superfície superior a 5000m2.

:brindis


Hola bubble,

¿Pero está en vigor? Es decir, en el aparcamiento de 8 plazas que estoy proyectando, ¿no estoy obligado a ponerlo?

Un saludo.
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#96778
Hola a ver ahora me has hecho dudar. El CTE-DB SU dice:

3 Protección de recorridos peatonales
1 En plantas de Aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie mayor que
5000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no familiarizadas con el edificio)
se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas
zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho desnivel exceda de 550 mm, se protegerá conforme a
lo que se establece en el apartado 3.2 de la sección SU 1.


2 Frente a las puertas que comunican el aparcamiento con otras zonas, dichos itinerarios se protegerán
mediante la disposición de barreras situadas a una distancia de las puertas de 1200 mm, como
mínimo, y con una altura de 800 mm, como mínimo.


Si nos fijamos exclusivamente en lo que dice el punto 2, parece que se refiera a TODOS los aparcamientos, independientemente de la superficie o numero de plazas...pero vamos yo no lo he visto nunca en aparcamientos que no tengan esas dimensiones citadas. No obstante voy a enviarle un e-mail al contacto del Ministerio a ver si me lo aclara, vale?

Un saludo!
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#96992
bubble escribió:Hola a ver ahora me has hecho dudar. El CTE-DB SU dice:

3 Protección de recorridos peatonales
1 En plantas de Aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie mayor que
5000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no familiarizadas con el edificio)
se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas
zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho desnivel exceda de 550 mm, se protegerá conforme a
lo que se establece en el apartado 3.2 de la sección SU 1.


2 Frente a las puertas que comunican el aparcamiento con otras zonas, dichos itinerarios se protegerán
mediante la disposición de barreras situadas a una distancia de las puertas de 1200 mm, como
mínimo, y con una altura de 800 mm, como mínimo.


Si nos fijamos exclusivamente en lo que dice el punto 2, parece que se refiera a TODOS los aparcamientos, independientemente de la superficie o numero de plazas...pero vamos yo no lo he visto nunca en aparcamientos que no tengan esas dimensiones citadas. No obstante voy a enviarle un e-mail al contacto del Ministerio a ver si me lo aclara, vale?

Un saludo!


Muchas gracias! A ver que dicen ...
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#97998
wolfhuk escribió:
bubble escribió:Hola a ver ahora me has hecho dudar. El CTE-DB SU dice:

3 Protección de recorridos peatonales
1 En plantas de Aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie mayor que
5000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no familiarizadas con el edificio)
se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas
zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho desnivel exceda de 550 mm, se protegerá conforme a
lo que se establece en el apartado 3.2 de la sección SU 1.


2 Frente a las puertas que comunican el aparcamiento con otras zonas, dichos itinerarios se protegerán
mediante la disposición de barreras situadas a una distancia de las puertas de 1200 mm, como
mínimo, y con una altura de 800 mm, como mínimo.


Si nos fijamos exclusivamente en lo que dice el punto 2, parece que se refiera a TODOS los aparcamientos, independientemente de la superficie o numero de plazas...pero vamos yo no lo he visto nunca en aparcamientos que no tengan esas dimensiones citadas. No obstante voy a enviarle un e-mail al contacto del Ministerio a ver si me lo aclara, vale?

Un saludo!


Muchas gracias! A ver que dicen ...


Hola Bubble,

¿Te han comentado algo desde el Ministerio?

Un saludo.
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#98057
wolfhuk escribió:
wolfhuk escribió:
bubble escribió:Hola a ver ahora me has hecho dudar. El CTE-DB SU dice:

3 Protección de recorridos peatonales
1 En plantas de Aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie mayor que
5000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no familiarizadas con el edificio)
se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas
zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho desnivel exceda de 550 mm, se protegerá conforme a
lo que se establece en el apartado 3.2 de la sección SU 1.


2 Frente a las puertas que comunican el aparcamiento con otras zonas, dichos itinerarios se protegerán
mediante la disposición de barreras situadas a una distancia de las puertas de 1200 mm, como
mínimo, y con una altura de 800 mm, como mínimo.


