- 12 Sep 2008, 16:08
#110361
Hola,
Tengo que realizar un proyecto de un spa/balenario urbano y tengo dudas acerca de que normativa debo seguir para determinar las exigencias de renovación del agua de los vasos de las piscinas.
Normartivas de cada comunidad autónoma determinan la renovación mínima diaria exigida del agua de las piscinas de uso público, que gira entorno al 5% del volumen total. El problema es que en estas normativas quedan excluidas piscinas de agua termal, de uso exclusivamente medicinal como también las piscinas de uso particular. Puedo justificar que mi instalación no es exclusivamente medicinal sino que hay parte de ocio para poder acogerme a esta normativa???
Por otro lado existe el RD 861/2003, cuyo ámbito de aplicación abarca:
c) Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire (spas, jakuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas, bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, otras).
Y que especifica que se debe renovar el agua del vaso de la piscina a razón de 3m3/h por cada 20 usuarios durante las horas de uso. Esta cantidad de renovación implica un gasto de agua muy alto. Tengo entendido que comunidades como la de Madrid ya tienen preparado un borrador de ley que rebaja considerablemente las exigencias de renovación de agua.
El problema es que mi instalación está en la provincia de Barcelona y no se que normativa debo seguir.
Si alguien sabe algo acerca de este tema le agradeceria que me lo comentase.
Gracias.