Hola ingeabia,
ingeabia escribió:Entonces consideramos aire de extraccion el que expulsa la condensadora???? Es caudal considerable, habria que colocar un recuperador segun nuevo RITE. Como lo acoplamos hay?????
El aire de la condensadora si sale del local claro que es aire de extraccion, aunque si es un sistema partido con condensadora exterior, el aire lo coge del exterior y lo lanza al exterior, por lo tanto no se considera aire de extraccion.
ingeabia escribió:Lo siento esto no lo entiendo. Si preevmos una TAE que aporte aire exterior a la unidad interior y esta unidad vence las perdiads de carga, para que poner un extractor que impulse aire desde fuera??? Muchas gracias
Si solo colocas un impulsor, este debe de vencer las perdidas de carga que habrá antes del impulsor (rejillas, conductos, prefiltros, filtros, etc) y las que tendra despues hasta salir al exterior (conductos, filtros, rejillas, rendijas, contrapresion del viento exterior, etc). Si estas perdidas son grandes la presion que vas a meter al local será grande y esto puede producir malestar a las personas, portazos, aperturas de puertas y ventanas, etc.., ya que el local se quedara sobrepresionado. Todo eso lo tienes que tener en cuenta.
Si consigues superar todos esos inconvenientes y garantizar el caudal pedido, pues no creo que el RITE te impida poner solo impulsion, por lo menos para caudales menores de 0.5 m3/s.
Espero haberme explicado mejor, saludos
Saludos