Si nos fijamos exclusivamente en lo que dice el punto 2, parece que se refiera a TODOS los aparcamientos, independientemente de la superficie o numero de plazas...pero vamos yo no lo he visto nunca en aparcamientos que no tengan esas dimensiones citadas. No obstante voy a enviarle un e-mail al contacto del Ministerio a ver si me lo aclara, vale?

Un saludo!


Muchas gracias! A ver que dicen ...


Hola Bubble,

¿Te han comentado algo desde el Ministerio?

Un saludo.


Nop :nono2 :nono2 deben estar de vacaciones, ni si quiera el e-mail está leido y eso es lo raro, así que me imagino que no esta. En cuanto lo sepa te lo digo vale? :saludo
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#98141
bubble escribió:Nop :nono2 :nono2 deben estar de vacaciones, ni si quiera el e-mail está leido y eso es lo raro, así que me imagino que no esta. En cuanto lo sepa te lo digo vale? :saludo


Ok, ¡muchas gracias!
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#105728
bubble escribió:Nop :nono2 :nono2 deben estar de vacaciones, ni si quiera el e-mail está leido y eso es lo raro, así que me imagino que no esta. En cuanto lo sepa te lo digo vale? :saludo


Hola bubble,

Menudas vacaciones que se están pegando ... :partiendo2

A ver si pronto te dicen algo.

Un saludo.
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#105732
wolfhuk escribió:
bubble escribió:Nop :nono2 :nono2 deben estar de vacaciones, ni si quiera el e-mail está leido y eso es lo raro, así que me imagino que no esta. En cuanto lo sepa te lo digo vale? :saludo


Hola bubble,

Menudas vacaciones que se están pegando ... :partiendo2

A ver si pronto te dicen algo.

Un saludo.


Pues mira el otro dia pensaba en ti, y en este tema, mañana lo volveré a refrescar a ver que pasa! :saludo
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#106047
Oeoeoeoeoe :botando :botando :botando ya tengo la respuesta del Ministerio.

Comentan que el punto 3.2 el de las barreras es solo de aplicación para los aparcamientos de más de 200 vehiculos o superficie mayor a 5000m2. Reconocen que habria que modificar la redacción!

Bueno hemos tardado un poquito pero ya lo tenemos!!!

:comunidad
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#106082
Muy bien bubble :beso
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#106223
bubble escribió:Oeoeoeoeoe :botando :botando :botando ya tengo la respuesta del Ministerio.

Comentan que el punto 3.2 el de las barreras es solo de aplicación para los aparcamientos de más de 200 vehiculos o superficie mayor a 5000m2. Reconocen que habria que modificar la redacción!

Bueno hemos tardado un poquito pero ya lo tenemos!!!

:comunidad


Mil gracias bubble!!!!
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#106591
bubble escribió:Oeoeoeoeoe :botando :botando :botando ya tengo la respuesta del Ministerio.

Comentan que el punto 3.2 el de las barreras es solo de aplicación para los aparcamientos de más de 200 vehiculos o superficie mayor a 5000m2. Reconocen que habria que modificar la redacción!

Bueno hemos tardado un poquito pero ya lo tenemos!!!

:comunidad


Hola bubble,

¿Como os comunica el Ministerio estos puntos? ¿Lo hace con algún documento oficial firmado?

Un saludo.
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#106654
wolfhuk escribió:
bubble escribió:Oeoeoeoeoe :botando :botando :botando ya tengo la respuesta del Ministerio.

Comentan que el punto 3.2 el de las barreras es solo de aplicación para los aparcamientos de más de 200 vehiculos o superficie mayor a 5000m2. Reconocen que habria que modificar la redacción!

Bueno hemos tardado un poquito pero ya lo tenemos!!!

:comunidad


Hola bubble,

¿Como os comunica el Ministerio estos puntos? ¿Lo hace con algún documento oficial firmado?

Un saludo.


No, yo tengo su e-mail y le escribo...y él me contesta a mi e-mail. Lo bueno que tiene es que es más rápido (normalmente) que la respuesta oficial pero claro, si tienes que demostrarlo documentalmente no puedes :roll: :roll:

Por cierto te escribí privado y no lo has leido :ein
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