Otro apasionante tema donde la técnica se enfrenta al reglamento.
En mi opinión, si el conducto discurre vsto por el interior del local que está siendo climatizado, no será necesario el aislamiento ya que las pérdidas de energía serán muy bajas, y no hay riesgo de condensación (excepto en casos de diferencias de temperatura grandes, durente tiempo y con humedaes altas). Aislarlo no estaría mal, pero el coste no compensa el ahorro. Puede haber casos como centros comerciales, teatros, pabellones, etc, donde la altura es importante ya que las diferencias térmicas entre el aire impulsado y el entorno del conducto son grandes y perpétuas, en esos casos yo recomiendo y creo obligatorio el aislamiento.
Para una nave con una altura de 7 u 8 metros y una inducción normal de distribución, no creo que sea necesario ni obligatorio, de todas formas sobre la obligatoriedad o no deberé de leerme el RITE mas despacito, pues tengo dudas.

Os sigo leyendo con atención.
PD. No lo he dicho pero está claro que si discurren por el exterior, estos deben ir aislado.
Justo a mi me toco ser yo.
España sufre de diarrea legislativa. ¡Por favor un camión de Prinperán para el País.!